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PÆg. 306473 NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de diciembre de 2005 siguientes a su adopción en el Diario Oficial El Peruano, y adicionalmente en el SEACE. Regístrese, comuníquese y cúmplase.EMILIO DÍAZ PINTO Alcalde 21343 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN CRISTÓBAL Exoneran de procesos de selección la adquisición de sistema sofisticado de radiocomunicaciones VHF y de tractor D-6 o de potencia similar ACUERDO DE CONCEJO Nº 025-2005-MDSC San Cristóbal, 26 de noviembre del 2005 VISTO: En sesión de concejo de fecha 26 de noviembre del 2005 el Informe Técnico Nº 03-2005 presentado por laOficina de Desarrollo Urbano de la Municipalidad, el Informe Legal Nº 08-2005, el Decreto Supremo Nº 076- 2005-PCM y su modificatoria el Decreto SupremoNº 081-2005-PCM; CONSIDERANDO: Que, como consecuencia del sismo ocurrido el 01 de octubre del 2005, se vieron afectados los distritos de Carumas, Cuchumbaya y San Cristóbal de la provincia de Mariscal Nieto, del departamento de Moquegua, siendola infraestructura mas afectada las vías de comunicación, canales de regadío y vivienda, por lo que el Poder Ejecutivo mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-PCM declaróel estado de emergencia por siniestro y desastre natural; Que en el caso del distrito de San Cristóbal, han sido afectadas las vías de comunicación de integracióninterdistrital Carumas, Cuchumbaya, San Cristóbal y las vías secundarias de articulación a los anexos del Distrito, tales como Sijuaya, Muylaque, Titire, Aruntaya, Bellavista,Calacoa, Pallatea y otras comunidades, debido a los derrumbes y deslizamientos de los cerros, imposibilitándose el acceso vehicular y con el inminenteriesgo a la vida humana por la inestabilidad de los taludes debido a la continuidad de los sismos; Que la magnitud de los daños ocasionados en el distrito de San Cristóbal y distritos colindantes demanda la acción urgente de las diversas dependencias, instituciones y organismos del Estado, entre ellas laMunicipalidad Distrital de San Cristóbal, comprometido con las operaciones de emergencia requiere ejecutar las acciones inmediatas a fin de posibilitar la prevención,reconstrucción y/o rehabilitación de los sectores afectados; Que, siendo de necesidad y urgencia la atención a los sectores afectados, para proceder a la rehabilitación de las vías de comunicación, reconstrucción de los canales de regadío y estabilización de taludes aledañosa las viviendas, así como sostener una comunicación real, efectiva y oportuna tanto con los diversos anexos, y comunidades de nuestro distrito como el coadyuvaren las operaciones de rehabilitación mediante ejecución de obras, debe de implementarse un sistema radial VHF completo y debidamente organizado en todos los anexosde nuestro distrito, que nos permita saber en tiempo real la verdadera situación de nuestros habitantes así como un control seguro y efectivo en obras; Que, la Municipalidad Distrital de San Cristóbal, de conformidad al inciso “c” del artículo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estadoaprobado con Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, el mismo que establece que: en Situación de Emergencia se exonera a la Entidad de los procesos de selecciónpara las Adquisiciones y Contrataciones con el Estado, así mismo en concordancia a lo estipulado en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, artículo 142º “Situación deEmergencia” y vistos los informes técnico y legal, ha visto por conveniente la Adquisición de un sistema sofisticado de radiocomunicación VHF incluyendoRepetidoras que nos permita mantener comunicación real y efectiva entre todos los anexos del distrito como prioridad para atender el Estado de Emergencia en eldistrito de San Cristóbal, Al amparo del inciso c) del artículo 20º del TUO de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado,aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, indica que todas las exoneraciones se aprobarán mediante acuerdo de concejo tratándose de gobiernos localessiendo esta facultad indelegable y que será publicado en el Diario Oficial El Peruano por lo que al amparo del artículo 41 de la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972 el pleno de concejo: ACORDÓ:Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del proceso de selección por Estado de Emergencia para laAdquisición de un Sistema sofisticado de Radiocomunicación VHF acorde con la situación geográfica de nuestro distrito conforme a lasespecificaciones técnicas del informe Técnico Nº 01- 2005-ODU. Artículo Segundo.- Facultar al Comité Especial a proceder conforme al artículo 148º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM “Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado”. Regístrese, publíquese y cúmplase. MARCIAL CONDORI CUAYLA Alcalde 21355 ACUERDO DE CONCEJO Nº 28-2005-MDSC San Cristóbal, 29 de noviembre del 2005 VISTO:En sesión de concejo de fecha 29 de noviembre del 2005 el Informe Técnico Nº 06-2005 presentado por laOficina de Desarrollo Urbano de la Municipalidad, el Informe Legal Nº 11-2005, el Decreto Supremo Nº 076- 2005-PCM y su modificatoria el decreto Supremo Nº 081-2005-PCM; CONSIDERANDO:Que, como consecuencia del sismo ocurrido el 1 de octubre del 2005, se vieron afectados los distritos deCarumas, Cuchumbaya y San Cristóbal de la provincia de Mariscal Nieto, del departamento de Moquegua, siendo la infraestructura mas afectada las vías de comunicación,canales de regadío y vivienda; Que en el caso del distrito de San Cristóbal, han sido afectadas las vías de comunicación de integracióninterdistrital Carumas, Cuchumbaya, San Cristóbal y las vías secundarias de articulación a los anexos del distrito, tales como Sijuaya, Muylaque, Titire, Aruntaya, Bellavista,Calacoa, Pallatea; Que, mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-PCM, publicado el 7 de octubre del 2005 y su modificatoriamediante Decreto Supremo Nº 081-2005-PCM, publicado el 25 de octubre del 2005, se ha declarado en Estado de Emergencia por Siniestro y Desastre Natural durantesesenta días a la provincia de Mariscal Nieto, del departamento de Moquegua comprendiendo al distrito de San Cristóbal; Que, siendo de necesidad y urgencia la atención a los sectores afectados, para proceder a la rehabilitación de las vías de comunicación, y considerando que laMunicipalidad está en condiciones de adquirir un tractor D-6 o de potencia similar, el pleno del concejo acuerda la adquisición del referido tractor para atender la urgencia