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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (19/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 29

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G36/G37/G31/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 19 de diciembre de 2005 VISTO: El Memorándum Nº 246-2005-GD/ONP de fecha 10 de noviembre de 2005 y el Memorándum Nº 264-2005- GD/ONP de fecha 24 de noviembre de 2005, emitidospor la Gerencia de Desarrollo de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), mediante los cuales se sustenta y se solicita la exoneración de los procesosde selección correspondientes para la adquisición del programa de licenciamiento de Software Microsoft y para la contratación del servicio de soporte integral de SoftwareMicrosoft; CONSIDERANDO:Que, el inciso e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM, en adelante la Ley, establece que las adquisiciones y contrataciones de bienes o serviciosque no admiten sustitutos y existe proveedor único, se encuentran exoneradas de los procesos de selección; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20º de la Ley, todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del artículo 19º, se aprobarán mediante Resolución del Titular de la Entidad, la mismaque requiere de un informe técnico - legal previo; Que, asimismo, la disposición acotada en el considerando precedente, señala que dicha Resolucióndeberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos a que se refiere el inciso d) del artículo 19º de la Ley, remitiéndose copia de la misma ydel informe técnico - legal que la sustenta a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado bajoresponsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Que, el artículo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en adelante el Reglamento de la Ley, dispone que en caso no existanbienes o servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el mercado nacional, la Entidad podrá contratardirectamente. Dicha norma precisa que se entenderá que existe proveedor único en los casos que por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos,tales como patentes y derechos de autor, se haya establecido la exclusividad del proveedor; Que, mediante los Memorándums Nº 246-2005-GD/ ONP de fecha 10 de noviembre de 2005 y Nº 264-2005- GD/ONP de fecha 24 de noviembre de 2005, la Gerencia de Desarrollo de la ONP justifica la necesidad de adquirirel programa de licenciamiento de Software Microsoft y contratar el servicio de soporte integral de Software Microsoft, los mismos que son proveídos solamente porlas empresas MSLI Latam Inc. y Microsoft Perú S. R. L., respectivamente, únicos proveedores autorizado por Microsoft Corporation, para licenciar y ofrecer losservicios de productos Microsoft en el Perú, por lo que procedería la exoneración de los procesos de selección correspondientes para su adquisición y contratación alconfigurarse la causal de exoneración referente a un bien y un servicio que no admiten sustitutos y existe proveedor único para cada caso; Que, en los mencionados documentos se menciona que mediante Resolución de Gerencia General Nº 070- 2003-GG/ONP de fecha 8 de julio de 2003, se aprobó laDirectiva Nº 007-2003-GG/ONP, referente a “Estándar de Software”, con el propósito de establecer el estándar del software institucional que permita la correctaadministración y uso, una adecuada interconexión y optimización de los procesos de la ONP, estableciéndose en los puntos 4.1.3 y 4.2.4 que el software de ofimática,el software de sistema operativo (estaciones de trabajo y servidores) y utilitarios de equipos de cómputo personal deben ser de productos Microsoft. Que, adjunto al Memorándum Nº 264-2005-GD/ONP, se acompañan las constancias de exclusividad del programa de licenciamiento de Software Microsoft y parala contratación del servicio de soporte integral de Software Microsoft a cargo de las empresas MSLI Latam Inc. y Microsoft Perú S. R. L., respectivamente;Que, teniendo en cuenta las consideraciones técnicas expuestas en los Memorándums Nº 246-2005-GD/ONP yNº 264-2005-GD/ONP de la Gerencia de Desarrollo quejustifican la procedencia y necesidad de las exoneracionespara adquirir el programa de licenciamiento de SoftwareMicrosoft y contratar el servicio de soporte integral de Software Microsoft, por encontrarse dentro del presupuesto normado en el inciso e) del artículo 19° de la Ley, por tratarsede un bien y un servicio que no admiten sustitutos y existeproveedor único para cada caso, resulta procedenteautorizar la contratación directa de las referidasprestaciones, exonerándolas de los correspondientes procesos de selección, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20º de la norma acotada y según elprocedimiento que determinan los artículos 146º, 147º y148º de su Reglamento; Que, mediante el Informe Legal Nº 198-2005-GL.AL- 24/ONP de fecha 18 de noviembre de 2005, la Gerencia Legal considera que resulta procedente la exoneración de los procesos de selección correspondientes paraadquirir el programa de licenciamiento de SoftwareMicrosoft y contratar el servicio de soporte integral deSoftware Microsoft, en virtud de que éstos se encuentranenmarcados dentro del presupuesto establecido en el inciso e) del artículo 19º de la Ley; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, su Reglamento, aprobado mediante DecretoSupremo Nº 084-2004-PCM, la Directiva Nº 011-2001- CONSUCODE/PRE, aprobada mediante la Resolución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE y en uso de lasfacultades conferidas mediante el numeral 4 del artículo5º de la Ley Nº 28532 y en mérito a la designaciónefectuada por la Resolución Suprema Nº 018-2004-EF; SE RESUELVE : Artículo Primero.- Autorizar la exoneración de los proceso de Licitación Pública y Adjudicación DirectaPública, para la adquisición del programa de licenciamientode Software Microsoft y para la contratación del servicio de soporte integral de Software Microsoft, al haberse configurado la causal a que se refiere el inciso e) delartículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado porDecreto Supremo Nº 083-2004-PCM, por los fundamentosexpuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Administración a adquirir el programa de licenciamientode Software Microsoft a través de la empresa MSLI LatamInc. y contratar el servicio de soporte integral de SoftwareMicrosoft a través de la empresa Microsoft Perú S. R. L., por un plazo un (1) año y con los valores referenciales de US$ 210,338.00 (Doscientos Diez Mil TrescientosTreinta y Ocho y 00/100 Dólares Americanos) yUS$ 47,600.00 (Cuarenta y Siete Mil Seiscientos y00/100 Dólares Americanos), respectivamente. El egresoque irrogue las contrataciones objeto de la presente exoneración se afectará a la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Administración remita copia de la presente Resolución yde los informes que sustentan la presente exoneración, ala Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fechade su aprobación, conforme a lo dispuesto por el artículo20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución Jefatural deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles de su emisión y publicarseadicionalmente en el SEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese, JAVIER BERNARDO PENNY PESTANA Jefe 21376