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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G35/G36/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 5 de diciembre de 2005 área es de 5,233 ha., ubicada en el Bosque de Producción Permanente de Ucayali; suscribiendo en el año 2003, laadenda al referido contrato, mediante la cual las partesacuerdan modificar diversas cláusulas del mismo; Que, asimismo, con fecha 26 de septiembre de 2003, las referidas partes suscriben el Contrato de Concesión Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-033-03, para el aprovechamiento de los recursos forestales de lasUnidades de Aprovechamiento Nºs. 197 y 198, cuyas áreasson de 7,377 ha. y 5,063 ha. respectivamente, ubicadas enel Bosque de Producción Permanente de Ucayali; Que, por último, con fecha 2 de octubre de 2003, el INRENA y el señor Pedro Pablo Samaniego Meza, suscriben el Contrato de Concesión Forestal con FinesMaderables Nº 25-PUC/C-J-064-03, para el aprovecha-miento de los recursos forestales de la Unidad deAprovechamiento Nº 194, cuya área es de 6,163 ha.,ubicada en el Bosque de Producción Permanente de Ucayali; Que, mediante Resolución de Intendencia Nº 027- 2005-INRENA-IFFS, de fecha 11 de febrero de 2005, seaprueba el Plan General de Manejo Forestal consolidadopara los 3 contratos de concesión forestal con finesmaderables, suscritos por el concesionario Pedro PabloSamaniego Meza, en una superficie de 23,836 ha., cuya área se ubica en el distrito de Iparía, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali; Que, mediante Resolución de Intendencia Nº 031- 2005-INRENA-IFFS, de fecha 16 de febrero de 2005, seaprueba el Plan Operativo Anual de la segunda zafracorrespondiente a los tres Contratos de Concesión Forestal con Fines Maderables suscritos por el concesionario en mención, en una superficie de 1,188ha., cuya área se ubica en el distrito de Irazola, provinciade Coronel Portillo, departamento de Ucayali;aprobándose, entre otras especies, un total de 28 árbolesde caoba y 64 árboles de cedro, con un volumen total de 328.77 m3 y 361.50 m3, respectivamente; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 121-2005- INRENA, de fecha 1 de junio de 2005, se autoriza laconformación de cuatro brigadas de trabajo y unaComisión de Asesoramiento que permitan a lasAutoridades Administrativa y Científica CITES Perú, y a la Oficina de Supervisión de las Concesiones Forestales Maderables - OSINFOR, la implementación del artículoIV de la CITES en lo relativo a la especie caoba, en eldepartamento de Ucayali, designándose a sus miembros; Que, al ampliarse las áreas de verificación en el departamento de Ucayali, mediante Resolución Jefatural Nº 202-2005-INRENA, de fecha 22 de agosto de 2005, se autoriza, en vías de regularización con efectividad al 6 dejulio de 2005, a la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre,la conformación de dos brigadas de trabajo y una Comisiónde Asesoramiento que permitan en una segunda etapa ala Autoridad Administrativa CITES Perú y a la Oficina de Supervisión de las Concesiones Forestales Maderables - OSINFOR, la implementación del artículo IV de la CITESen lo relativo a la especie caoba, en el departamento deUcayali, designándose a sus miembros; Que, los días 12 y 13 de junio de 2005, la Brigada Nº 1 fase 2, ingresa a la Parcela de Corta Anual, correspondiente al Plan Operativo Anual de la segunda zafra de los Contratos de Concesión Forestal con FinesMaderables Nº 25-PUC/C-J-090-02, 25-PUC/C-J-033-03 y 25-PUC/C-J-064-03, del concesionario Pedro PabloSamaniego Meza, emitiendo como consecuencia dedicha inspección el Informe Nº 330-2005-INRENA-IFFS- DCB/BRIGADA Nº 1 fase 2, de fecha 8 de agosto de 2005, en el cual se señala como objetivo específicoverificar la cantidad y ubicación de los árboles de caobay cedro con referencia a las coordenadas UTM; Que, en el referido informe, la Brigada Nº 1 fase 2 concluye que, de los 14 árboles aprovechables de caoba seleccionados para su verificación, no se encontró evidencia de la existencia de ninguno de ellos; de los 25árboles aprovechables de cedro seleccionados para suverificación, se encontraron 3 tocones; la informaciónreportada en el Plan Operativo Anual es falsa en un93%; de acuerdo al reporte de volúmenes extraídos del SIF, el