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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 2005 (05/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 27

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G30/G30/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 5 de enero de 2005 Contrataciones y Adquisiciones del Estado, están exo- nerados de los procesos de Licitación Pública, ConcursoPúblico o Adjudicación Directa, según sea el caso, lasadquisiciones y contrataciones que se realicen cuandolos bienes o servicios no admiten sustitutos; Que, mediante Informe Técnico Nº 051-2004-UA- OGPPA-CNI, de fecha 6 de diciembre del 2004, la Uni-dad de Abastecimiento precisa que la Dirección de Tele-mática, Ciencia y Tecnología, mediante Hoja de Reco-mendación Nº 007-2004-DITECITE-CNI, ha manifestadoque el servicio de VIRAGE actualmente se encuentrainstalado y operando, sin embargo, dicha Dirección con-sidera necesario que se realicen las gestiones del casoa fin que se renueve el servicio de soporte técnico, elmismo que es prestado por la empresa VIRAGE Inc.,por tratarse de una aplicación de arquitectura cerrada; Que, en el Informe Técnico antes referido se señala que, mediante Memorándum Nº 635-2004-DITECITE-CNI, de fecha 11 de octubre del 2004, se ha establecidola necesidad de renovar el servicio de soporte técnicode VIRAGE en el Ítem correspondiente a VSS Productiony teniendo en cuenta que el servicio no admite sustitu-tos, resultaría conveniente exonerar tal contratación dela realización del proceso de selección que correspon-da, luego de tener la cotización respectiva; Que, considerando lo expuesto, la Unidad de Abasteci- miento concluye en la necesidad de contratar el serviciode soporte técnico del sistema de almacenamiento deinformación digital VIRAGE, por el período de doce (12)meses y que el mismo debe de realizarse a través deuna exoneración, por la causal de servicio que no admi-te sustitutos, considerando que el soporte técnico sóloes realizado por la empresa fabricante de los softwarede comunicación VIRAGE; Que, mediante Informe Nº 155-2004-DIAJU-CNI, de fecha 20 de diciembre del 2004, la Dirección de Aseso-ría Jurídica precisa que las condiciones del servicio desoporte técnico del sistema de almacenamiento de infor-mación digital VIRAGE, conforme han sido detalladas enel Informe Técnico emitido por la Unidad de Abasteci-miento, encuadran dentro la causal de exoneración es-tablecida en el inciso f) del artículo 19º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado; Que, mediante Memorándum Nº 193-2004-UPPTO- OGPPA-CNI, de fecha 25 de octubre del 2004, la Unidadde Presupuesto de la Oficina General de Planificación,Presupuesto y Administración, señala que existe disponi-bilidad de fondos, para la contratación del servicio desoporte técnico del sistema de almacenamiento de infor-mación digital VIRAGE hasta por un valor referencialascendente a S/. 60,000.00 (Sesenta mil y 00/100 Nue-vos Soles); Que, por los fundamentos expuestos resulta nece- sario la expedición de un acto resolutivo que disponga laexoneración de la realización de proceso de selecciónde Adjudicación Directa Selectiva, para la contratacióndel servicio de soporte técnico del sistema dealmacenamiento de información digital VIRAGE y queautorice a la Oficina General de Planificación, Presu-puesto y Administración a realizar la contratación a tra-vés de un proceso de adjudicación de menor cuantía; Estando al visto de la Oficina General de Planifica- ción, Presupuesto y Administración, de la Dirección deTelemática, Ciencia y Tecnología, de la Dirección deAsesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27479, Ley del Sistema de Inteligencia Nacional (SINA) y sumodificatoria Ley Nº 27589, Decreto Supremo Nº 093-2001-PCM, Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, De-creto Supremo Nº 013-2001-PCM, Decreto Supremo Nº012-2004-PCM, Decreto Supremo Nº 026-2004-PCM,Decreto Supremo Nº 048-2004-PCM, Decreto SupremoNº 061-2004-PCM y Resolución Suprema Nº 280-2004-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- EXONERAR, de la realización de pro- ceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva, lacontratación del servicio de soporte técnico del sistemade almacenamiento de información digital VIRAGE, por un valor referencial ascendente a S/. 60,000.00 (Sesen-ta mil y 00/100 Nuevos Soles), por un período de doce(12) meses, con cargo a la Fuente de FinanciamientoRecursos Ordinarios, Genérica 3 Bienes y Servicios,Específica 39 Otros Servicios de Terceros. Artículo 2º.- AUTORIZAR, que la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Administración del ConsejoNacional de Inteligencia, efectúe la contratación del ser-vicio de soporte técnico del sistema de almacenamientode información digital VIRAGE, mediante el proceso deadjudicación de menor cuantía, con la empresa VIRAGEInc., por tratarse de un servicio que no admite sustitu-tos. Artículo 3º.- DISPONER, que la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Administración, remita co-pia de la presente Resolución y de los Informes que lasustentan a la Contraloría General de la República, den-tro de los diez días calendario siguientes a la fecha de suaprobación. Artículo 4º.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de unplazo de diez (10) días hábiles, contados desde la fechade su emisión. Regístrese, comuníquese y publíqueseJULIO A. RAYGADA GARCÍA Presidente (e) 00027 ESSALUD /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65 /G73/G65/G67/G75/G72/G6F/G73/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G70/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G61/G6C/G65/G73 /G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 SEGURO SOCIAL DE SALUD RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 1073-PE-ESSALUD-2004 Lima, 23 de diciembre del 2004 VISTOS:Las Cartas Nºs. 884 y 952-GCSEG-GDA-ESSALUD- 2004 de la Gerencia Central de Seguros, el Informe Téc-nico que sustenta la necesidad de exonerar del procesode Concurso Público, la contratación del Programa deSeguros Patrimoniales y Personales, por un período deciento veinte (120) días y por un valor referencial dehasta US$ 817,173.08 (Ochocientos diecisiete mil cien-to setentitrés con 08/100 Dólares Americanos); y, la CartaNº 5906-OCAJ-ESSALUD-2004 de la Oficina Central deAsesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Socialde Salud - ESSALUD, la Entidad otorga cobertura a susasegurados y sus derechohabientes a través del otorga-miento de prestaciones de prevención, promoción, re-cuperación y rehabilitación, y prestaciones económicasy sociales, que corresponden al régimen contributivo dela Seguridad Social en Salud, así como de otros segurosde riesgos humanos; Que, con fecha 25 de agosto del 2003, ESSALUD suscribió con Rímac Internacional Compañía de Segu-ros y Reaseguros el Contrato de Prestación de Servi-cios, derivado de la Adjudicación Directa Selectiva Nº0399S00251, cuyo objeto es la prestación del serviciode un programa de seguros destinado a cubrir los ries-gos a que están expuestos el personal y el patrimonio deESSALUD, siendo su vigencia hasta el 18 de setiembredel 2004;