Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2005 (30/04/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 30 de MORDAZA de 2005

transparencia, simplicidad y otros establecidos en la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; Que, con el Articulo Primero de la Ordenanza Nº 103-MDSMP, se modifico, derogo e incorporo en los Articulos 18º, 20º, 23º, 25º, 31º, 34º, 35º, 38º, 40º, 44º, 48º, 51º, 63º, 55º, 59º, 61º y 62º, diversos literales al Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) aprobado por el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 065-MDSMP; Que, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres ha adoptado una estructura Organica de MORDAZA Gerencial, a fin de potenciar sus procesos de ejecucion a traves de decisiones rapidas y eficaces, sustentandose en los principios de programacion, direccion, ejecucion, control concurrente y posterior. Se rige asimismo, por los principios de legalidad, economia, transparencia, simplicidad, eficacia, eficiencia, participacion y seguridad ciudadana, conforme lo establece el Articulo 26º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; la MORDAZA Tecnica de Control Nº 100-04 y el Decreto Supremo Nº 74-95-PCM; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), contiene la naturaleza, las funciones generales, la jerarquia de sus titulares y la relacion de dependencia de los organos; asimismo los regimenes economico y laboral, las relaciones interinstitucionales, las disposiciones complementarias, transitorias y finales; adicionalmente se ha anexado, la Estructura Organica Administrativa que contiene la estructura hasta el tercer nivel organizacional y el Cuadro Organico, documento que identifica con codigos a las unidades organicas, a fin de uniformizar las siglas de la correspondencia interna y externa; Que, el Cuadro para la Asignacion de Personal (C.A.P) como documento tecnico normativo de gestion tiene la finalidad de dotar racionalmente los cargos a las unidades organicas establecidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones, en MORDAZA cumplimiento con los objetivos propuestos; Que, mediante Memorandum Nº 274-2005-GART/ MDSMP, de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, solicita que la Unidad de Ejecucion Coactiva, organo estructuralmente dependiente de la citada Gerencia, sea considerada como unidad organica autonoma en vista de que se de cumplimiento a lo senalado en la Ley Nº 26979 ­ Ley de Ejecucion Coactiva y su Reglamento, en donde se senala que "El Ejecutor Coactivo es el Titular del Procedimiento y ejerce, a nombre de la entidad las acciones de coercion para el cumplimiento de la obligacion de acuerdo a lo establecido en esta Ley, su cargo es indelegable"; Que, se hace necesario modificar el ROF estableciendo la Gerencia de Ejecutoria Coactiva, con las competencias, funciones y procedimientos de ejecucion coactiva que actualmente realiza la Unidad del mismo nombre, dependiente de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas; Que, se incorpore un cargo en el CAP de Ejecutor Coactivo suprimiendo el de un Auxiliar Coactivo de dicha Unidad y asignara a los puestos vacantes de Auxiliar Coactivo, el Cargo Clasificado de Tecnico en Tributacion I, debidamente financiados con los pliegos de empleos declarados como vacantes segun Informe Nº 142-2005-GRRHH/MDSMP, de la Gerencia de Recursos Humanos. sin exceder del total de cargos previstos aprobados por el Concejo Municipal en el Presupuesto Institucional de Apertura -PIA-2005; Que, mediante Memorandum Nº 303-2005-PPM/ MDSMP, de la Procuraduria Publica Municipal, solicita la necesidad de contar con un Procurador Publico Adjunto , de conformidad con el Articulo 26º de la Ley Nº 27972, concordante con el Decreto Ley Nº 17537 por lo que se hace necesario modificar el Rof, incorporando la figura del Procurador Publico Adjunto, quien depende del Procurador Publico Municipal, y cuyas funciones y responsabilidades le seran asignadas por este; asi mismo se agregan las funciones de defensa judicial de autoridades y trabajadores municipales; Que, se modifique el Cuadro de Asignacion de Personal (CAP) estableciendo el cargo de Procurador Municipal Adjunto, el mismo que senala en lugar de una plaza de Auxiliar Coactivo que gozaba del Nivel Re-

munerativo de F1, siendo designado como cargo de confianza; Estando a Informe Nº 0715-2005-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoria Juridica, y el Informe Nº 0582005-MDSMP/GPP-UPR de la Unidad de Planeamiento y Racionamiento, y el Informe Nº 104-2005-MDSMP/ GPP, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y en uso de las facultades conferidas por los Articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal presidido por el Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y con el MORDAZA por mayoria de los senores Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda, MORDAZA MORDAZA Paz Puelles, MORDAZA Alcedo De La MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vidalon, MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA y la abstencion del Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta aprobaron la siguiente; ORDENANZA: Articulo Primero.- Modificar la Estrictura Organica de la Municipalidad de San MORDAZA de Porres, estableciendo la Gerencia de Ejecucion Coactiva, como organo apoyo dependente de la Gerencia Municipal, y los Articulos 20º y 43º del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) aprobado por el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 065-MDSMP, los mismos que tendran los siguientes textos: Articulo 20º.- PROCURADURIA PUBLICA MUNICIPAL: La Procuraduria Publica Municipal es el organo encargado de la representacion y defensa de los intereses de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres en juicio. Esta a cargo del Procurador Municipal que es un funcionario con categoria de Gerente, quien cuenta con un Procurador Adjunto, quien depende jerarquicamente del Procurador Publico Municipal. Ambos son designados por el Alcalde. El Procurador Publico Municipal depende administrativamente de la Alcaldia y funcional y normativamente del Consejo de Defensa Judicial del Estado, cumple las siguientes funciones generales: a. Representar y defender a la Municipalidad y sus intereses en los diversos procesos judiciales donde intervenga, MORDAZA estos de indole civil, penal, laboral o contencioso administrativo, arbitral, diligencias conciliatorias e investigaciones preliminares. b. Ejercer la defensa judicial de autoridades, funcionarios y servidores municipales, que por el ejercicio de las competencias y atribuciones que la Ley les asigna o por el ejercicio de las funciones de sus cargos, MORDAZA objeto de denuncia penal. c. Iniciar procesos judiciales previa autorizacion por parte del Concejo Municipal, con excepcion de los delitos perseguibles de oficio; los que una vez atendidos se dan cuenta al Concejo. d. Concurrir a diligencias policiales y/o judiciales. e. Denunciar, prestar instructiva, preventiva y testimoniales y constituirse en parte civil asi como declarar como imputado. f. Representar y ejercer los derechos de la Municipalidad ante las autoridades judiciales con las facultades generales y especiales para demandar, ampliar demandas, reconvenirlas y modificarlas. g. Formular y contestar excepciones y defensas previas; prestar declaracion de parte y ofrecer medios probatorios. h. Actuar e intervenir en la actuacion de medios probatorios y exhibir o reconocer documentos. i. Plantear medios impugnatorios como tachas, oposicion y nulidad de actos procesales o del proceso. j. Solicitar medidas cautelares en cualquiera de las formas previstas legalmente con posterior validacion por el Concejo, asi como ampliarlas, modificarlas o sustituirlas. k. Solicitar la interrupcion, suspension y conclusion del MORDAZA, la acumulacion o desacumulacion de procesos y requerir la aclaracion, correccion y consulta de resoluciones judiciales.

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