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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (19/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 7

PÆg. 298839 NORMAS LEGALES Lima, viernes 19 de agosto de 2005 El Fondo ha sido creado mediante Ley Nº 28368 denominada Ley de Fortalecimiento del Fondo Múltiple deCobertura MYPE, a partir de la modificación del Decreto deUrgencia Nº 056-96; el Fondo es un patrimonio autónomo constituido por el Ministerio de Economía y Finanzas-MEF- (Fideicomitente y Fideicomisario), bajo la modalidad de un fondorevolvente, administrado en fideicomiso por COFIDE (Fiduciario). Artículo 2º.- Definiciones Para fines del presente reglamento se establecen las siguientes definiciones: COFIDE : Corporación Financiera de Desarrollo S.A.. Ley : Ley Nº 28368 - Ley de Fortalecimiento del Fondo Múltiple de Cobertura MYPE. Fondo : El Fondo Múltiple de cobertura MYPE. Fideicomitente : Ministerio de Economía y Finanzasy Fideicomisario (MEF) Fiduciario : COFIDECOBMYPE : Programa de Cobertura Múltiple MYPE. Programa PFE : Programa de Financiamiento para Productos Financieros Estandariza-dos PFE de COFIDE. IFI : Institución Financiera Intermediaria.Entidad : IFIS, Entidades Afianzadoras, y/o Operadora Cías de Seguros que utilizan la cobertura del COBMYPE paragarantizar y/o asegurar a losSubprestatarios ante las IFIS queotorguen Subpréstamos. MYPE : Micro y Pequeña Empresa Contrato de : El Contrato de Cobertura de garan- Cobertura tía y/o seguro suscrito entre COFIDECOFIDE-Entidad y la Entidad Operadora.Operadora Contrato de : El Contrato de garantía y/o segu- Cobertura ros suscrito entre la Entidad Opera-Entidad dora y las IFIS.Operadora-IFIS Reglamento : El presente instrumento normativo OperativoPréstamo : Recursos financieros otorgados por COFIDE a favor de la IFI. Subpréstamo : Operación de crédito realizada por la IFI, a favor de un Subprestatario. Subprestatario : Persona natural o jurídica MYPE nacida o constituida legalmente en elPerú beneficiaria de un Subpréstamootorgado por la IFI. Artículo 3º.- Objeto del Fondo El Fondo tiene como objeto ejecutar un conjunto de programas de garantías y seguros, que faciliten el acceso al financiamientode la MYPE, por medio de la combinación de instrumentos quecoadyuven al desarrollo masificado de las microfinanzas. El Fondo brindará coberturas sobre los riesgos que se deriven del financiamiento que otorgue las IFIS a la MYPE. De esta forma, se promueve el desarrollo de procesos estandarizados de producción, comercialización,financiamiento, privilegiándose la viabilidad del negocio ysu sostenibilidad por requerimiento del mercado. Artículo 4º.- Recursos del Fondo Los recursos del Fondo serán los que se señalan en el Artículo 5º de la Ley. La transferencia hasta por US$ 10’500,000 (Diez millones quinientos mil dólares americanos), con cargo alFondo de Respaldo para la PYME, creado por Decreto deUrgencia Nº 050-2002, se hará efectiva en Bonos - Fondo de Respaldo para la PYME. En consecuencia, la nueva denominación de los bonos que serán destinados al Fondoserá: “Bonos - Fondo Múltiple de Cobertura MYPE”. Artículo 5º.- Plazo de vigencia del Fondo El plazo de vigencia del Fondo será de diez (10) años contados a partir de la entrada en vigencia de la Ley, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 6º de la referidanorma. Artículo 6º.