Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2005 (06/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, martes 6 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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15.10 Apoyar a las Comisiones que designe la Contraloria General para la ejecucion de las acciones de control en el ambito de la entidad. Asimismo, el Jefe del OCI y el personal de dicho Organo colaboraran, por disposicion de la Contraloria General, en otras acciones de control externo, por razones operativas o de especialidad; 15.11 Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicables a la entidad, por parte de las unidades organicas y personal de esta; 15.12 Formular y proponer el presupuesto anual del Organo de Control Institucional para su aprobacion correspondiente por la entidad; 15.13 Cumplir diligentemente con los encargos, citaciones y requerimientos que le formule la Contraloria General; 15.14 Ejercer las funciones que preve la Ley del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; y, 15.15 Otras que establezca la Contraloria General. CAPITULO II: DEL ORGANO DE DEFENSA JUDICIAL Articulo 16º.- De la Procuraduria Publica La Procuraduria Publica es el organo a cargo de la defensa judicial de los intereses de la PCM. Es autonoma en el ejercicio de sus funciones y depende administrativamente de la PCM. Esta a cargo de un Procurador Publico designado por Resolucion Suprema del Sector Justicia con refrendo del Ministro de Justicia y del Presidente del Consejo de Ministros. Articulo 17º.- De las funciones La Procuraduria Publica es responsable de representar y ejercer la defensa de los derechos e intereses de la PCM, asi como de los organismos publicos descentralizados y organismos reguladores de su ambito que se lo requieran, conforme a las normas del Sistema de Defensa Judicial del Estado. En caso de solicitud de expedicion de Resolucion Ministerial para el inicio de acciones judiciales, cuando estas no deriven de recomendaciones del Organo de Control Institucional o de recomendaciones de la Oficina de Asesoria Juridica, le corresponde realizar las siguientes funciones: - Revisar los antecedentes que sustenten la solicitud con el fin de determinar su viabilidad. - Remitir la solicitud a la Secretaria General acompanada de un informe sustentante sobre su viabilidad, en que se detallara los alcances de la Resolucion a expedirse. TITULO IV: DE LOS ORGANOS DE ASESORAMIENTO Y APOYO CAPITULO I: DEL ORGANO DE ASESORAMIENTO Articulo 18º.- De la Oficina de Asesoria Juridica La Oficina de Asesoria Juridica es el organo de asesoramiento legal de la PCM. Articulo 19º.- De las funciones La Oficina de Asesoria Juridica tiene las siguientes funciones: 19.1 Prestar asesoramiento legal cuando lo requiera la Alta Direccion y los organos de la PCM; 19.2 Efectuar el control de calidad normativa de los proyectos de resoluciones supremas y decretos supremos, asi como los proyectos a ser aprobados por dichas normas, que correspondan ser refrendados por el Presidente del Consejo de Ministros; 19.3 Opinar sobre los proyectos normativos que le requiera la Alta Direccion y visarlos de corresponder, debiendo contar previamente con el informe tecnico y/o legal elaborado por el organo o entidad correspondiente; 19.4 Emitir opinion legal respecto de los proyectos de Ley y autografas que someta a su consideracion la Alta Direccion. En el caso de autografas, la opinion legal considerara entre otros aspectos su constitucionalidad,

la viabilidad juridica de la misma y sus efectos normativos en caso de promulgarse con el texto remitido por el Congreso de la Republica; En el caso de autografas basadas en proyectos de Ley presentados por el Poder Ejecutivo, el informe legal considerara si es que el texto ha respetado o no el texto original del proyecto; 19.5 Emitir opinion legal respecto a los asuntos internos de la PCM, para lo cual el organo solicitante debera precisar las cuestiones sobre las que se estime necesario tal opinion; 19.6 Compilar, concordar y sistematizar la legislacion de competencia de la PCM; y, 19.7 Otras funciones que le MORDAZA encomendadas por la Alta Direccion. Articulo 20º.- De la Oficina de Planeamiento y Presupuesto La Oficina de Planeamiento y Presupuesto es un organo de asesoramiento de la PCM. Articulo 21º.- De las funciones La Oficina de Planeamiento y Presupuesto tiene las siguientes funciones: 21.1. Conducir, evaluar e implementar el Plan Estrategico Institucional y Sectorial; 21.2. Elaborar el Plan Estrategico Sectorial Multianual - PESEM del Sector PCM como instrumento que guie la formulacion de los Planes Estrategicos Institucionales PEI de los pliegos adscritos a la PCM. Realizar el seguimiento y evaluacion de la ejecucion del PESEM. Orientar la formulacion de los PEI de las entidades adscritas a la PCM; 21.3. Elaborar y efectuar el seguimiento del Plan Operativo y Presupuesto Institucional; 21.4. Elaborar, actualizar y difundir los documentos normativos y de gestion del sistema de racionalizacion, en concordancia con la normatividad vigente; 21.5. Racionalizar y simplificar los procedimientos administrativos de la entidad; 21.6. Participar en las actividades de reforma administrativa, proyectos de reestructuracion, reorganizacion o actualizacion organica y funcional de la institucion; 21.7. Estudiar y racionalizar los procedimientos de trabajo para su simplificacion en base a una adecuada asignacion de prioridades; 21.8. Elaborar y evaluar los indicadores de gestion; 21.9. Actuar como Oficina de Programacion e Inversiones - OPI sectorial, asumiendo las competencias que, como tal se le asigna dentro del Sistema Nacional de Inversion Publica - SNIP; 21.10. Conducir el MORDAZA Presupuestario de la Entidad, consistente en la Programacion, Formulacion, Aprobacion, Ejecucion a traves de la coordinacion y control de la informacion de ejecucion de ingresos y gastos en el Presupuesto y sus modificaciones, consolidando la informacion presupuestaria que presentan las unidades ejecutoras, y Evaluacion del Presupuesto Institucional. 21.11. Consolidar la informacion presupuestaria para la sustentacion del Proyecto de Presupuesto anual del Sector PCM, ante el Congreso de la Republica; 21.12. Facilitar la operatividad y hacer seguimiento a las acciones y politicas de cooperacion internacional de la PCM, impartidas por la Alta Direccion; 21.13. Ejercer las funciones propias de los organos confortantes del Sistema Nacional de Planeamiento; 21.14. Otras que le MORDAZA encomendadas por la Alta Direccion. CAPITULO II: DE LOS ORGANOS DE APOYO SUBCAPITULO I: OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACION Articulo 22º.- De la Oficina General de Administracion La Oficina General de Administracion apoya a la Alta Direccion y demas organos de la PCM para el logro de los objetivos institucionales. Es la encargada de la gestion

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