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PÆg. 305649 NORMAS LEGALES Lima, martes 6 de diciembre de 2005 LEY N” 28637 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DEROGA LAS LEYES NÚMS. 26302 Y 26554 Y RESTITUYE LOS ART˝CULOS 35”, 36” Y 37” DE LA LEY N” 23733, LEY UNIVERSITARIA Artículo 1º.- Objeto de la Ley Deróganse las Leyes núms. 26302 y 26554, que modifican los artículos 35º, 36º y 37º de la Ley Nº 23733,Ley Universitaria. Artículo 2º.- Restitución y modificaciónRestitúyense y modifícanse los artículos 35º, 36º y 37º en la Ley Nº 23733, los cuales quedan redactados como sigue: “Artículo 35º.- Elección del Rector El Rector es elegido por el período de cinco años. Nopuede ser reelegido para el período inmediato, ni ser candidato a Vicerrector. El cargo de Rector se ejerce a dedicación exclusivay es incompatible con el desempeño de cualquier otra función o actividad pública o privada, excepto la de Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores. Artículo 36º.- Elección del Vicerrector Hay uno o dos Vicerrectores, sus funciones seestablecen en el Estatuto de la Universidad. Reúnen los mismos requisitos que se exigen para el cargo de Rector.Son elegidos por el período de cinco años. No pueden ser reelegidos para el período inmediato. Artículo 37º.- Gobierno de la Facultad El Gobierno de la Facultad corresponde al Consejo de la Facultad y al Decano, de acuerdo con lasatribuciones que señala el Estatuto. El Decano es el representante de la Facultad ante el Consejo Universitario y la Asamblea Universitaria.Es elegido por el Consejo de Facultad entre los profesores principales que tengan diez años de antigüedad en la docencia, de los cuales tres debenserlo en la categoría y deben tener el grado de Doctor o Magíster en la especialidad. El Decano es elegido por el período de tres años. Nopuede ser reelegido para el período inmediato.” Artículo 3º.- Adecuación Las universidades adecuarán su Estatuto a lo dispuesto en la presente Ley, en el plazo de 30 días. Artículo 4º.- AlcancesLas disposiciones contenidas en la presente Ley rigen para las universidades públicas y privadas, a excepción de las que pertenecen al régimen del Decreto LegislativoNº 882. Artículo 5º.- Norma derogatoriaDeróganse o déjanse sin efecto, según corresponda, todas las disposiciones legales que se oponen a la presente Ley. DISPOSICIÓN FINAL Y TRANSITORIA ÚNICA.- A solicitud de las Universidades comprendidas en la presente Ley, la Oficina Nacional de Procesos Electorales puede brindar apoyo técnico, supervisión yfiscalización en los procesos de elección de las autoridades universitarias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 182º de la Constitución Política. POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado ensesión del Pleno realizada el día quince de setiembre de dos mil cinco, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108º de la Constitución Política del Estado, ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los dos días del mes de diciembre de dos mil cinco. MARCIAL AYAIPOMA ALVARADO Presidente del Congreso de la República EDUARDO CARHUARICRA MEZA Tercer Vicepresidente delCongreso de la República 20694 LEY N” 28638 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE AUTORIZA EL NOMBRAMIENTO DE AUXILIARES DE EDUCACIÓN QUE LABORAN EN LOS CENTROS Y PROGRAMAS EDUCATIVOS Artículo 1º.- Objeto de la Ley Autorízase el nombramiento de los auxiliares de educación que laboran en los centros y programaseducativos que cuenten con contrato laboral vigente, tengan no menos de dos años de labor, continuos o acumulados dentro de los últimos cinco años previos a lavigencia de la presente Ley, ocupen plaza presupuestada y que hayan aprobado el concurso respectivo. Artículo 2º.- ImplementaciónEl Ministerio de Educación, bajo responsabilidad, luego de concluido el 31 de diciembre de 2005 el procesode racionalización dispuesto por las Leyes núms. 28254 y 28427, aprobará en el plazo máximo de treinta días las normas que establezcan el procedimiento para efectuarinmediatamente los nombramientos a que hace referencia el artículo precedente. Artículo 3º.- Normas derogatoriasDeróganse las normas que se opongan a la presente Ley. DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.- A partir de la vigencia de la presente Ley, aquellas plazas de auxiliares de educación que se hubieren generado en el Sector, como consecuencia delcrecimiento vegetativo o por la naturaleza de los niveles y modalidades existentes que a la fecha de vigencia de la presente Ley se encuentren presupuestadas, seconsideran como orgánicas. POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, aceptándose las observacionesformuladas por el señor Presidente de la República, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108º de la Constitución Política del Estado, ordeno que se publiquey cumpla. En Lima, a los dos días del mes de diciembre de dos mil cinco. MARCIAL AYAIPOMA ALVARADO Presidente del Congreso de la República EDUARDO CARHUARICRA MEZA Tercer Vicepresidente del Congreso de la República 20695