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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G30/G34/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 5 de enero de 2005 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G65/G72/GED/G6F/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G30/G30/G32/G34/G2D/G32/G30/G30/G34/G2F/G4D/G44/G53/G4A/G4D ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000025-2004/MDSJM San Juan de Miraflores, 30 de diciembre del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Vistos y Oídos: el Dictamen Nº 07-CR/MDSJM-2004 de la Comisión de Rentas remitido con Oficio Nº 480-2004-MDSJM-CR de fecha 30.12.2004, Memorando Nº 280-04-MDSJM/GM-GR de fecha 29.12.2004 de la Gerencia de Rentas, Infor-me Nº 2164-04-MDSJM/GM-OAJ de fecha 29.12.2004 de laOficina de Asesoría Jurídica de esta Comuna. POR CUANTO:El Concejo Distrital de San Juan de Miraflores, en Sesión Extraordinaria de la fecha y con la dispensa de lalectura y aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000024-2004/ MDSJM publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17 denoviembre del 2004, se concedió a los contribuyentes de laMunicipalidad Distrital de San Juan de Miraflores que regu-laricen su situación, beneficios tributarios y no tributariosaplicables a las deudas acumuladas hasta el año 2004; Que, durante el plazo de ejecución previsto en la Orde- nanza Municipal citada en el considerando anterior, se hanrecibido solicitudes de los contribuyentes de la Municipali-dad en el sentido que, consideran necesario se amplíe elplazo establecido para poder regularizar su situación tribu-taria, fundando dichas solicitudes en la existencia de pro-blemas de índole documentario y/o económicos que esti-man poder superar en el plazo ampliatorio solicitado; Que, esta administración municipal encuentra atendi- bles las solicitudes efectuadas por los vecinos del Distri-to, siendo imprescindible canalizar éste a través delmarco normativo adecuado; Que, a los Concejos Municipales les corresponde las funciones normativas que establece el artículo 9º dela Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, lacual la ejercen mediante Ordenanzas; De conformidad a lo dispuesto, por el artículo 9º nu- merales 8) y 9) y el artículo 40º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972 y demás normas pertinentes,debatido en el pleno del Concejo y con el voto Mayo-ritario se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Amplíese por un período de 20 días hábiles, la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº000024-2004/MDSJM, en los mismos términos y condi-ciones en ella establecidas. Artículo 2º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Informática y Estadística, Oficina de Ejecu-toria Coactiva el fiel cumplimiento de la presente Orde-nanza. Artículo 4º.- Encargar a la Oficina de Imagen Institu- cional la adecuada, oportuna y masiva difusión de la misma. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PAULO HERNÁN HINOSTROZA GUZMÁN Alcalde 00115MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G79/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G6F /G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G36/G30/G2D/G4D/G44/G53/G4D DECRETO DE ALCALDÍA Nº 25-2004-MDSM San Miguel, 29 de diciembre de 2004 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUELVISTO, el Memorando Nº 2451-2004-GM/MDSM, de fecha 28 de diciembre de 2004, emitido por la GerenciaMunicipal, mediante el cual solicita la prórroga del Bene-ficio de Regularización Tributaria y Administrativa porCampaña Navideña, establecido por Ordenanza Nº 60-MDSM, de fecha 19 de noviembre de 2004, publicada enel Diario Oficial El Peruano con fecha 3 de diciembre de2004, prorrogado por Decreto de Alcaldía Nº 24-2004-MDSM, de fecha 22 de diciembre de 2004, publicado enel Diario Oficial El Peruano, con fecha 24 de diciembre de2004; y, CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido por los Artículos 191º y 194º de la Constitución Política del Perú, modificadapor la Ley de la Reforma Constitucional, Ley Nº 27680,en concordancia con lo establecido en el Artículo II delTítulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades,Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autono-mía política, económica y administrativa en los asuntosde su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 060-MDSM, de fecha 19 de noviembre de 2004, publicada en el Diario OficialEl Peruano, el día 3 de diciembre de 2004, se aprobó elBeneficio de Regularización Tributaria y Administrativapor Campaña Navideña para aquellos contribuyentesque no hayan cumplido con su obligación formal y/omaterial por los predios que pudieran tener en la jurisdic-ción del distrito, siendo el plazo para acogerse al benefi-cio en referencia hasta el 23 de diciembre de 2004; Que, por Decreto de Alcaldía Nº 24-2004-MDSM, de fecha 22 de diciembre de 2004, publicado en el Diario Ofi-cial El Peruano, el día 24 de diciembre de 2004, se prorrogóhasta el 30 de diciembre de 2004 el plazo para acogerse albeneficio referido en el considerando precedente; Que, es política de esta Administración el tomar en cuenta la opinión de los vecinos sanmiguelinos, quienes manifies-tan que por diversos motivos económicos no les ha sidoposible acogerse al beneficio establecido, y siendo su de-seo el cumplir con sus obligaciones tributarias, regulari-zando la situación actual de su predio ante esta Municipa-lidad, se hace necesario prorrogar el beneficio en referen-cia, brindándose las mayores facilidades del caso; Estando a lo expuesto, de acuerdo a lo establecido en la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº060-MDSM, y en uso de las facultades conferidas por elinciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Munici-palidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR el Beneficio de Re- gularización Tributaria y Administrativa establecido en la Or-denanza Nº 060-MDSM, hasta el día 4 de febrero de 2005. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del pre- sente Decreto a la Secretaría de Imagen Institucional, a laGerencia de Rentas y Administración Tributaria, a la Subge-rencia de Tesorería y a la Subgerencia de Informática. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 00067