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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (29/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 98

PÆg. 307616 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de diciembre de 2005 implementación y cumplimiento del presente Acuerdo. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación en el Diario Oficial El Peruano, del presente Acuerdo y el Informe Técnico Legal, así como remitir copia del informe Técnico Legal y del Acuerdo a laContraloría General de la República y al Concejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez días hábiles siguientes de su aprobación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JESÚS ÁLVARO VELIZ DUARTE Alcalde 21999 ACUERDO DE CONCEJO Nº 081-2005 San Martín de Porres, 15 de diciembre del 2005 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorándum Nº 1041-2005-GDU/MDSMP de la Gerencia de Desarrollo Urbano, quien solicita aprobar lasuscripción del Convenio Especifico de Cooperación Interinstitucional entre la Universidad Nacional de Ingeniería y la Municipalidad Distrital de San Martín dePorres, para la Construcción del sistema de riego de la Av. Próceres; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28607, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, definen a las Municipalidades como órganos de gobierno, con personería jurídica de derecho público, con autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 9º inciso 26) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que es atribución del Concejo Municipal, aprobar la celebración de Convenios Interinstitucionales; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 062-2005- MDSMP del 15/10/05 se aprueba la modificación del Presupuesto Institucional para la ejecución de obras delSegundo Semestre 2006, habiéndose aprobado los correspondientes expedientes técnicos; Que. mediante Resolución Gerencial Nº 288-2005- GDU/MDSMP de la Gerencia de Desarrollo Urbano se aprobo el expediente técnico correspondiente a la obra “Construcción del sistema de riego de la Av. Próceres”; Que, mediante Informe Nº 824-2005/DOPP/GDU/ MDSMP del 09/12/05, la División de Obras Públicas y Privadas indica que solicitada la Universidad Nacionalde Ingeniería para que presente sus propuesta respecto al Proyecto de Obra “Construcción del sistema de riego de la Av. Proceres”, dicha entidad ha elaborado supropuesta técnica económica mediante Oficio Nº 3327- 05/OCD/OCI-UNI del 07/12/05; que es ventajosa para la Municipalidad, por lo que la Gerencia de DesarrolloUrbano propone la suscripción de un Convenio Específico para ejecutar dicha obra; Que, el Artículo 11º de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005 Nº 28427, regula los montos para la determinación de los Procesos de Selección, estableciendo en su numeral 11.4 que lasEntidades del Sector Público pueden contratar entre ellos mismos, a través de convenios marco de cooperación interinstitucional u otro tipo de convenios y contratos, laelaboración, supervisión y evaluación de proyectos, así como la prestación de cualquier servicio compatible con su finalidad, sin el requisito de Concurso Público oAdjudicación Directa, siempre que la entidad a ser contratado no desarrolle actividad empresarial habitual salvo que esté autorizada por ley conforme al Artículo60º de la Constitución; Que, el Artículo 139º del Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiones del Estado, establece “Las condiciones por los cuales procede la contratación entre Entidades del Estado: i) Que, la adquisición o contratación resulta másfavorable y ventajosa en comparación con los preciosdel mercado, siempre y cuando ello no sea el resultado del uso o aprovechamiento, por parte de la entidadproveedora de ventajas o prerrogativas derivados de su condición de Entidad del Estado que supongan colocar en situación de desventaja a los otros proveedores delos mismos bienes, servicios y obras; ii) Que, en razón de costos de oportunidad, resulta más eficiente adquirir y contratar con otra Entidad; y iii) Que, la adquisiciónresulta técnica, idónea y viable”; Que, el Artículos 148º del acotado Reglamento, establece que “La Entidad efectuará las adquisiciones ocontrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condicionesestablecidas en las Bases, la misma que podrá ser obtenida, por cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico. Laexoneración se circunscribe a la omisión del proceso de selección; por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberán cumplir con losrespectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías que se aplicarían de haberse llevado a cabo el proceso de selección correspondiente.La adquisición o contratación del bien, servicio u obra objeto de la exoneración, será realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de laEntidad o el órgano designado para el efecto”; Que, en el inciso c) del Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM, establece que todas las exoneraciones se aprueban por Acuerdo de Concejo Municipal en el casode Gobiernos Locales, facultad que es indelegable, y seran públicados en el Diario Oficial El Peruano, debiéndose remitir copia del informe y el Acuerdo a laContraloría General de la República y al Concejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez días hábiles siguientes de su aprobación; Estando al Informe Nº 1779-2005-GAJ/MDSMP, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica deMunicipalidades, el Concejo Municipal presidido por el señor Alcalde Jesús Álvaro Veliz Duarte, y con el voto de la mayoría de los señores Regidores Luís CaballeroSabino, Pedro Carlos Casanova Saavedra, Johnny Alberto Ruiz Ruiz, Hilda Ofelia Ferrer Ramírez, María Zulema Crisóstomo Castañeda, Roger Hernán PazPuelles, Carlos Alcedo De La Cruz Martínez, María Ella Castañeda Abanto, María Guadalupe García Barrionuevo, Carlos Alberto Castillo Vidalón, CarlosEnrique Calderón Carvajal, Gloria Luz Santillán Rios y la abstención del señor Regidor Roberto Asunción Castillo Paulino, con dispensa del trámite de lectura y aprobacióndel acta, se aprobó el siguiente: ACUERDO:Artículo Primero.- APROBAR la suscripción del Convenio Especifico de Cooperación Interinstitucionalentre la Universidad Nacional de Ingeniería y la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres para la Construcción del sistema de riego de la Av. Próceres,cuyo presupuesto asciende a la suma de S/. 202,530.72, de acuerdo a las partidas del Expediente Técnico aprobado por la Municipalidad. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, las Gerencias de Planeamiento y Presupuesto y Administración y Finanzas, de Desarrollo Urbano laimplementación y cumplimiento del presente Acuerdo. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación en el Diario Oficial El Peruano, delpresente Acuerdo y el Informe Técnico Legal, así como remitir copia del informe Técnico Legal y del Acuerdo a la Contraloría General de la República y al Concejo Superiorde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez días hábiles siguientes de su aprobación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JESÚS ÁLVARO VELIZ DUARTE Alcalde 22000