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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G36/G37/G31/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 19 de diciembre de 2005 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G31/G33/G31/G2D/G4D/G53/G49/G20/G71/G75/G65 /G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G20/G74/G61/G73/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G73/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F /G76/G65/G68/G69/G63/G75/G6C/G61/G72/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E /G49/G73/G69/G64/G72/G6F ACUERDO DE CONCEJO Nº 380 Lima, 13 de diciembre de 2005 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13 de diciembre del año en curso, el Oficio Nº 001-090- 00002913 del Servicio de Administración Tributaria -SAT,adjuntando el expediente de Ratificación de la Ordenanza Nº 131-MSI que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en el distrito de San Isidro. CONSIDERANDO: Que, los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimirtributos; y en el mismo sentido norma el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27927, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por lasMunicipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, reguló el procedimiento para la ratificaciòn de Ordenanzastributarias de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima. Que, en aplicaciòn de la normatividad vigente y la Ordenanza Nº 739 de la Municipalidad Metropolitana de Lima que aprobó la Ordenanza Marco de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en la provincia deLima, la Municipalidad Distrital recurrente, aprobó la Ordenanza, objeto de la ratificaciòn, remitiéndola con tal fin, conjuntamente con la información y/o documentaciónsustentatoria respectiva. De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las las Ordenanzas Nºs. 607, 727, 739 y ylas opiniones del Servicio de Administración Tributaria- SAT y de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organización en su Dictamen Nº 231-2005-MML/CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el Portal electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima(www.munlima.gob.pe). ACORDÓ:Artículo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 131- MSI que establece la tasa por estacionamiento vehiculartemporal en la circunscripcion del distrito de San Isidro. Artículo Segundo.- Precisar que el presente Acuerdo ratificatorio entrará en vigencia luego de su publicación,por lo que su aplicación antes de la citada condición es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios del distrito. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de LimaEncargado de la Alcadía 21436MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G53/G69/G6D/G70/G6C/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F /G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G6F/G62/G74/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G41/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F ORDENANZA Nº 240-MDMM Magdalena del Mar, 9 de diciembre del 2005EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada porla Ley Nº 27680, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades son órganos degobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la autonomía política comprende la facultad de las municipalidades de aprobar y expedir sus normas y desarrollar las funciones que le son inherentes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Bases de laDescentralización; Que, es función específica exclusiva de los municipios distritales, conforme a lo prescrito por elartículo 79º, numeral 3.6.4 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, entre otras, normar y regular la apertura de establecimientos, comerciales,industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificación; En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, y con dispensa del trámite y lectura delacta, la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- OBJETO Y ALCANCES La presente Ordenanza establece el procedimiento simplificado para la obtención de la Licencia Municipal de Apertura de Establecimiento en el distrito de Magdalena del Mar. Artículo Segundo.- OBLIGADOS Están obligados a obtener Licencia Municipal de Apertura de Establecimiento, con anterioridad a laapertura de locales en los que se desarrollen actividades de comercio, industriales, de servicios y/o profesionales en el ámbito del distrito de Magdalena del Mar, laspersonas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeros, incluyendo empresas o entidades del estado que desarrollen actividades con o sin fines de lucro. Artículo Tercero.- REQUISITOS GENERALES PARA TRAMITAR LA LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO Para iniciar el trámite de Licencia de Apertura de Establecimiento para locales que no requieran una inspección técnica de detalle de seguridad en defensacivil y no posean un área total mayor a 100 m2, el solicitante deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) Presentar la “Solicitud-Declaración Jurada de Licencia de Apertura de Establecimiento” debidamente llenada en el formato que gratuitamente proporcionará laMunicipalidad, el cual también podrá ser descargado del portal electrónico http://www.munimagdalena.gob.pe b) Adjuntar copia de su documento de identidad o del representante. c) Adjuntar poder vigente y documento de identidad del representante legal, en caso de personas jurídicas.