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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (30/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 64

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G38/G35/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 30 de abril de 2005 conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo aprobó la siguiente: ORDENANZA NORMA QUE REGULA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL MERCADO DE ABASTOS SANTA CRUZ CAPÍTULO I ALCANCES Y DEFINICIONES Artículo 1º.- La presente Ordenanza tiene por objeto regular la organización administración y funcionamiento del Mercado de Abastos Santa Cruz, como autoridad responsable y competente precisando las reglas parti-culares para el otorgamiento en arrendamiento de los puestos de venta del mercado, así como realizar las actividades de control y fiscalización de los mismos. Artículo 2º.- Para efectos de la aplicación de la pre- sente Ordenanza, se entiende por: a) Mercado Municipal.- Aquel local cerrado, cuyo interior se encuentra distribuido en secciones y por gi- ros comerciales, puestos de venta individuales, dedica-dos a la comercialización directa al público, tanto de productos perecibles y no perecibles, alimenticios y otros no alimenticios. b) Puesto de Venta.- Es aquella unidad componente de un mercado municipal, según un giro específico, quese encuentra debidamente autorizado y registrado. c) Sección.- Aquella área constituida por un grupo de Puestos de Venta, que comercializan productos de características comunes. d) Giro.- Aquella especialización de un Puesto de Venta. e) Padrón de Comerciantes.- Aquella relación or- denada y clasificada de los conductores de los puestos de venta del Mercado de Abastos Santa Cruz, en el cualse debe consignar, el nombre, apellido, domicilio legal, documento de identidad del conductor titular y número de la respectiva Autorización de Funcionamiento. f) Reglamento Interno.- Aquel instrumento interno, que contiene derechos y obligaciones de sus integran-tes, que incluyen aspectos sanitarios y de seguridad, así como sanciones en caso de incumplimiento. CAPÍTULO II DE LOS PUESTOS DE VENTA Artículo 3º.- Los puestos deberán estar agrupados en secciones, distribuidos por giros, numerados en for-ma correlativa y mostrarán la numeración y licencia de apertura de establecimiento, en lugares visibles. Artículo 4º.- Los puestos de venta deberán respetar las normas de seguridad establecidas por la Secretaría Técnica de Defensa Civil y de los Bomberos, en relación al número de extintores y su ubicación, para ser usadosen casos de incendios; y de señalización de áreas de seguridad y evacuación, en caso de incendios y/o sis- mos. Artículo 5º.- Los conductores de los puestos de ven- ta, son los responsables de la limpieza de sus puestos y de las áreas comunes del Mercado. Artículo 6º.- Queda establecido por la presente Or- denanza, que la Gerencia de Fiscalización y Control, podrá realizar en cualquier momento, operativos de con-trol sanitario en cada uno de los puestos de venta. Artículo 7º.- Todo conductor de un puesto de venta, deberá cumplir con presentar anualmente un InformeFavorable de Defensa Civil, de acuerdo a lo establecido en el D.S. Nº 013-2000-PCM. Artículo 8º.- La Autoridad Municipal, deberá nom- brar a la persona que realizará las labores de Adminis- tración del Mercado, el cual en coordinación con las áreas correspondientes, elaborará un cronograma anualcon las fechas en que se realizarán las acciones de control sanitario, seguridad y limpieza. Dicho cronograma deberá ser puesto en conocimiento de la Gerencia de Fiscalización y Control. Artículo 9º.- El Administrador es el responsable por el funcionamiento, conducción, y control del Mercado; así como de la elaboración del proyecto de reglamento interno, que será aprobado por la Gerencia Municipal,además de velar por el fiel cumplimiento de las normas municipales dentro del mismo, debiendo informar de in- mediato a las autoridades competentes en caso de co-nocer alguna infracción a las mismas. Artículo 10º.- La Administración del Mercado está obligada a comprobar el peso y calidad de los productosa solicitud del público o de los comerciantes, debiendo realizar de oficio supervisiones en coordinación con los profesionales autorizados del área correspondiente. Artículo 11º.- La Gerencia de Trámites y Autoriza- ciones, con el visto bueno del administrador, proveerá de un carné de identidad a cada uno de los conductoresde los puestos de venta del Mercado de Abastos Santa Cruz, de uso personal e intransferible. Dicho carné es- pecificará el número de puesto asignado, el nombre einformación personal del titular, así como el giro concedi- do y la fecha de vencimiento de su correspondiente con- trato de arrendamiento. Artículo 12º.- Los puestos de venta de carnes, aves, pescados, así como los de alimentos cocidos y/o jugue- rías o venta de comidas, deberán contar con instalacio-nes de agua, desagüe y fluido eléctrico con su respecti- vo medidor, solicitado y costeado por los mismos con- ductores. Artículo 13º.- Cada puesto de venta desarrollará sus actividades en el horario comprendido entre las 07:00 horas. y las 18:00 horas, y excepcionalmente podránestablecerse otros horarios en función a las necesida- des, cuando así sean establecidos por el Reglamento. Artículo 14º.- Los conductores de los puestos de venta, están obligados a comercializar los productos inherentes al giro comercial autorizado. Su incumplimiento será causal de resolución del contrato de arrendamien-to. Artículo 15º.- Toda persona, sea conductor o no, y que perturbe el orden interno, e incurra en comporta-miento contra la moral y las buenas costumbres, será inmediatamente retirada del Mercado, poniéndola a dis- posición de la Policía Nacional. Artículo 16º.- Los puestos de venta del Mercado Santa Cruz, deberán conservar y mantener la estructu- ra original de construcción. Cualquier modificación o re-facción deberá ser autorizada por la Gerencia de Trámi- tes y Autorizaciones, previa inspección técnica y opi- nión de la instancia municipal competente. Artículo 17º.- En caso de fallecimiento del titular de la conducción del puesto, por una sola vez, tendrá prio- ridad en la ocupación del mismo, el cónyuge, el hijo o hijamayores de edad que acrediten mediante compromiso notarial hacerse cargo de la manutención y sustento de los hermanos menores de edad; en el caso de no existirdescendientes menores de edad, se declarará vacante el puesto de venta respectivo. CAPÍTULO III DEL ARRENDAMIENTO DE LOS PUESTOS DE VENTA Artículo 18º.- Queda establecido por la presente Ordenanza, que los puestos del mercado, serán otorga- dos en calidad de arrendamiento para lo cual se deberá realizar un proceso de Subasta Pública, pudiendo parti-cipar únicamente personas naturales. Habiendo obtenido la buena pro, es responsabilidad de cada conductor la tramitación y obtención de su res-pectiva Autorización Municipal de Funcionamiento. Artículo 19º.- La vigencia del Contrato de Arrenda- miento, celebrado con cada conductor de los puestosde venta, será hasta de un (1) año, pudiendo ser reno- vado, previa evaluación respectiva y a solicitud de par- te, hasta un (1) mes antes del vencimiento del mismo. Artículo 20º.- Los montos a cobrar mensualmente por concepto de renta mensual a los comerciantes que ocupen los puestos del Mercado Santa Cruz, serán los