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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2005 (14/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 86

TEXTO PAGINA: 80

PÆg. 284598 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de enero de 2005 y honradez en su vida social. Del mismo modo agrega la norma en su Art. 128° que los servidores cumplirán conpuntualidad y responsabilidad el horario establecido por laautoridad competente y las normas de permanencia inter- na en su entidad, y los descuentos no tienen naturaleza disciplinaria por lo que no eximen de la sanción correspon-diente; Que, en ese sentido, los servidores públicos se consti- tuyen como administrados calificados, sometidos a un régi-men jurídico especial y, por ello, se vinculan con la entidad a la que sirven mediante relaciones de sujeción especial; Que, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 240° de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral, el Artículo 27° del Decreto Legislativo Nº 276 y elArtículo 154° de su Reglamento, para la calificación de lafalta se debe considerar la función que desempeña el pro- cesado en la entidad; Que, en el mismo sentido, el literal e) del Artículo 151° del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa,señala que para la evaluación de la gravedad de la faltadeben tomarse en cuenta los efectos que ésta produce; Que, de acuerdo con el Informe Final contenido en el Acta de Sesión Ordinaria del 28 de diciembre de 2004 suscrita por la Comisión Permanente de Procesos Adminis-trativos fluye que se acordó por unanimidad recomendar altitular del pliego aplicar al citado servidor la sanción desuspensión temporal por sesenta y siete (67) días sin gocede remuneraciones; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administra-tiva y de Remuneraciones del Sector Público y en su Re-glamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCMy en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 20ºinciso 6). de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- SANCIONAR al servidor JORGE AN- TONIO DEVILLE SANCHEZ con la sanción de suspensióntemporal por sesenta y siete (67) días sin goce de remune- raciones; conforme a los considerados esgrimidos en la presente. Artículo Segundo.- PONER EN CONOCIMIENTO de la GERENCIA MUNICIPAL, de la UNIDAD DE RECURSOSHUMANOS, de la COMISIÓN PERMANENTE DE PROCE-SOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS DE LA MUNI- CIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS lo dispuesto en la presente para los fines de su competencia; y, del mismomodo hacerla de conocimiento del servidor JORGE ANTO-NIO DEVILLE SÁNCHEZ. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 00681 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Modifican Ordenanza N” 028-MDPP sobre el Marco Legal del RØgimen Tri-butario de Arbitrios de Limpieza Pœ-blica, Parques y Jardines y SeguridadCiudadana para el Ejercicio 2004 ORDENANZA Nº 046-MDPP Puente Piedra, 31 de diciembre de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE PUENTE PIEDRAPOR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Puente Piedra, ha aprobado el Marco Legal del Régimen Tributario de losarbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguri-dad Ciudadana para el Ejercicio Fiscal 2004, medianteOrdenanza Nº 028-MDPP de fecha 31 de marzo del 2004, sin embargo para su adecuada aplicación de la referidaordenanza, es necesario modificar algunos aspectos. Modifican el Marco Legal del Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Segu-ridad Ciudadana para el Ejercicio Fiscal 2004, Aprobado por Ordenanza Nº 028-MDPP. CAPÍTULO DISPOSICIONES GENERALES Artículo Primero.- MODIFÍQUESE el artículo 3º de la Ordenanza Nº 028-MDPP de fecha 31 de marzo del 2004,quedando su redacción de la siguiente manera: “Artículo 3º.- CONTRIBUYENTE Son contribuyentes de los Arbitrios regulados por la presente Ordenanza, los propietarios de los predios cuan- do los habiten, desarrollen actividades en ellos o se en-cuentren desocupados. Se podrán girar los recibos de arbitrios, a personas naturales o jurídicas, que desarrollen actividades comer-ciales, industriales, servicios u otros debidamente autoriza- dos por la municipalidad con la licencia de funcionamiento, , para ello el propietario deberá ser expreso en la solicitudconjuntamente con el poseedor, siendo el propietario res-ponsable solidario en el pago de los tributos de arbitriosmunicipales. Excepcionalmente, cuando no sea posible identificar al propietario, adquirirá la calidad de contribuyente el posee- dor o tenedor a cualquier título”. Artículo Segundo.- MODIFÍQUESE el Artículo 9º de la Ordenanza Nº 028-MDPP, que dando su redacción comosigue: “Artículo 9º.- VENCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN La obligación de pago de las cuotas mensuales vence el día25 de cada mes. Los plazos que se vencen en día nolaborable se entenderán prorrogados hasta el día hábilsiguiente” Artículo Tercero.- INCORPÓRESE, el artículo 12º y 13º en la Ordenanza Nº 028-MDPP: “Artículo 12º.- CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN: Anualmente mediante Ordenanza y de conformidad con el artículo 69º de la ley de Tributación Municipal aprobada por decreto Legislativo Nº 776 y su modificatoria artículo 1ºde la Ley Nº 26725, se aprobaran los criterios de determi-nación de las tasas de los arbitrios que resulten aplicablesal ejercicio, tomando en consideración el costo total quedemanda la prestación de los servicios de Limpieza Públi- ca, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana. Para establecer el monto anual de la tasa de los arbi- trios de limpieza Pública, Parques y Jardines y SeguridadCiudadana, se ha tenido en consideración lo dispuesto porel tribunal Constitucional, La Defensoría del Pueblo, loslineamientos y criterios establecidos en las Resoluciones Nº 008 y 09-2003, CAM-INDECOPI; en virtud de ello, se han establecido los siguientes criterios: SERVICIO DE LIMPIEZA PÚBLICA a) Área ocupada del prediob) Generación de desperdicio sólidos c) Usos del predio SERVICIO DE PARQUES Y JARDINES a) Ubicación del prediob) Factor de disfrute SERVICIO DE SEGURIDAD CIUDADANA a) Ubicación del Prediob) Uso del Predioc) Factor de Riesgo “Artículo 13º.- ZONAS DE SEGURIDAD CIUDADANA: Para la Circunscripción de las zonas de Seguridad Ciu- dadana, se han considerado los factores de incidencias eintervenciones, del cuerpo de seguridad ciudadana, comosigue: SECTOR 01, denominado ZAPALLAL-MICAELA-JERUSALEN-LOMAS, comprendido al SUR: Calle 02, Av.Buenos Aires, Pasaje ARICA, Panamericana Norte y Av. José Carlos Mariategui, Por el lado NORTE: Ancon, Cara- bayllo, Asoc. Las Arenitas, Asoc. Valle Hermoso y al ESTE:Carabayllo Av. Zapallal Alto, Av. Huarangal y al OESTE:Ventanilla, Asoc. Los Ángeles, Hogar de Niñas Nuestra