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PÆg. 306457 NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de diciembre de 2005 De conformidad con el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. SE RESUELVE:Artículo 1º.- FÍJESE, excepcionalmente, el período comprendido entre el 19 de diciembre de 2005y el 2 de enero de 2006, para que todas las Gerencias, Subgerencias, Órganos Desconcentrados y demás dependencias de la Municipalidad Metropolitana deLima programen el goce de vacaciones de su personal, sin afectar las funciones elementales de la Institución. Artículo 2º.- Para efecto del cómputo de los plazos de los procedimientos administrativos se considerará comodías inhábiles el período comprendido entre el 19 de diciembre del 2005 y el 2 de enero de 2006, con excepción de los procesos de adquisiciones y contrataciones debienes, servicios u obras que se realizan al amparo del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el DecretoSupremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, y los procesos de promoción de la inversión privada que se realizan en el marco del Decreto Legislativo Nº 674 y elDecreto Supremo Nº 059-96-PCM y sus normas reglamentarias. Artículo 3º.- Encárguese a la Gerencia de Administración para que, a través de la Subgerencia de Personal, en coordinación con los demás órganos de laInstitución, adopten las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Al personal que hubiere gozado de su descanso vacacional completo correspondiente al ejercicio 2005 se le otorgará descanso vacacional adelantado. Elpersonal contratado a plazo sólo se acogerá al descanso vacacional excepcional en caso haya cumplido con nueve (09) meses de labor efectiva. Artículo 4º.- Las Empresas Municipales y los organismos públicos municipales desconcentradosadoptarán en el marco de sus competencias y funciones disposiciones similares a las contenidas en la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de laMunicipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía 21311 MUNICIPALIDAD DE ATE Prorrogan vigencia de la Ordenanza N” 093-MDA, que establece beneficio de regularización de deudas tributarias y no tributarias DECRETO DE ALCALDÍA Nº 049 Ate, 15 de diciembre de 2005EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; la Ordenanza Municipal Nº 093-MDA, que establece el Beneficio de Regularización de DeudasTributarias y No Tributarias en la Jurisdicción del distrito de Ate, el Informe Nº 309-2005-GR-MDA de la Gerencia de Rentas; el Informe Nº 3226-05-GAJ/MDA de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, el Proveído Nº 3976-05-GGM/MDA de la Gerencia General Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º prescribe que las Municipalidades son órganos degobierno local que gozan de autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 093-MDA de fecha 26 de octubre de 2005 y publicada en el Diario Oficial ElPeruano el 30 de octubre del 2005, se establece el Beneficio de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias en el distrito de Ate; Que, la Ordenanza Municipal antes indicada en su Cuarta Disposición Complementaria faculta al señorAlcalde para que dicte Normas Complementarias, así como para prorrogar por medio de Decreto de Alcaldía, la vigencia del beneficio otorgado a través de laOrdenanza referenciada; Que, dentro de las políticas establecidas por la presente Administración se encuentra la de otorgar a los contribuyentes de la jurisdicción del distrito de Ate, las más amplias facilidades para que puedancumplir con regularizar sus obligaciones Tributarias y No Tributarias, a las cuales se encuentran obligados; Que, el comportamiento de los vecinos del distrito ha permitido a la Administración Tributaria corroborar supredisposición para acogerse a los beneficios dictados por esta comuna, siendo así que la asistencia masiva durante los días otorgados se ha ido acrecentandoprogresivamente, demostrando con este accionar sus deseos de regularizar sus obligaciones Tributarias y No Tributarias, pendientes con esta Corporación Edil,situación a la que esta Corporación Edil no puede mantenerse al margen; Que, mediante Informe Nº 309-2005-GR-MDA, la Gerencia de Rentas sustenta la necesidad de prorrogar los beneficios de la Ordenanza Nº 093-MDA, la mismaque tiene por objeto otorgar las facilidades para que los vecinos del distrito, puedan cumplir con regularizar el pago de sus Deudas Tributarias y no Tributarias, de lascuales son sujetos pasivos; Que, mediante Informe Nº 3226-05-GAJ/MDA la Gerencia de Asuntos Jurídicos señala que concuerda con la propuesta de la Gerencia de Rentas, por lo tanto es de opinión que es procedente la prórroga,recomendando que el Decreto de Alcaldía a emitirse se debe dar cuenta en próxima Sesión del Concejo Municipal; Que, mediante Proveído Nº 3976-05-GGM/MDA la Gerencia General Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas porel inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y sus normas modificatorias y con cargo a dar cuenta al Concejo Municipal; SE DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR, la vigencia de la Ordenanza Nº 093-MDA, que establece el Beneficiode Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias en el distrito de Ate, hasta el 30 de diciembre de 2005, en mérito a los considerandos antesexpuestos. Artículo 2º.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas, Gerencia deAdministración, Agencia de Salamanca, Agencia de Huaycán, Agencia de Santa Clara y demás Gerencias y Subgerencias de esta Corporación Edil. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. LEONARDO VILCHEZ FERNANDEZ Alcalde 21449 Amplían plazo para acogerse a beneficio de formalización de propie- dades DECRETO DE ALCALDÍA Nº 050 Ate, 15 de diciembre de 2005