- Programa de Cobertura Múltiple COBMYPE Por el presente Reglamento y de acuerdo a los alcances del Artículo 2º de la Ley, se establece el Programa deCobertura Múltiple MYPE -COBMYPE-. Este Programa se otorga con cargo a los recursos del Fondo, para brindarcobertura a las garantías y/o seguros que las EntidadesOperadoras otorguen a favor de las IFIS en respaldo de los Subprestatarios. Además de los recursos del Fondo, el COBMYPE podrá contar con el apoyo de terceros, a fin deampliar su nivel de cobertura. Las Entidades Operadoras con el respaldo de su patrimonio, podrán otorgar coberturas complementarias ala otorgada por el COBMYPE. El Subprestatario garantizado y/o asegurado será aquel beneficiario de un Subpréstamo que preferentemente, seorigine por un Préstamo con cargo al Programa PFE. Artículo 7º.- Administración y utilización de los Recursos del Fondo La administración financiera de los recursos del Fondo estará a cargo de COFIDE, quien aplicara para estos efectoslas Políticas de Inversiones aprobadas por su Directorio,las mismas que serán puestas en conocimiento del MEF.Cualquier modificación que se realice a las referidaspolíticas, serán puestas en conocimiento del MEF, quien tendrá un plazo de treinta (30) días para plantear sus observaciones, caso contrario se entenderán comoconsentidas. COFIDE podrá con cargo a los recursos del Fondo, efectuar inversiones financieras y de tesorería, teniendoen cuenta criterios de riesgo, seguridad, liquidez, rentabilidad y diversificación. TÍTULO II ELEGIBILIDAD Artículo 8º.- Elegibilidad de la Entidad Operadora COFIDE establecerá la elegibilidad de las Entidades Operadores y los límites de cobertura que les asigne elCOBMYPE. Para acceder a la cobertura del COBMYPE, la Entidad Operadora deberá haber suscrito el Contrato de Cobertura COFIDE-Entidad Operadora, el cual incluye sus derechosy obligaciones, las disposiciones del presente Reglamentoy las normas legales vigentes. Artículo 9º.- Elegibilidad de las IFIS Podrán acceder a la cobertura de la Entidades Operadoras, aquellas IFIS que sean supervisadas por laSuperintendencia de Banca y Seguros y que no seencuentran incursas en lo estipulado en los títulos V, VI, yVII de la Sección Primera de la Ley General del SistemaFinanciero y del Sistema de Seguros, Ley Nº 26702. COFIDE establecerá la elegibilidad de las IFIS y los límites de cobertura que una o más Entidades Operadorasles puedan otorgar. COFIDE establecerá los límites máximos de cobertura que una IFI puede contratar con una ó más EntidadesOperadoras, los mismos que se establecerán como un porcentaje del patrimonio efectivo y de la exposición total del Fondo. El portafolio de coberturas será distribuido por COFIDE bajo consideraciones de riesgo relativo para cadasubsistema financiero y para cada IFI, teniendo en cuentasu propia Política de Riesgos. Para acceder a las coberturas otorgadas por la Entidad Operadora, las IFIS deberán haber suscrito el Contrato deCobertura Entidad Operadora-IFI, el cual incluye susderechos y obligaciones, las disposiciones del presenteReglamento y las normas legales vigentes. Las condiciones particulares de las coberturas específicas por tipo de producto, proceso o modalidad, serán definidas en cada caso, y agregadas comoAddendum al Contrato de Cobertura Entidad Operadora-IFI. Artículo 10º.- Elegibilidad del Subprestatario Los Subprestatarios elegibles para ser beneficiarios del COBMYPE a través de las Entidades Operadoras deberáncumplir los siguientes requisitos: 1. Ser personas naturales o jurídicas MYPE, beneficiarias de un Subpréstamo que se origine preferentemente, por un Préstamo otorgado por COFIDE a la IFI con cargo al Programa PFE. Para efectos de la definición demicroempresa y pequeña empresa, se deberá considerarlo establecido en la Ley Nº 28015. 2. Reciban capacitación en el marco del Programa PFE de COFIDE, por parte de un Asistente Técnico y/o un