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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (29/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 97

PÆg. 307615 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de diciembre de 2005 Paulino, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- Aprobar la suscripción del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre la Universidad Nacional de Ingeniería y la MunicipalidadDistrital de San Martín de Porres, con el objeto de coordinar esfuerzos y derivar recursos técnicos y presupuestales para la cooperación técnica en materiade estudios, elaboración, ejecución, evaluación y presentación de servicios de Ingeniería y arquitectura, el mismo que forma parte del presente Acuerdo por unperíodo de un (1) año a partir de la fecha de la suscripción. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, las Gerencias de Planeamiento y Presupuestoy de Desarrollo Urbano la implementación y cumplimiento del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JESÚS ÁLVARO VELIZ DUARTE Alcalde 21998 ACUERDO DE CONCEJO Nº 080-2005 San Martín de Porres, 15 de diciembre del 2005 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorándum Nº 1041-2005-GDU/MDSMP de la Gerencia de Desarrollo Urbano, quien solicita aprobar la suscripción del Convenio Específico de CooperaciónInterinstitucional entre la Universidad Nacional de Ingeniería y la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, para la construcción de sardineles, veredas yrampas para discapacitados en la Av. Perú; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 28607, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, definen a lasMunicipalidades como órganos de gobierno, con personería jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos desu competencia; Que, el Artículo 9º inciso 26) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que es atribucióndel Concejo Municipal, aprobar la celebración de Convenios Interinstitucionales; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 062-2005- MDSMP del 15/10/05 se aprueba la modificación del Presupuesto Institucional para la ejecución de obras del Segundo Semestre 2006, habiéndose aprobado loscorrespondientes expedientes técnicos; Que. mediante Resolución Gerencial Nº 263-2005- GDU/MDSMP de la Gerencia de Desarrollo Urbano seaprobo el expediente técnico correspondiente a la obra Construcción de Sardineles, veredas y rampas para discapacitados en la Av. Perú; Que, mediante Informe Nº 824-2005/DOPP/GDU/ MDSMP del 09/12/05, la División de Obras Públicas y Privadas indica que solicitada la Universidad Nacionalde Ingeniería para que presente sus propuesta respecto al Proyecto de Obra “Construcción de Sardineles, Veredas y Rampas para Discapacitados en la Av. Perú”,dicha entidad ha elaborado su propuesta técnica económica mediante Oficio Nº 3327-05/OCD/OCI-UNI del 07/12/05; que es ventajosa para la Municipalidad, porlo que la Gerencia de Desarrollo Urbano propone la suscripción de un Convenio Específico para ejecutar dicha obra; Que, el Artículo 11º de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005 Nº 28427, regula los montos para la determinación de los Procesos deSelección, estableciendo en su numeral 11.4 que las Entidades del Sector Público pueden contratar entre ellos mismos, a través de convenios marco de cooperacióninterinstitucional u otro tipo de convenios y contratos, laelaboración, supervisión y evaluación de proyectos, así como la prestación de cualquier servicio compatible consu finalidad, sin el requisito de Concurso Público o Adjudicación Directa, siempre que la entidad a ser contratado no desarrolle actividad empresarial habitualsalvo que esté autorizada por ley conforme al Artículo 60º de la Constitución; Que, el Artículo 139º del Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiones del Estado, establece “Las condiciones por los cuales procede la contratación entre Entidades delEstado: i) Que, la adquisición o contratación resulta más favorable y ventajosa en comparación con los precios del mercado, siempre y cuando ello no sea el resultadodel uso o aprovechamiento, por parte de la entidad proveedora de ventajas o prerrogativas derivados de su condición de Entidad del Estado que supongan colocaren situación de desventaja a los otros proveedores de los mismos bienes, servicios y obras; ii) Que, en razón de costos de oportunidad, resulta más eficiente adquiriry contratar con otra Entidad; y iii) Que, la adquisición resulta técnica, idónea y viable”; Que, el Artículo 148º del acotado Reglamento, establece que “La Entidad efectuará las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor,cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podrá ser obtenida, por cualquier medio decomunicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico. La exoneración se circunscribe a la omisión del proceso de selección; por lo que los contratos quese celebren como consecuencia de aquella deberán cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías que se aplicaríande haberse llevado a cabo el proceso de selección correspondiente. La adquisición o contratación del bien, servicio u obra objeto de la exoneración, será realizadapor la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el órgano designado para el efecto”; Que, en el inciso c) del Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que todas las exoneraciones se aprueban por Acuerdo de Concejo Municipal en el caso de Gobiernos Locales, facultad que es indelegable, yseran públicados en el Diario Oficial El Peruano, debiéndose remitir copia del informe y el Acuerdo a la Contraloría General de la República y al Consejo Superiorde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez días hábiles siguientes de su aprobación; Estando al Informe Nº 1779-2005-GAJ/MDSMP, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal presidido por elseñor Alcalde Jesús Álvaro Veliz Duarte, y con el voto de la mayoría de los señores Regidores Luís Caballero Sabino, Pedro Carlos Casanova Saavedra, JohnnyAlberto Ruiz Ruiz, Hilda Ofelia Ferrer Ramírez, María Zulema Crisóstomo Castañeda, Roger Hernán Paz Puelles, Carlos Alcedo De La Cruz Martínez, María EllaCastañeda Abanto, María Guadalupe García Barrionuevo, Carlos Alberto Castillo Vidalón, Carlos Enrique Calderón Carvajal, Gloria Luz Santillán Rios y laabstención del señor Regidor Roberto Asunción Castillo Paulino, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- APROBAR la suscripción del Convenio Especifico de Cooperación Interinstitucional entre la Universidad Nacional de Ingeniería y laMunicipalidad Distrital de San Martín de Porres para la construcción de sardineles, veredas y rampas para discapacitados en la Av. Perú, el mismo que forma partedel presente Acuerdo; cuyo presupuesto asciende a la suma de S/. 133,543.36, de acuerdo a las partidas del Expediente Técnico aprobado por la Municipalidad. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, las Gerencias de Planeamiento y Presupuesto y Administración y Finanzas, de Desarrollo Urbano la