concesionario en mención no ha realizado aprovechamiento alguno del total de madera rolliza decaoba autorizada; sin embargo, no se encontró ningúnárbol en pie; de acuerdo al reporte de volúmenesextraídos del SIF, el concesionario ha realizado el aprovechamiento del 78.7% de madera rolliza de cedroautorizada; sin embargo, no se encontró la cantidad detocones que sustenten dicho aprovechamiento en laParcela de Corta Anual del Plan Operativo Anual 2004; Que, la Brigada Nº 1 fase 2, señala como datos adicionales que, gran parte del área de la parcela de corta anual verificada, se encuentra en zona planainundable; existe campamento base en la concesión; seobservaron trabajos de aprovechamiento con tractorforestal; se observaron 6 árboles de regeneraciónnatural de cedro; y en el momento de la visita se contó con la presencia del representante de la concesión, señor Enrique Ribeyro Barbarán; Que, de acuerdo a lo señalado en la Forma 20 del SIF del INRENA, el concesionario Pedro Pablo SamaniegoMeza movilizó, hasta el 17 de agosto de 2005, 95.19 m3de la especie cedro, no habiendo movilizado volumen alguno de la especie caoba; Que, tal como lo establece el numeral 15.2 del artículo 15º de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, para cualquiermodalidad de aprovechamiento de los recursosforestales, con fines comerciales o industriales, serequiere de un Plan de Manejo Forestal aprobado por el INRENA; Que, en ese sentido, los titulares de los contratos de concesión forestal deben enmarcar su actividad deaprovechamiento sostenible de los recursos forestalesmaderables, bajo los lineamientos aprobados en su Plande Manejo Forestal, el mismo que comprende: a) el Plan General de Manejo Forestal, que proporciona el marco general de planificación estratégica y proyecciónempresarial a largo plazo, formulado como mínimo paratodo el período de vigencia de la concesión, y b) el PlanOperativo Anual, que es el instrumento para laplanificación operativa a corto plazo, por un período de un año, es decir el año operativo, el cual puede o no coincidir con el año calendario; Que, los Planes Operativos Anuales muestran las actividades a realizarse, en el área de la Parcela deCorta Anual durante cada zafra, debiendo indicar lasespecies y volúmenes aprovechables; en ese sentido, el artículo 60º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre señala que el desarrollo de lasoperaciones del plan de manejo se efectúa a través deplanes operativos anuales, los cuales incluyenobligatoriamente el inventario de aprovechamiento, yconsideran la ubicación en mapa de los árboles a extraerse, determinados a través de sistemas de alta precisión, identificados por especie; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 95º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre,Ley Nº 27308, los titulares de las concesiones forestalescon fines maderables colindantes, pueden efectuar la consolidación de los respectivos planes de manejo con la finalidad de optimizar el aprovechamiento sosteniblede los recursos forestales del área; Que, concordante con lo establecido en el considerando que antecede, la Intendencia Forestal yde Fauna Silvestre aprueba, a través de las Resoluciones de Intendencia Nº 027-2005-INRENA-IFFS y Nº 031-2005-INRENA-IFFS, el Plan General de ManejoForestal y el Plan Operativo de la segunda zafra, de loscontratos Nºs. 25-PUC/C-J-090-02, 25-PUC/C-J-033-03 y 25-PUC/C-J-064-03, señalándose como superficiela correspondiente a la suma de las superficies de los tres contratos individuales; Que, de las conclusiones y datos adicionales señalados en el Informe Nº 330-2005-INRENA-IFFS-DCB/BRIGADA Nº 1 fase 2, se puede advertir que alingresar a la Parcela de Corta Anual correspondiente alPlan Operativo Anual de la segunda zafra de los Contratos de Concesión Forestal con Fines Maderables Nºs. 25-PUC/C-J-090-02, 25-PUC/C-J-033-03 y 25-PUC/C-J-064-03, la Brigada Nº 1 fase 2, pudo constatarque los bosques en donde se ubica dicha parcela soninundables, sin buen drenaje, por lo que es poco probableque la caoba prospere en dichas zonas; asimismo que, al no haber encontrado la Brigada Nº 1 fase 2, evidencia alguna de la existencia de los 14 árboles de caobaseleccionados para su verificación; y que al haberencontrado sólo 3 tocones de la especie cedro, de los