Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2005 (17/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 111

MORDAZA, sabado 17 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo.- Transcribase la presente Resolucion a la Subgerencia de Obras Privadas, Habilitacion MORDAZA y Catastro. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en un plazo MORDAZA de 30 dias calendario de notificado la presente resolucion, por cuenta de los interesados. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente Resolucion a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para efectos de su inscripcion correspondiente. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA Gerente de Desarrollo MORDAZA 21287

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Establecen MORDAZA legal del Regimen Tributario y Tasas de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo de los ejercicios 2002, 2003 y 2004
ORDENANZA Nº 063-05/MDLV La MORDAZA, 28 de octubre de 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: VISTO en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Oficio Nº 003-2005-DR-DAJ-DSM-DSC-DPPE/MDLV de fecha 26 OCT 2005 formulado por la Direccion de Rentas, Servicios Municipales, Seguridad Ciudadana y Planificacion, Presupuesto y Estadistica; por el que remiten el Proyecto de Ordenanza que establece el MORDAZA MORDAZA Legal del Regimen Tributario y las Tasas de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo aplicables a los ejercicios 2002, 2003 y 2004, asi como el Informe Nº 1199-2005-DAJ/MDLV de fecha 27 de octubre del 2005 de la Direccion de Asesoria Juridica; el Dictamen Conjunto Nº 002-2005-CPRC/ CPSM/CPSC/CPPAL/MDLV de fecha 27 de octubre del 2005, de las Comisiones Permanentes de Rentas y Comercializacion, Servicios Municipales, Seguridad Ciudadana y de Planificacion, Presupuesto y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru de 1993 en concordancia con el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades aprobada por Ley Nº 27972, reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria; para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios; licencias y derechos municipales; Que, el Concejo Distrital de La MORDAZA, ejerce su funcion normativa, mediante sus Ordenanzas que tienen rango de Ley, de conformidad con el establecido el numeral 4) del Articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el numeral 9) del Art. 9º de la Ley Organica de Municipalidades, aprobada por Ley, Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal: crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y derechos o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion con los limites que senale la Ley;

Que, con la Sentencia del Pleno Jurisdiccional del Tribunal Constitucional de fecha 16 de MORDAZA del 2005, en el MORDAZA de Inconstitucionalidad seguido por la Defensoria del Pueblo contra la Municipalidad de Miraflores, signado con el Expediente Nº 00053-2004PI/TC, constituye un precedente vinculante para todos los Municipios del Peru, prohibiendo expresamente la continuacion de procedimientos de cobranza coactiva en tramite, asi como el inicio de estos o de cualquier otro MORDAZA de cobranza relacionada con las Ordenanzas que presenten vicios de constitucionalidad. No obstante, senala que estan habilitadas las cobranzas por los periodos impagos no prescritos con base a nuevas Ordenanzas, las que deberan emitirse de acuerdo al plazo dispuesto en el punto XIII de la misma Sentencia; Que, con el Oficio Nº 004-090-00001572 recibido en fecha 21 OCT 2005, el Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, remite a esta corporacion distrital el Requerimiento Nº 174-07800000156, que contiene las observaciones tecnicas y legales a la solicitud de ratificacion de la Ordenanza Nº 060-05/MDLV, senalando que de conformidad con lo dispuesto en la Tercera Disposicion Transitoria de la Ordenanza Nº 830, el citado requerimiento debe ser subsanado dentro del plazo de 5 dias habiles, contado desde el dia siguiente de notificado; el incumplimiento en la MORDAZA de dicha documentacion y/o informacion ampliatoria solicitada originara la devolucion inmediata de la solicitud de ratificacion, ocasionando la inexigibilidad de los arbitrios correspondientes a los ejercicios materia de la mencionada norma; Que, en el Informe Tecnico Legal de VISTOS los Directores que la suscriben senalan que a la luz de las observaciones planteadas se hace imprescindible la emision de una nueva MORDAZA que absuelva dichos requerimientos; ya que el efectuar correcciones en la Ordenanza Nº 060-05/MDLV ocasionaria probablemente que esa sea confusa o malinterpretada; en ese sentido, remiten el Proyecto de Ordenanza que establece el MORDAZA MORDAZA Legal del Regimen Tributario y las Tasas de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente a los periodos 2002, 2003 y 2004, a efecto de que sea debatido y aprobado por el Pleno del Concejo Municipal; Que, con el Dictamen Conjunto de VISTOS los Regidores Miembros de las Comisiones Permanentes de Rentas y de Planificacion, Presupuesto y Estadistica, en atencion a los argumentos expuestos por los Directores que suscriben el Oficio precitado y habiendo analizado que la aplicacion de los criterios de distribucion y determinacion de los arbitrios Municipales se encuentran conformes a los propuestos por el Pleno Jurisdiccional del Tribunal Constitucional, recomiendan al MORDAZA Concejo Municipal la aprobacion del Proyecto de Ordenanza propuesto; Que, por lo MORDAZA expuesto y de conformidad con lo establecido en el Articulo 9º Inc. 8) y Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo, por Unanimidad y con la Dispensa del tramite de lectura y Aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA ESTABLECEN EL MORDAZA MORDAZA LEGAL DEL REGIMEN TRIBUTARIO Y LAS TASAS DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO CORRESPONDIENTE A LOS EJERCICIOS 2002, 2003 Y 2004 Articulo 1º.- OBJETO Y FINALIDAD La presente Ordenanza tiene por objeto establecer el MORDAZA MORDAZA Legal del Regimen Tributario y las Tasas de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo en la jurisdiccion de La MORDAZA correspondiente a los ejercicios 2002, 2003 y 2004, a efectos de posibilitar la cobranza de las deudas impagas correspondientes a dichos periodos, redistribuyendo el costo que demandaron los servicios publicos locales en concordancia con los criterios establecidos por el Tribunal Constitucional mediante las Sentencias Nº 0041-2004-AI/TC y 00053-2004-PI/ TC. Articulo 2º.- ALCANCE Y AMBITO DE APLICACION La presente ordenanza es de alcance de todos los contribuyentes del distrito de La MORDAZA que tengan deuda

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