Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2005 (19/12/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

Pag. 306712

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 19 de diciembre de 2005 : : : : : MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 8517 del 1-8-2005 H.T. Nº 48406 del 16-9-2005 Predios de MORDAZA Rectificacion de errores registrales

SUNARP
Designan representante del Colegio de Abogados de MORDAZA ante el Consejo Consultivo de la Oficina Registral de MORDAZA
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 061-2005-SUNARP/SA MORDAZA, 14 de diciembre de 2005 VISTO, el Oficio Nº 535-2005-Z.R. N°VII/JEF de fecha 30 de setiembre de 2005, remitido por el Jefe de la MORDAZA Registral Nº VII - Sede Huaraz; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26366 se creo la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP como un organismo descentralizado MORDAZA y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Publicos; Que, es politica de la SUNARP fomentar la participacion de la sociedad civil, a fin de contar con mayores MORDAZA de opinion y dialogo que coadyuven a optimizar el cumplimiento de los fines institucionales de esta entidad, dentro de una politica de apertura y promocion de la participacion ciudadana; Que, a traves de la Resolucion Nº 014-2005-SUNARP/ SA de fecha 14 de febrero de 2005 se designo a los miembros del Consejo Consultivo de la Oficina Registral de MORDAZA, para el periodo 2005 - 2006; Que, mediante el documento del visto, el senor abogado MORDAZA Adrico MORDAZA Ponte senalo que habiendo sido designado como Jefe de la MORDAZA Registral Nº VII - Sede MORDAZA renunciaba al cargo de miembro del Consejo Consultivo de la Oficina Registral de Huaraz; en tal sentido, propuso la designacion del senor abogado MORDAZA MORDAZA La MORDAZA MORDAZA MORDAZA como representante del Colegio de Abogados de MORDAZA, en dicho cargo; Que, este Despacho coincide con la propuesta formulada por el Jefe de la MORDAZA Registral Nº VII - Sede Huaraz; En ejercicio de las facultades delegadas por Resolucion Nº 407-2004-SUNARP/SN y estando a lo dispuesto por el literal l) del articulo 13º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 1352002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida la designacion del senor abogado MORDAZA Adrico MORDAZA Ponte, como miembro del Consejo Consultivo de la Oficina Registral de MORDAZA, dandosele las MORDAZA por las actividades realizadas durante su designacion. Articulo Segundo.- Designar al senor abogado MORDAZA MORDAZA La MORDAZA MORDAZA MORDAZA como representante del Colegio de Abogados de MORDAZA ante el Consejo Consultivo de la Oficina Registral de Huaraz. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto 21330

APELANTE TITULO RECURSO REGISTRO ACTO SUMILLA

RECTIFICACION DE ERROR DE CALCULO ARITMETICO Procede rectificar las inexactitudes registrales de los datos de un predio, originados en un error de calculo aritmetico, siempre que ello conste en los certificados catastrales emitidos por las entidades publicas competentes, cuya informacion debera ser procesada por la oficina de catastro de la oficina registral respectiva para su conformidad. I. ACTO CUYA INSCRIPCION SE SOLICITA Y DOCUMENTACION PRESENTADA Mediante titulo venido en grado de apelacion se solicita la rectificacion del asiento b-2 de la ficha Nº 22862 que continua en la partida electronica Nº 02017579 del Registro de Predios de Huancayo, referido a la descripcion del inmueble a fin de que rectifique las medidas perimetricas del mismo. Con tal finalidad, adjunta Certificado Catastral Nº 059-05-MPHCO-GDUOP/SUAT (original) y Plano de Ubicacion y Localizacion autenticado por el Verificador MORDAZA Valdivieso MORDAZA del Registro Publico. II. DECISION IMPUGNADA El Registrador Publico del Registro de Predios de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, observo el titulo en los siguientes terminos: "Verificado el antecedente Registral, en MORDAZA no existe ningun acto registral de subdivision que pudo haber originado la independizacion del sublote cuya anotacion marginal corre inscrito en el asiento B-3 de la ficha Nº 22862 del Registro de Predios. Tan solo existio una escritura de division y particion y adjudicacion, no siendo suficiente dicho acto para haber originado ninguna independizacion. En consecuencia el registrador no incurrio en error material alguno por no haberse realizado acto previo de subdivision no se pudo determinar linderos y medidas perimetricas. En consecuencia, se procede a la tacha del titulo presentado previa verificacion, ordenando la devolucion de los documentos quedando en archivo lo que corresponde. MORDAZA Legal: Art. 42 del R.G.R.P. Nota: Se recomienda tramitar la subdivision de tierras en vias de regularizacion o la determinacion de linderos y medidas perimetricas via judicial o conforme a la Ley Nº 27333." III. FUNDAMENTOS DE LA APELACION El apelante ampara su recurso en los siguientes fundamentos: Sostiene que resulta procedente la correccion de error de concepto sin requerirse MORDAZA titulo ni resolucion judicial. Tal como lo ha senalado en reiterada jurisprudencia el Tribunal Registral, pues la correccion solicitada no versa sobre un error material. En tal sentido, el apelante ha senalado que se deben seguir los citerior senalados en las Resoluciones Nºs. 175-98-ORLC/TR, 189-99-ORLC/TR, 290-99-ORLC/TR y 353-2001-ORLC/ TR. Senala que no es necesario la inscripcion de la subdivision en via regularizacion, pues la indicada independizacion se halla legitimada, pues en merito a la desmembracion efectuada se han originado dos unidades inmobiliarias, invocando para tal efecto, los principios registrales de legitimacion y especialidad consagrados en los articulos 2013º del Codigo Civil y IV del Titulo Preliminar del Reglamento General de los Registros Publicos.

Revocan tacha y declaran que por defecto subsanable no puede acceder a Registro titulo en que se solicita la rectificacion de asiento registral
TRIBUNAL REGISTRAL RESOLUCION Nº 636-2005-SUNARP-TR-L MORDAZA, 8 de noviembre de 2005

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.