TEXTO PAGINA: 10
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G30/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 23 de agosto de 2005 Integral de la Administración de Justicia - CERIAJUS, con carácter de permanente, la misma que continuará conlas funciones asignadas a la Comisión creada por Decreto Supremo Nº 009-2004-JUS. Artículo 2º.- CONFORMACIÓN La Comisión estará conformada por los siguientes miembros: - El Ministro de Justicia o el Viceministro de Justicia en su representación, quien la presidirá; - El Director Nacional de Justicia del Ministerio de Justicia;- Un representante de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas; - Un representante de la Secretaría de Coordinación Interinstitucional de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, - Tres juristas designados por el Ministro de Justicia. La Asamblea Nacional de Rectores y el Colegio de Abogados de Lima podrán ser representados ante la Comisión, designando para ello un representante, respectivamente, según la formalidad establecida en elartículo 3º del presente Decreto Supremo. En el caso del representante de la Asamblea Nacional de Rectores, éste podrá ser elegido entre los Decanosde las Facultades de Derecho que tengan por lo menos treinta (30) años de funcionamiento. Artículo 3º.- DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES E INSTALACIÓN DE LA COMISIÓN Mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente se designa a un representante titular y un representante alternodentro del plazo de tres (3) días hábiles contados a partir deldía siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo. Mediante Resolución de su Titular, la Asamblea Nacional de Rectores designará un representante titular y un representante alterno dentro del plazo de tres (3)días hábiles contados a partir del día siguiente de lapublicación del presente Decreto Supremo. Losrepresentantes titular y alterno de las demás entidadesserán acreditados ante el Presidente de la Comisión. Artículo 4º.- INSTALACIÓN DE LA COMISIÓN La Comisión se instalará dentro del plazo de diez (10) días útiles de publicado el presente dispositivo. Artículo 5º.- SECRETARÍA TÉCNICA La Comisión contará con una Secretaría Técnica a cargo del Ministerio de Justicia, la misma que asumirá elacervo documentario y funciones de la Secretaría Técnicade la Comisión Especial encargada de impulsar el PlanNacional de Reforma Integral de la Administración deJusticia, creada por Decreto Supremo Nº 009-2004-JUS. Artículo 6º.- REGLAMENTO INTERNO La Comisión aprobará su reglamento interno en un plazo no mayor de quince (15) días calendario contados a partir de su instalación. Artículo 7º.- APOYO DE OTROS ORGANISMOS La Comisión podrá solicitar a otras entidades públicas o privadas vinculadas con el sistema de justicia, la designaciónde personas que se incorporen a fin de coadyuvar alcumplimiento del objetivo del presente Decreto Supremo. Artículo 8º.- REFRENDO El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Justicia y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de agosto del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros EDUARDO SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 14683PRODUCE /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G64/G65/G20/G49/G6E/G64/G75/G73/G74/G72/G69/G61/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G72/G65/G61 /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G41/G50/G45/G43 /G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G50/G65/G71/G75/G65/GF1/G61/G20/G79/G20/G4D/G65/G64/G69/G61/G6E/G61/G20/G45/G6D/G70/G72/G65/G73/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 018-2005-PRODUCE Lima, 22 de agosto del 2005 CONSIDERANDO:Que, el Perú forma parte del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC) desde 1998, y el Ministerio de la Producción es el Punto Focal del Grupo de Trabajo de Pequeña y Mediana Empresa, cuyo objetivoprincipal es el de promover el desarrollo de las PYMEsque son fundamentales para el crecimiento económicoregional, estimándose que hay 40 millones de PYMEs enlas economías de APEC, que constituyen el 90% de todas las empresas, emplean del 32% al 84% de la fuerza laboral, contribuyen del 30% al 60% de PBI y representanel 35% de las exportaciones de la región; Que, el Director General del Comité Organizador del APEC 2005 de la República de Corea, a través de lascartas de fecha 8 de julio de 2005, cursó invitación a los Puntos Focales del Grupo de Trabajo de Pequeña y Mediana Empresa, para participar en la Vigésima PrimeraReunión APEC de Pequeña y Mediana Empresa y laDécima Segunda Reunión APEC de Ministros de Pequeñay Mediana Empresa, a llevarse a cabo en la ciudad deDaegu, República de Corea, del 28 al 30 de agosto y del 1 al 2 de septiembre de 2005, respectivamente; Que, a través del Oficio Nº 00338-2005-PRODUCE/ VMI, de fecha 4 de agosto de 2005, el Viceministro deIndustria del Ministerio de la Producción, aceptó lainvitación antes señalada, designando, entre otros, alseñor Carlos Ferraro Rey, Director Nacional de Industria (DNI) del Ministerio de la Producción, para que participe en los eventos citados en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 y sus modificatorias, la Ley Nº 28427 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2005, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y Artículo 2º delDecreto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Carlos Ferraro Rey, Director Nacional de Industria del Ministerio de laProducción, a la ciudad de Daegu, República de Corea,del 26 de agosto al 4 de septiembre de 2005, para participaren la Vigésima Primera Reunión APEC de Pequeña yMediana Empresa y la Décima Segunda Reunión APEC de Ministros de Pequeña y Mediana Empresa. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos porel Pliego 038: Ministerio de la Producción, de acuerdo alsiguiente detalle: Pasajes US$ 4 277,04 Viáticos US$ 2 080,00 Tarifa CORPAC US$ 28,24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el mencionado funcionario deberá presentar al Titular del Sector, con copia a la Oficina General de Desarrollo y PlaneamientoEstratégico, un informe detallado describiendo lasacciones realizadas y los resultados obtenidos duranteel viaje, con la correspondiente rendición de cuenta. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho de exoneración o liberación de impuestos y/o derechos de cualquier clase o denominación.