Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2005 (19/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 417-2005-EF/10
MORDAZA, 15 de agosto de 2005

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, viernes 19 de agosto de 2005

Visto el Oficio Nº 1309-2005-PP-EF/16 del Procurador Adjunto, encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA Oriol MORDAZA MORDAZA interpuso recurso de queja contra el Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA -SAT - por vicios en el procedimiento de cobranza coactiva, relacionada con los Arbitrios Municipales de los anos 1997 a 2001; Que, mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 056645-2004 del 11 de agosto de 2004 se requirio al Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que, en un plazo no mayor de diez (10) dias habiles, le remitiese un informe sobre lo siguiente: a) si la deuda que mantiene el quejoso por concepto de Arbitrios Municipales de los anos 1997 a 2001 se encuentra en cobranza coactiva; b) el estado de los recursos de reclamacion interpuestos por el quejoso, y c) si se ha imputado a alguna deuda los pagos por consignacion efectuados por el quejoso a los cuales hace referencia en su queja y en todo caso cual es el estado de los escritos que presento por tales conceptos, ordenandose la suspension temporal del procedimiento de cobranza coactiva respecto a los Arbitrios de 1997, 1998 y 2000 y el tercer y MORDAZA trimestre de 1999; Que, teniendo en cuenta el incumplimiento por parte del SAT de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 08024-5-2004 del 20 de octubre de 2004 se le requirio por MORDAZA y MORDAZA vez que remitiera lo solicitado en la Resolucion mencionada, manteniendo la suspension temporal del procedimiento de cobranza coactiva, bajo apercibimiento de denuncia penal; Que, dado que la Administracion no cumplio con lo solicitado en la resolucion mencionada en el parrafo precedente dentro del plazo estipulado, el Tribunal Fiscal cumplio con resolver la queja teniendo en cuenta la documentacion acompanada, emitiendose la Resolucion Nº 09154-5-2004 del 23 de noviembre de 2004, declarandose Fundada la queja interpuesta, en el extremo referido al procedimiento de cobranza coactiva iniciado y levantarse las medidas cautelares que se hubiesen trabado en su contra, e Improcedente en lo demas que contiene, y, se dispuso oficiar al Procurador Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, para sus efectos, dado el reiterado incumplimiento por parte de la Administracion Tributaria a lo requerido por el Tribunal Fiscal; Que, el articulo 156º del Codigo Tributario dispone que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal deben ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcionarios de la Administracion; Que, el incumplimiento por parte de la Administracion Tributaria a los mandatos del Tribunal Fiscal, evidencia la existencia de indicios razonables de la comision de los delitos contra la Administracion Publica - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados en los articulos 368º y 377º del Codigo Penal aprobado por Decreto Legislativo Nº 635 y normas modificatorias; Que, ademas, el Tribunal Fiscal mediante Resolucion Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que constituye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispuesto que si bien carece de competencia para aplicar sanciones a los funcionarios de la Administracion Tributaria que incumplieran sus resoluciones, aquellos incurren en responsabilidad penal, la que debera hacer efectiva el Poder Judicial a traves del MORDAZA penal correspondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procurador Publico del Sector, sin perjuicio de la responsabilidad civil; Que, por lo expuesto resulta procedente autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra quienes resulten responsables de la comision de estos delitos; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representacion y defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias;

Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los presuntos responsables del Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA de la comision de los delitos contra la Administracion Publica Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase MORDAZA de la presente resolucion al mencionado Procurador Publico, para su cumplimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 14472

Modifican Indices de Distribucion del Canon Minero del ano 2004 correspondientes a los Gobiernos Locales y Regionales de MORDAZA, Huancavelica, Pasco y MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 426-2005-EF/15
MORDAZA, 15 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que, el articulo 9º de la Ley Nº 27506 - Ley de Canon creo el Canon Minero, senalandose que dicho canon esta compuesto por el 50% (cincuenta por ciento) del total de ingresos y rentas obtenidos por el Estado en la actividad minera, por el aprovechamiento de los recursos minerales, metalicos y no metalicos; Que, el literal a) del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 005-2002-EF - Reglamento de la Ley de Canon y el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 115-2003-EF establecen la base de referencia para calcular el Canon Minero; Que, el numeral 5.2 del articulo 5º de la Ley Nº 27506, modificado por el Articulo 2º de la Ley Nº 28322, establece los criterios de distribucion del Canon Minero; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 005-2002-EF - Reglamento de la Ley de Canon, el Ministerio de Economia y Finanzas es la entidad encargada de elaborar los Indices de Distribucion del Canon Minero sobre la base de la informacion proporcionada por el Ministerio de Energia y Minas, entre otras instituciones publicas; Que, de acuerdo con el mencionado articulo 6º del Decreto Supremo Nº 005-2002-EF, con fecha 14 de MORDAZA de 2005 se expidio la Resolucion Ministerial Nº 317-2005EF/15 que aprobo los Indices de Distribucion del Canon Minero correspondientes al Ejercicio Fiscal 2004, en base a la informacion proporcionada por el Ministerio de Energia y Minas, mediante los Oficios Nº 063-2005-MEM/VMM y Nº 144-2005-MEM/VMM; el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, mediante los Oficios Nº 006-2005-INEI/DTDIS y Nº 090-2005-INEI/DTDIS; el Ministerio de la Produccion mediante el Oficio Nº 391-2005-PRODUCE/OGTIE-OE y la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria segun Oficio Nº 275-2005-SUNAT/200000; Que, mediante el Oficio Nº 162-2005-MEM/VMM de fecha 20 de MORDAZA de 2005 el Ministerio de Energia y Minas modifico la informacion remitida mediante el Oficio Nº 1442005-MEM/VMM; Que, en virtud de ello resulta necesario modificar los Indices de Distribucion del Canon Minero correspondientes al Ejercicio Fiscal 2004 de los Gobiernos Locales y Regionales de MORDAZA, Huancavelica, Pasco y de la actual jurisdiccion territorial del Gobierno Regional de Lima; Que, el literal b) del numeral 15.5 del Articulo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que los Indices de Distribucion de los Canon son aprobados por el Ministerio de Economia y

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