Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2005 (17/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 123

MORDAZA, sabado 17 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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siguientes a su adopcion en el Diario Oficial El Peruano, y adicionalmente en el SEACE. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21343

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA
Exoneran de procesos de seleccion la adquisicion de sistema sofisticado de radiocomunicaciones VHF y de tractor D-6 o de potencia similar
ACUERDO DE CONCEJO Nº 025-2005-MDSC San MORDAZA, 26 de noviembre del 2005 VISTO: En sesion de concejo de fecha 26 de noviembre del 2005 el Informe Tecnico Nº 03-2005 presentado por la Oficina de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad, el Informe Legal Nº 08-2005, el Decreto Supremo Nº 0762005-PCM y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 081-2005-PCM; CONSIDERANDO: Que, como consecuencia del sismo ocurrido el 01 de octubre del 2005, se vieron afectados los distritos de Carumas, Cuchumbaya y San MORDAZA de la provincia de Mariscal MORDAZA, del departamento de MORDAZA, siendo la infraestructura mas afectada las vias de comunicacion, MORDAZA de regadio y vivienda, por lo que el Poder Ejecutivo mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-PCM declaro el estado de emergencia por siniestro y desastre natural; Que en el caso del distrito de San MORDAZA, han sido afectadas las vias de comunicacion de integracion interdistrital Carumas, Cuchumbaya, San MORDAZA y las vias secundarias de articulacion a los anexos del Distrito, tales como Sijuaya, Muylaque, Titire, Aruntaya, Bellavista, Calacoa, Pallatea y otras comunidades, debido a los derrumbes y deslizamientos de los cerros, imposibilitandose el acceso vehicular y con el inminente riesgo a la MORDAZA humana por la inestabilidad de los taludes debido a la continuidad de los sismos; Que la magnitud de los danos ocasionados en el distrito de San MORDAZA y distritos colindantes demanda la accion urgente de las diversas dependencias, instituciones y organismos del Estado, entre ellas la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, comprometido con las operaciones de emergencia requiere ejecutar las acciones inmediatas a fin de posibilitar la prevencion, reconstruccion y/o rehabilitacion de los sectores afectados; Que, siendo de necesidad y urgencia la atencion a los sectores afectados, para proceder a la rehabilitacion de las vias de comunicacion, reconstruccion de los MORDAZA de regadio y estabilizacion de taludes aledanos a las viviendas, asi como sostener una comunicacion real, efectiva y oportuna tanto con los diversos anexos, y comunidades de nuestro distrito como el coadyuvar en las operaciones de rehabilitacion mediante ejecucion de obras, debe de implementarse un sistema radial VHF completo y debidamente organizado en todos los anexos de nuestro distrito, que nos permita saber en tiempo real la verdadera situacion de nuestros habitantes asi como un control seguro y efectivo en obras; Que, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, de conformidad al inciso "c" del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, el mismo que establece que: en Situacion de Emergencia se exonera a la Entidad de los procesos de seleccion

para las Adquisiciones y Contrataciones con el Estado, asi mismo en concordancia a lo estipulado en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, articulo 142º "Situacion de Emergencia" y vistos los informes tecnico y legal, ha visto por conveniente la Adquisicion de un sistema sofisticado de radiocomunicacion VHF incluyendo Repetidoras que nos permita mantener comunicacion real y efectiva entre todos los anexos del distrito como prioridad para atender el Estado de Emergencia en el distrito de San MORDAZA, Al MORDAZA del inciso c) del articulo 20º del TUO de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, indica que todas las exoneraciones se aprobaran mediante acuerdo de concejo tratandose de gobiernos locales siendo esta facultad indelegable y que sera publicado en el Diario Oficial El Peruano por lo que al MORDAZA del articulo 41 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 el pleno de concejo: ACORDO: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion por Estado de Emergencia para la Adquisicion de un Sistema sofisticado de Radiocomunicacion VHF acorde con la situacion geografica de nuestro distrito conforme a las especificaciones tecnicas del informe Tecnico Nº 012005-ODU. Articulo Segundo.- Facultar al Comite Especial a proceder conforme al articulo 148º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM "Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado". Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21355 ACUERDO DE CONCEJO Nº 28-2005-MDSC San MORDAZA, 29 de noviembre del 2005 VISTO: En sesion de concejo de fecha 29 de noviembre del 2005 el Informe Tecnico Nº 06-2005 presentado por la Oficina de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad, el Informe Legal Nº 11-2005, el Decreto Supremo Nº 0762005-PCM y su modificatoria el decreto Supremo Nº 0812005-PCM; CONSIDERANDO: Que, como consecuencia del sismo ocurrido el 1 de octubre del 2005, se vieron afectados los distritos de Carumas, Cuchumbaya y San MORDAZA de la provincia de Mariscal MORDAZA, del departamento de MORDAZA, siendo la infraestructura mas afectada las vias de comunicacion, MORDAZA de regadio y vivienda; Que en el caso del distrito de San MORDAZA, han sido afectadas las vias de comunicacion de integracion interdistrital Carumas, Cuchumbaya, San MORDAZA y las vias secundarias de articulacion a los anexos del distrito, tales como Sijuaya, Muylaque, Titire, Aruntaya, Bellavista, Calacoa, Pallatea; Que, mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-PCM, publicado el 7 de octubre del 2005 y su modificatoria mediante Decreto Supremo Nº 081-2005-PCM, publicado el 25 de octubre del 2005, se ha declarado en Estado de Emergencia por Siniestro y Desastre Natural durante sesenta dias a la provincia de Mariscal MORDAZA, del departamento de MORDAZA comprendiendo al distrito de San Cristobal; Que, siendo de necesidad y urgencia la atencion a los sectores afectados, para proceder a la rehabilitacion de las vias de comunicacion, y considerando que la Municipalidad esta en condiciones de adquirir un tractor D-6 o de potencia similar, el pleno del concejo acuerda la adquisicion del referido tractor para atender la urgencia

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