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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G31/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 26 de agosto de 2005 Procedimiento Administrativo General”, en aplicación de los Principios de Veracidad y de Privilegio de ControlesPosteriores, la Dirección Nacional de Turismo se reservael derecho de verificar la autenticidad de la información y/odocumentación presentada. Artículo 4º .- De acuerdo con lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 009- 2002-MINCETUR, el plazo de vigencia de la calificaciónotorgada por la Dirección Nacional de Turismo es de dos(2) años contados a partir de la fecha de notificación de lapresente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese MIGUEL ANTONIO ZAMORA S. Director Nacional de Turismo 14772 DEFENSA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G61/G6C/G20/G65/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C /G46/G41/G50/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G79/G20/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G65/G73/G74/G75/G64/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 426-2005-DE/FAP Lima, 15 de agosto de 2005 Vista la Carta Nº 61/CMT de fecha 30 de junio de 2005 del Comandante de Aeronáutica de la Fuerza Aérea del Brasil y Papeleta de Trámite Nº 3380-SGFA del 12 de julio de 2005 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO:Que, el Comandante General de la Fuerza Aérea ha recibido una invitación para ser condecorado por el Comandante de Aeronáutica de la República Federativa delBrasil Ten. Brig. Ar. LUIZ CARLOS DA SILVA BUENO; yademás, realizar una visita a las Instalaciones de la FuerzaAérea del Brasil y a la Industria Aeronáutica del mencionadopaís; Que el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú en reciprocidad, condecorará al Comandante deAeronáutica del mencionado país con la Cruz Peruana alMérito Aeronáutico en la Clase GRAN CRUZ, por la causalServicios Excepcionales y Meritorios en beneficio de laFuerza Aérea del Perú; Que, estas acciones permitirán reforzar los lazos de integración entre ambos países y asimismo contribuirá afortalecer las relaciones de nuestras Fuerzas Aéreas, encumplimiento a la política dispuesta por el Ministerio deDefensa y el Supremo Gobierno; Que en tal sentido, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República Federativa del Brasil, del 14 al 20de agosto de 2005, al Comandante General de la FuerzaAérea del Perú, General del Aire CONDE GARAY LuisFelipe y de su Oficial Ayudante, el Mayor FAP QUIROZLOSSIO Jorge Luis; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores yfuncionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio deDefensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del SectorPúblico para el año Fiscal 2005, Decreto de UrgenciaNº 015-2004 del 23 de diciembre de 2004, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 ysu modificatoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SGdel 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República Federativa del Brasil, del 14 al20 de agosto de 2005, del Comandante General de laFuerza Aérea del Perú, General del Aire CONDE GARAYLuis Felipe y de su Oficial Ayudante, el Mayor FAP QUIROZLOSSIO Jorge Luis, a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdoa los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Brasilia - LimaUS$ 1,200.00 x 2 Oficiales Viáticos: US$ 200.00 x 7 días x 2 Oficiales Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 28.24 x 2 Oficiales. Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado Personal, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º del DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 yla Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros deninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministrode Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEON Ministro de Defensa 14861 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 427-2005-DE/FAP Lima, 15 de agosto de 2005 Visto el Oficio IV-50-EMIN-Nº 0573 del 10 de junio del 2005 del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aéreadel Perú y Papeleta de Trámite Nº 2893-SGFA del 26 dejulio del 2005 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO:Que, el Agregado Aéreo a la Embajada del Perú en Brasil comunicó al Comandante de Instrucción de la Fuerza Aérea del Perú, que el Estado Mayor de Aeronáutica del Brasil ha ofrecido una vacante para el Curso de Formación deSargentos (CFS), a realizarse en la Escuela deEspecialistas de Aeronáutica - EEAR, Guaratinguetá,Estado de Sao Paulo - Brasil, del 8 de agosto del 2005 al27 de junio del 2007; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a laRepública Federativa del Brasil, al Alumno de Segundo AñoFAP MEJIA CARDENAS José Ernesto, de la Especialidadde Mantenimiento de Equipos Electrónicos y Aviónica(Electrónica), con la finalidad de que participe en el mencionado curso; Que, los pagos correspondientes al período comprendido del 8 de agosto al 31 de diciembre de 2005,se efectuarán con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2005,del 1 de enero al 31 diciembre 2006, con cargo alpresupuesto del Año Fiscal 2006 y del 1 de enero al 27 de junio de 2007, con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2007; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y