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PÆg. 305654 NORMAS LEGALES Lima, martes 6 de diciembre de 2005 13.10 Coordinar con la Oficina de Recursos Humanos la realización de actividades internas de carácter culturaly social, buscando la integración de los trabajadores dela PCM; 13.11 Supervisar la actualización de la página web de la PCM; y, 13.12 Otras que le sean encomendadas por el Presidente del Consejo de Ministros y el SecretarioGeneral. TÍTULO III: DE LOS ÓRGANOS DE CONTROL Y DEFENSA JUDICIAL CAPÍTULO I: DEL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Artículo 14º.- Del Órgano de Control Institucional El Órgano de Control Institucional -OCI- es responsable del control posterior de las actividades de la gestión de la PCM, así como de las entidades adscritasa ella, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánicadel Sistema Nacional de Control y de la ContraloríaGeneral de la República. El OCI está a cargo de un Jefe, quien depende funcional y administrativamente de la Contraloría General de la República. Artículo 15º.- De las funciones Son funciones del OCI las siguientes: 15.1 Ejercer el control interno posterior a los actos y operaciones de la entidad, sobre la base de loslineamientos y cumplimiento del Plan Anual de Control, aque se refiere el Artículo 7º de la Ley, y el control externoa que se refiere el Artículo 8º de la Ley, por encargo de laContraloría General; 15.2 Efectuar auditorías a los estados financieros y presupuestarios de la entidad, así como a la gestión dela misma, de conformidad con las pautas que señale laContraloría General. Alternativamente, estas auditoríaspodrán ser contratadas por la entidad con Sociedadesde Auditoría Externa, con sujeción al Reglamento sobre la materia; 15.3 Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y operaciones de la entidad, que disponga laContraloría General, así como, las que sean requeridaspor el Titular de la entidad. Cuando estas últimas tengancarácter de no programadas, su realización será comunicada a la Contraloría General por el Jefe del OCI. Se consideran actividades de control, entre otras, lasevaluaciones, diligencias, estudios, investigaciones,pronunciamientos, supervisiones y verificaciones; 15.4 Efectuar control preventivo sin carácter vinculante, al órgano de más alto nivel de la entidad con el propósito de optimizar la supervisión y mejora de los procesos, prácticas e instrumentos de control interno, sin que ellogenere prejuzgamiento u opinión que comprometa elejercicio de su función, vía el control posterior; 15.5 Remitir los informes resultantes de sus acciones de control a la Contraloría General, así como, al Titular de la entidad y del Sector cuando corresponda, conforme a las disposiciones sobre la materia; 15.6 Actuar de oficio, cuando en los actos y operaciones de la entidad, se adviertan indiciosrazonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento,informando al Titular de la entidad para que adopte las medidas correctivas pertinentes; 15.7 Recibir y atender las denuncias que formulen los funcionarios y servidores públicos y ciudadanos,sobre actos y operaciones de la entidad, otorgándole eltrámite que corresponda a su mérito y documentaciónsustentante respectiva; 15.8 Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control aprobado por la Contraloría General, de acuerdoa los lineamientos y disposiciones emitidas para el efecto; 15.9 Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que adopte la entidad, como resultado de lasacciones y actividades de control, comprobando su materialización efectiva, conforme a los términos y plazos respectivos. Dicha función comprende efectuar elseguimiento de los procesos judiciales y administrativosderivados de las acciones de control;11.6 Someter a consideración del Presidente del Consejo de Ministros los planes, programas y proyectosque requieran su aprobación; 11.7 Expedir Resoluciones y Directivas sobre asuntos de su competencia; 11.8 Supervisar las actividades de los representantes de la PCM designados por la Alta Dirección en lasdiversas comisiones, dentro de su competencia; 11.9 Implementar y actualizar permanentemente el Centro de Información y Documentación de la PCM; 11.10 Resolver, en última instancia administrativa, los recursos administrativos interpuestos ante órganosdependientes de él; y, 11.11 Organizar y controlar el proceso de programación, formulación, aprobación, ejecución yevaluación del presupuesto de la PCM; 11.12 Conducir el proceso de formulación, seguimiento y evaluación del Plan Estratégico SectorialMultianual - PESEM, del Sector PCM y orientar laformulación de los PEI de las Entidades adscritas a laPCM; 11.13 Conducir el proceso de formulación y evaluación del Plan Operativo Institucional y el Plan EstratégicoInstitucional; 11.14 Coordinar y supervisar el sistema de racionalización de la Entidad coadyuvando a lograr losobjetivos Institucionales; 11.15 Supervisar que los Proyectos de Inversión Pública se enmarquen en los Lineamientos de Política,en el Programa Multianual de Inversión Pública, en elPlan Estratégico Sectorial de carácter multianual y enlos Planes de Desarrollo Regional; y, 11.16 Las demás funciones que le encomiende el Presidente del Consejo de Ministros. SUBCAPÍTULO I: DE LA OFICINA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL Artículo 12º.- De la Oficina de Prensa e Imagen Institucional La Oficina de Prensa e Imagen Institucional es la encargada de desarrollar actividades de difusión de lalabor de la Presidencia del Consejo de Ministros, a travésde los medios de comunicación social. Tiene a su cargoel protocolo y las relaciones públicas institucionales. Se encuentra a cargo de un Jefe quien depende de la Secretaría General de la Presidencia del Consejo deMinistros. Artículo 13º.- De las funciones La Oficina de Prensa e Imagen Institucional tiene las siguientes funciones: 13.1 Formular y ejecutar la estrategia de comunicación entre la Presidencia del Consejo de Ministros y los mediosde comunicación nacionales e internacionales,elaborando y difundiendo el material informativo quepermita una adecuada cobertura de sus actividades; 13.2 Coordinar criterios comunes de información con los demás sectores del Poder Ejecutivo; 13.3 Proporcionar al sector privado información apropiada y oportuna sobre las labores realizadas por laPCM; 13.4 Brindar diariamente información a la Alta Dirección sobre las principales noticias y acontecimientosnacionales e internacionales vinculados a las actividadespropias de la institución; 13.5 Dar cobertura periodística a las actividades de la Alta Dirección preparando sus conferencias de prensapara su respectiva difusión o archivo, cuando así seanecesario; 13.6 Elaborar la Memoria de la PCM en coordinación con sus demás órganos; 13.7 Coordinar las acciones protocolares de la Alta Dirección, así como la atención a personalidades deorganismos nacionales y del exterior; 13.8 Dirigir, publicitar y preparar las ceremonias oficiales que realiza la PCM; 13.9 Elaborar y mantener actualizado los directorios de la administración pública relacionados con el quehacerinstitucional;