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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (28/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 67

PÆg. 307477 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de diciembre de 2005 Regulan RØgimen Tributario de los Ar- bitrios Municipales para el Ejercicio2006 ORDENANZA Nº 358-MSB San Borja, 26 de octubre de 2005 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA POR CUANTO:Visto, en la XXIV-2004 Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 035-2005-MSB-CER y DictamenNº 072-2005-MSB-CAL, de la Comisión de Economía y Rentas y Comisión de Asuntos Legales, respectivamente. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido por el numeral 4 del artículo 195º y por el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones y tasas, o exoneran de és-tas, dentro de su jurisdicción y dentro de los límites que señala la Ley. Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades, Ley Nº 27972, en concordancia con la Cuarta Norma del Titulo Preliminar del TUO del Código Tributa- rio, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF,señala que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, de- rechos y contribuciones, dentro de los límites estableci-dos por Ley. Las Ordenanzas en materia tributaria expe- didas por las municipalidades distritales deben ser ratifi- cadas por la municipalidad provincial de su circunscrip-ción para su vigencia. Que, el inciso a) del artículo 68º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Tributación Municipal, aprobada por elDecreto Supremo Nº 156-2004-EF y la Segunda Norma del TUO del Código Tributario, establece que los arbitrios son tasas que se pagan por la prestación o mantenimien-to de un servicio público individualizado en el contribu- yente. Que, el artículo 69º de la norma precitada establece que la determinación del costo efectivo del servicio a pres- tar deberá sujetarse a los criterios de racionalidad que per- mitan determinar el cobro exigido por el servicio prestadobasado en el costo que demanda el servicio y su manteni- miento, así como el beneficio individual prestado de mane- ra real y/o potencial, y que para la distribución entre loscontribuyentes de una municipalidad se deberá utilizar de manera vinculada y dependiendo del servicio público invo- lucrado, entre otros criterios que resulten válidos para ladistribución: el uso, el tamaño y la ubicación del predio del contribuyente. Que, por otro lado, resulta necesario precisar que los criterios considerados en la presente Ordenanza para la distribución de los servicios públicos que presta la Munici- palidad de San Borja a los vecinos, son los lineamientosestablecidos por la Comisión de Acceso al Mercado del INDECOPI, así como los criterios aprobados mediante la Ley de Tributación Municipal y lo dispuesto en las senten-cias emitidas por el Tribunal Constitucional en los Expe- dientes Nº 0041-2004-Al/TC y 0053-2004-PI/TC publica- das el 14 de marzo y 17 de agosto del 2005, respectiva-mente, mediante las cuales se pronuncian declarando in- constitucionales las Ordenanzas de Arbitrios de los años 1997 al 2004 emitidas por la Municipalidad de Santiago deSurco y Miraflores, siendo los criterios de distribución adop- tados de carácter vinculante para todas la Municipalida- des. Que, asimismo, en aplicación de los criterios estableci- dos por el Tribunal Constitucional, se procede a aprobar los montos de las tasas que se aplicarán para el cobro delos servicios para el año 2006, los mismos que regirán desde el día siguiente a la publicación del Acuerdo de Con- cejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que ratifi-que la presente Ordenanza. Que, siendo potestad de la Administración Tributaria la regulación de sus beneficios tributarios, le correspon-de regular sus exoneraciones a través de la presente Ordenanza al amparo de la Norma IV del Titulo Prelimi- nar del TUO del Código Tributario. Siendo asimismo losarbitrios tasas que se cobran por la prestación de un servicio público, los menores ingresos producto de la exo- neración que se otorga deberán ser cubiertos por la Mu- nicipalidad, a fin de no cobrar a otros contribuyentesmontos mayores a los que racional y técnicamente les correspondería pagar. De conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del artículo 9 y por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de lec- tura y aprobación del acta, el Concejo Municipal, por ma-yoría, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS PARA EL EJERCICIO 2006 Artículo 1º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente Ordenanza regula la determinación y aplicación de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parquesy Jardines y Seguridad Ciudadana del año 2006, por la prestación de los servicios públicos locales que se dan en forma general en la jurisdicción del Distrito de SanBorja. Artículo 2º.- CONTRIBUYENTES Están obligados al pago de los arbitrios municipales, en calidad de contribuyentes, los propietarios de los pre- dios cuando los habiten, desarrollen actividades en ellos,se encuentren desocupados, o cuando un tercero use el predio bajo cualquier título o sin él. Excepcionalmente, cuando no sea posible identificar al propietario, adquirirá la calidad de responsable por el pago del tributo, el poseedor del predio. Tratándose de predios en los cuales el propietario del terreno es distinto al propietario de la construcción, se con- siderará como contribuyente, por la totalidad del predio, al propietario de la construcción. En los predios de propiedad del Estado Peruano que hayan sido afectados en uso a diferentes personas na- turales o jurídicas, se consideran contribuyentes paraefectos del pago de los arbitrios a los ocupantes de los mismos. Artículo 3º.- CONDICIÓN DE CONTRIBUYENTE La condición de contribuyente se adquiere el primer día calendario del trimestre al que corresponda la obligacióntributaria. Cuando se efectúe cualquier transferencia la obliga- ción tributaria para el nuevo propietario nacerá en el tri-mestre siguiente al que se adquirió la condición de pro- pietario. Artículo 4º.- DEFINICIONES a. PREDIO Entiéndase por predio, para efecto de la aplicación de la presente Ordenanza, a toda vivienda o unidad habita- cional, local oficina o terreno, dentro de la jurisdicción deSan Borja. Para los casos señalados en el segundo y tercer párra- fo del artículo 2º de la presente Ordenanza, entiéndase porpredio a la combinación del área terreno y el área de cons- trucción. No tendrán la calidad de predio, para efectos del cálcu- lo de los arbitrios, aquellas unidades que forman parte ac- cesoria a la unidad inmobiliaria tales como los estaciona- mientos, azoteas, aires, depósitos o tendales. Se declararán como predios independientes a los es- pacios destinados a un uso diferente como comercio o ser- vicios. b. ARBITRIO DE LIMPIEZA PÚBLICA El arbitrio de Limpieza Pública comprende el servicio de barrido de calles, recolección domiciliaria ordinaria y selectiva de residuos sólidos y escombros urbanos; trans- porte, transferencia y disposición final de los desechossólidos urbanos provenientes de los predios y de las áreas de dominio público. c. ARBITRIO DE PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS El arbitrio de Parques y Jardines Públicos, comprende los servicios de implementación, recuperación, manteni-miento y mejoras de Parques y Jardines de uso público, recolección de maleza de origen domiciliario y público, transporte y disposición final.