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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G31/G38/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 26 de agosto de 2005 Artículo 3º.- Supuestos de excepción Sin perjuicio de lo establecido en los artículos precedentes, los titulares de las entidades del SectorPúblico adoptarán las medidas necesarias para garantizarla provisión de aquellos servicios que sean indispensablespara la sociedad durante el día feriado señalado. Artículo 4º.- Días no laborables en el Sector Privado Los centros de trabajo del Sector Privado podrán acogerse a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo, previo acuerdoentre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar. A falta de acuerdo decidirá el empleador. Artículo 5º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo y el Ministro de Comercio Exterior yTurismo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de agosto del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros JUAN SHEPUT MOORE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 14873 MINCETUR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G50/G52/G4F/G4D/G50/G45/G58/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G6F/G6D/G6F/G76/G65/G72/G20/G6F/G66/G65/G72/G74/G61 /G65/G78/G70/G6F/G72/G74/G61/G62/G6C/G65/G20/G74/G65/G78/G74/G69/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G61/G6D/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G61/G6C/G70/G61/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 237-2005-MINCETUR/DM Lima, 11 de agosto de 2005Visto el Oficio Nº 1019-2005-PROMPEX/DE del Director Ejecutivo de la Comisión para la Promoción deExportaciones - PROMPEX; CONSIDERANDO: Que, PROMPEX, de conformidad con el artículo 4º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR, tiene como finalidad promover las exportaciones peruanas, facilitando y contribuyendo al posicionamiento y consolidación de los bienes y servicios en el mercado internacional, a través de una acción concertada con el sector privado y las diferentes instituciones públicas relacionadas con el comercio exterior del país, buscando el desarrollo sostenible de las exportaciones en base al crecimiento y diversificación de la oferta exportable peruana, la capacidad de gestión de las empresas exportadoras y la apertura y consolidación de los mercados de exportación; Que, entre las acciones de promoción de las exportaciones adoptadas por PROMPEX, se encuentra la realización de actividades destinadas al Desarrollo de Oferta Exportable, siendo una de sus modalidades su participación, conjuntamente con exportadores peruanos, en Ferias Especializadas Internacionales; Que, en tal sentido, PROMPEX ha programado su participación conjuntamente con 8 empresas peruanas en la Feria Magic Trade Show, en el área de Sourcing, a realizarse en la ciudad de Las Vegas - Estados Unidos de Norteamérica, del 29 de agosto al 2 de setiembre del 2005, focalizando la presentación respectiva en versión invierno, con el objetivo de promover nuestra oferta exportable textil para damas – WWD (World Woman Daily) con prendas de vestir tejidas y accesorios en alpaca; Que, la referida Feria es la más importante de su género en los Estados Unidos, por el número de visitantes, la calidad de expositores y la diversidad de rubros que incluye; Que, el literal c) del artículo 6º de la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exteriory Turismo, establece que PROMPEX, es un Organismo Público Descentralizado del sector Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27790 y 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCMy el Decreto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita Angela Reyes Bustos, profesional de la Gerencia del Sector Textil,Confecciones y Accesorios, de PROMPEX, a la ciudad deLas Vegas - Estados Unidos de Norteamérica, del 27 de agosto al 2 de septiembre del 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º. - Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo alPresupuesto del Pliego 008 Comisión para la Promoción deExportaciones, del Sector 35 Comercio Exterior y Turismo,Unidad Ejecutora 001 Comisión para la Promoción deExportaciones, Función 11 Industria, Comercio y Servicio, Programa 040 Comercio, Subprograma 0110 Promoción Externa del Comercio, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (US$ 180 00 x 6 días) : US$ 1080,00 Pasajes : US$ 868,26 Tarifa CORPAC : US$ 28,24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, la representante dePROMPEX, autorizada mediante el Artículo 1º de la presenteresolución, presentará al Titular de la entidad un informe detalladosobre las acciones realizadas y los logros obtenidos. Asimismo presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a liberación o exoneración de impuestos o de derechosaduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 14113 /G52/G65/G6E/G75/G65/G76/G61/G6E/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G64/G69/G64/G61/G20/G61 /G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G78/G70/G6C/G6F/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6D/GE1/G71/G75/G69/G6E/G61/G73/G20/G74/G72/G61/G67/G61/G6D/G6F/G6E/G65/G64/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G64/G65/G20/G53/G75/G6C/G6C/G61/G6E/G61/G2C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G69/G75/G72/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 423-2005-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 8 de agosto de 2005Visto, el Expediente Nº 000432-2002-MINCETUR, de fecha 28.8.2002, en el que la empresa MASARIS S.A. solicita la renovación de la autorización expresa para la explotaciónde máquinas tragamonedas en la Sala de Juegos “MASARISSULLANA” de la Discoteca ubicada en calle San MartínNº 801, distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, se regula la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas en el país; Que, de conformidad con lo establecido en la Primera Disposición Transitoria de la Ley Nº 27796, excepcionalmente las empresas que explotan máquinas tragamonedas en bingos y discotecas podrán renovar la autorización expresa concedida por un período que no excederá del 31.12.2005; Que, mediante Expediente Nº 000432-2002-MINCETUR, de fecha 28.8.2002, la empresa MASARIS S.A. solicita la renovación de la autorización expresa para la explotación de máquinas tragamonedas en la Sala de Juegos “MASARIS SULLANA”, ubicada en calle San Martín Nº 801, distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura, la misma que fuera concedida mediante Resolución Directoral Nº 166- 2000-MITINCI/VMT/DNT, de fecha 29.5.2000; Que, de acuerdo al Informe Técnico Nº 191-2005- MINCETUR/VMT/DNT-DJCMT-SDFCS-FBB, se determina que la sala de juegos del solicitante se encuentra a menos de ciento cincuenta (150) metros de la Iglesia Matriz de