Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2005 (17/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 117

MORDAZA, sabado 17 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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"Articulo 4º.- DE LOS PLAZO DE VIGENCIA El beneficio otorgado por la presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia de su publicacion y se encontrara vigente hasta el 31 diciembre del 2005." Articulo Segundo.- Modifiquese el Articulo 6º de la Ordenanza Nº 143-MDSMP cuyo MORDAZA texto se encuentra redactado de la manera siguiente: "Articulo 6º.- DE LAS FORMAS DE PAGO: Los Contribuyentes que se acojan a los beneficios establecidos en el Articulo 5º de la presente Ordenanza podran cancelar al contado y/o fraccionar sus deudas tributarias de la siguiente manera: AL CONTADO: El tributo insoluto, condonandose el 100% de la tasa de interes moratorio. FRACCIONADO: El tributo insoluto hasta 12 cuotas, condonandose la tasa de interes moratorio. El tributo insoluto hasta 18 cuotas, condonandose el 50% de la tasa de interes moratorio, En ningun caso, se encuentra comprendido el interes que se genere por el fraccionamiento. Aquellos contribuyentes y/o administrados que a la fecha tengan convenio de fraccionamiento y que no hayan cancelado algunas de sus cuotas en sus fechas respectivas podran reprogramar excepcionalmente el numero de cuotas y/o la fecha de vencimiento de sus cuotas en un fraccionamiento vigente. Articulo Tercero.- Facultase al MORDAZA ampliar el plazo de vigencia de la presente Ordenanza mediante Decreto de Alcaldia. POR TANTO: Mando se registre, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DUARTE MORDAZA 21405

Prorrogan la vigencia de beneficio de regularizacion de edificaciones otorgada mediante la Ordenanza Nº 137-MDSMP
ORDENANZA Nº 149-MDSMP San MORDAZA de Porres, 15 de diciembre del 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres; VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Memorandum Nº 1043-2005-GDU/MDSMP de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, que solicita la prorroga del beneficio de Licencias de Obras otorgada por la Ordenanza Nº 137-MDSMP y la modificatoria de la misma; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28607, en concordancia con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, definen a las Municipalidades como organos de gobierno, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 137-MDSMP se establece en el distrito de San MORDAZA de Porres, el beneficio de regularizacion de edificaciones construidas

sin Licencias de Obra efectuadas hasta el 31 de diciembre del 2003; de conformidad con la Decimo Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27972, modificada por la Ley Nº 28437, respecto al regimen de unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y de propiedad comun y/o en terrenos sin Habilitacion MORDAZA que cuenten como minimo con expediente iniciado y/o estudios preliminares aprobados y/o con aprobacion de habilitaciones urbanas con o sin recepcion de obras; Que, la Decimo Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27972, modificada por la Ley Nº 28437, refiere que los propietarios de edificaciones que hayan construido sin Licencias de Obra y/o en terrenos sin Habilitacion MORDAZA hasta el 31 de diciembre del 2002, podran regularizar su situacion, sin pago de multas y otras sanciones hasta el 30 de junio del 2005, mediante el procedimiento de regularizacion de edificaciones a que se refiere la Ley Nº 27157 y normas reglamentarias; Que, el Articulo 79º numeral 3.6 de la Ley Nº 27972 establece que, es competencia y funcion especifica de las Municipalidades Distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso de suelo; normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de habilitaciones urbanas, construcciones, remodelaciones o refacciones, demoliciones, y declaratorias de fabrica, entre otros; Que, el Articulo 92º de la Ley Nº 27972 establece que, toda obra de construccion, reconstruccion, conservacion, refaccion o modificacion de inmueble, sea publica y privada, requiere licencia de construccion expedida por la municipalidad distrital dentro de cuya jurisdiccion se halla el inmueble; Que, de conformidad al Articulo 40º de la Ley Nº 27972 es atribucion de la municipalidad crear, modificar, suprimir o exonerar los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por Ley; siendo necesario brindar facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones formales y sustanciales referidas a la regularizacion de licencias de construccion; Que, mediante el Informe Nº 1043-2005/GDU-MDSMP la Gerencia de Desarrollo MORDAZA solicita se prorrogue hasta el 31 de marzo del 2006, la vigencia de la Ordenanza Nº 137-MDSMP; asi como se suprima de los Articulos 4º y 9º, el requisito de presentar el DNI de residencia en el distrito, debido a que la RENIEC, ha senalado que la fecha limite del cambio domiciliario es hasta el 10 de diciembre del 2005, debiendose reemplazar por una declaracion jurada de residencia en el distrito y se modifique el Articulo 5º en el sentido que se extienda el ambito de aplicacion de la acotada Ordenanza a toda la jurisdiccion del distrito de acuerdo a su Ley de Creacion; Estando al Informe Nº 1782-2005/GAJ-MDSMP de la Gerencia de Asesoria Juridica y estando en uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal presidido por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Duarte, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Casanova MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ferrer MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda, MORDAZA MORDAZA Paz Puelles, MORDAZA Alcedo De La MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Castaneda MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vidalon, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 137-MDSMP, hasta por un plazo de tres (3) meses el mismo que vencera el 31 de marzo del 2006. Articulo Segundo.- AUTORIZAR la MORDAZA de una Declaracion Jurada de tener residencia en el distrito de San Mar tin de Porres, si no se cuenta con el Documento Nacional de Identidad que senale que su residencia es en el distrito de San MORDAZA de Porres, conforme lo establecen los Articulos 4º y 9º de la Ordenanza Nº 137-MDSMP. Articulo Tercero.- MODIFICAR el Articulo 5º de la Ordenanza Nº 137-MDSMP, disponiendo ampliar el ambito de aplicacion de la Ordenanza acotada a toda la

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