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De conformidad con la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de aprobación de Actas, el Concejo Municipal aprobó porunanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ALTAS, BAJAS Y ENAJENACIONES Artículo Primero.- Modifíquese el artículo 3º del Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones, aprobadopor Ordenanza Nº 319-MSB, de acuerdo al textosiguiente: "Artículo 3º.- CONFORMACIÓN El Comité de Altas, Bajas y Enajenaciones de la Municipalidad de San Borja, estará integrado por los siguientes miembros, designados nominalmente por Resolución de Alcaldía: - El Gerente de Administración y Finanzas o quien haga sus veces, quien lo presidirá. - El Gerente de Asesoría Jurídica o quien haga sus veces. - El Jefe de Logística, o quien haga sus veces, quien actuará como Secretario." Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación enel Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando, se registre, comunique, publique y cumpla. MARÍA DEL ROSARIO BAZALAR H. Teniente AlcaldesaEncargada de la Alcaldía 21447 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G54/G61/G73/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61 /G42/GE1/G73/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G65/G6E/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G79/G20/G65/G6C/G20/G54/G55/G50/G41/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 361-MSB San Borja, 12 de diciembre de 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN BORJAPOR CUANTO: Visto, en la XXVII-2005 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 12.12.2005, el Dictamen Nº 038-2005-MSB-CER y Dictamen Nº 076-2005-MSB-CAL, de la Comisiónde Economía y Rentas y Comisión de Asuntos Legales, respectivamente. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificadopor la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, concordado con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, losgobiernos locales gozan de autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia; la cual radica en la facultad de ejerceractos de gobierno, administrativos y de administración; Que, las municipalidades ejercen su función normativa, entre otros, vía Ordenanza, la cual deconformidad a lo establecido en el inciso 4) del Artículo200º de la Constitución Política del Perú, tiene rango deLey; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, indica que las Ordenanzas Municipales son las normas de carácter general y demayor jerarquía por las cuales se aprueba la organizacióninterna, la regulación, administración y supervisión delos servicios públicos y las materias en que laMunicipalidad tiene competencia normativa; Que, el Decreto Supremo Nº 074-2005-PCM publicado el 29 de setiembre de 2005 modifica, entreotros, la tasa por concepto de Inspección Técnica deSeguridad en Defensa Civil establecida en el Reglamentode Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil;lo cual hace necesario modificar, en base a dicha normativa, el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San Borja; De conformidad con la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite deaprobación de actas, el Concejo Municipal aprobó porunanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Y EL CUADRO DE TASAS Y DERECHOS PARA INSPECCIÓN TÉCNICA BÁSICA DE SEGURIDAD EN DEFENSA CIVIL Artículo Primero.- Modifíquese la tasa por Inspección Técnica Básica de Seguridad en Defensa Civil, según elárea construida en metros cuadrados del inmueble ainspeccionar; de acuerdo al siguiente cuadro: M2 Tasa Hasta 120 m2 1.5% UIT De 121 a 300 m2 5.5% UIT De 301 a 500 m2 10.5% UIT Artículo Segundo.- Modifíquese el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad,respecto al trámite de expedición de constancias ocertificados de defensa civil, de acuerdo al anexo queforma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto .- Deróguese todo dispositivo que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MARÍA DEL ROSARIO BAZALAR H. Teniente Alcaldesa Encargada de la Alcaldía