Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2005 (05/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, miercoles 5 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

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Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos; Que, mediante Informe Tecnico Nº 051-2004-UAOGPPA-CNI, de fecha 6 de diciembre del 2004, la Unidad de Abastecimiento precisa que la Direccion de Telematica, Ciencia y Tecnologia, mediante Hoja de Recomendacion Nº 007-2004-DITECITE-CNI, ha manifestado que el servicio de VIRAGE actualmente se encuentra instalado y operando, sin embargo, dicha Direccion considera necesario que se realicen las gestiones del caso a fin que se renueve el servicio de soporte tecnico, el mismo que es prestado por la empresa VIRAGE Inc., por tratarse de una aplicacion de arquitectura cerrada; Que, en el Informe Tecnico MORDAZA referido se senala que, mediante Memorandum Nº 635-2004-DITECITECNI, de fecha 11 de octubre del 2004, se ha establecido la necesidad de renovar el servicio de soporte tecnico de VIRAGE en el Item correspondiente a VSS Production y teniendo en cuenta que el servicio no admite sustitutos, resultaria conveniente exonerar tal contratacion de la realizacion del MORDAZA de seleccion que corresponda, luego de tener la cotizacion respectiva; Que, considerando lo expuesto, la Unidad de Abastecimiento concluye en la necesidad de contratar el servicio de soporte tecnico del sistema de almacenamiento de informacion digital VIRAGE, por el periodo de doce (12) meses y que el mismo debe de realizarse a traves de una exoneracion, por la causal de servicio que no admite sustitutos, considerando que el soporte tecnico solo es realizado por la empresa fabricante de los software de comunicacion VIRAGE; Que, mediante Informe Nº 155-2004-DIAJU-CNI, de fecha 20 de diciembre del 2004, la Direccion de Asesoria Juridica precisa que las condiciones del servicio de soporte tecnico del sistema de almacenamiento de informacion digital VIRAGE, conforme han sido detalladas en el Informe Tecnico emitido por la Unidad de Abastecimiento, encuadran dentro la causal de exoneracion establecida en el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante Memorandum Nº 193-2004-UPPTOOGPPA-CNI, de fecha 25 de octubre del 2004, la Unidad de Presupuesto de la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Administracion, senala que existe disponibilidad de fondos, para la contratacion del servicio de soporte tecnico del sistema de almacenamiento de informacion digital VIRAGE hasta por un valor referencial ascendente a S/. 60,000.00 (Sesenta mil y 00/100 Nuevos Soles); Que, por los fundamentos expuestos resulta necesario la expedicion de un acto resolutivo que disponga la exoneracion de la realizacion de MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva, para la contratacion del servicio de soporte tecnico del sistema de almacenamiento de informacion digital VIRAGE y que autorice a la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Administracion a realizar la contratacion a traves de un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia; Estando al visto de la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Administracion, de la Direccion de Telematica, Ciencia y Tecnologia, de la Direccion de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27479, Ley del Sistema de Inteligencia Nacional (SINA) y su modificatoria Ley Nº 27589, Decreto Supremo Nº 0932001-PCM, Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Decreto Supremo Nº 012-2004-PCM, Decreto Supremo Nº 026-2004-PCM, Decreto Supremo Nº 048-2004-PCM, Decreto Supremo Nº 061-2004-PCM y Resolucion Suprema Nº 280-2004PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- EXONERAR, de la realizacion de MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva, la contratacion del servicio de soporte tecnico del sistema

de almacenamiento de informacion digital VIRAGE, por un valor referencial ascendente a S/. 60,000.00 (Sesenta mil y 00/100 Nuevos Soles), por un periodo de doce (12) meses, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Generica 3 Bienes y Servicios, Especifica 39 Otros Servicios de Terceros. Articulo 2º.- AUTORIZAR, que la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Administracion del Consejo Nacional de Inteligencia, efectue la contratacion del servicio de soporte tecnico del sistema de almacenamiento de informacion digital VIRAGE, mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, con la empresa VIRAGE Inc., por tratarse de un servicio que no admite sustitutos. Articulo 3º.- DISPONER, que la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Administracion, remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los Informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 4º.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de un plazo de diez (10) dias habiles, contados desde la fecha de su emision. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA A. RAYGADA MORDAZA Presidente (e) 00027

ESSALUD
Autorizan contratacion de programa de seguros personales y patrimoniales mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
SEGURO SOCIAL DE SALUD RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 1073-PE-ESSALUD-2004 MORDAZA, 23 de diciembre del 2004 VISTOS: Las Cartas Nºs. 884 y 952-GCSEG-GDA-ESSALUD2004 de la Gerencia Central de Seguros, el Informe Tecnico que sustenta la necesidad de exonerar del MORDAZA de Concurso Publico, la contratacion del Programa de Seguros Patrimoniales y Personales, por un periodo de ciento veinte (120) dias y por un valor referencial de hasta US$ 817,173.08 (Ochocientos diecisiete mil ciento setentitres con 08/100 Dolares Americanos); y, la Carta Nº 5906-OCAJ-ESSALUD-2004 de la Oficina Central de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el articulo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud - ESSALUD, la Entidad otorga cobertura a sus asegurados y sus derechohabientes a traves del otorgamiento de prestaciones de prevencion, promocion, recuperacion y rehabilitacion, y prestaciones economicas y sociales, que corresponden al regimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, asi como de otros seguros de riesgos humanos; Que, con fecha 25 de agosto del 2003, ESSALUD suscribio con MORDAZA Internacional Compania de Seguros y Reaseguros el Contrato de Prestacion de Servicios, derivado de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0399S00251, cuyo objeto es la prestacion del servicio de un programa de seguros destinado a cubrir los riesgos a que estan expuestos el personal y el patrimonio de ESSALUD, siendo su vigencia hasta el 18 de setiembre del 2004;

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