Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2005 (14/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, viernes 14 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

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- CAP Direccion de Red de Salud Moquegua: consta de 658 cargos distribuidos en 443 cargos ocupados y 215 previstos, a ocho (8) folios en dos (2) ejemplares, debidamente visados por los funcionarios autorizados para el efecto, los cuales forman parte de la presente Ordenanza Regional. - CAP Hospital Moquegua: consta de 269 cargos distribuidos en 139 cargos ocupados y 130 previstos, a dieciseis (16) folios en dos (2) ejemplares, debidamente visados por los funcionarios autorizados para el efecto, los cuales forman parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- REMITIR la presente Ordenanza, a la Direccion Regional de Salud MORDAZA, a fin que el Director Regional, disponga su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, asimismo, remitase copias a la Oficina de Soporte Informatico para su difusion en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 42º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. CRISTALA CONSTANTINIDES MORDAZA Presidenta Regional 00614

Que, el Informe Legal Nº 016-2004-IMP/EAS, indica que resulta procedente la emision de una Resolucion del IMP, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, que exonere del MORDAZA de seleccion correspondiente a la prorroga del contrato de arrendamiento del inmueble descrito en el considerando precedente; Que, lo expuesto en dichos informes justifica tecnica y legalmente la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la prorroga del contrato de arrendamiento, cumpliendose asi con lo establecido en el articulo 113º del mencionado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 y en los Articulos 113º y 116º de su Reglamento y en uso de las facultades conferidas en el inciso f) del Articulo 20º del Estatuto del IMP, aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 089 de fecha 17 de MORDAZA de 1998; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente a la prorroga del contrato de arrendamiento del inmueble constituido por las Oficinas Nºs. 1201 y 1202, con un area total de 754.88 m2., Oficina Nº 1002 con un area de 70 m2, y 2 cocheras, del Edificio MORDAZA MORDAZA Nº 220, piso 12, ubicado en el distrito de MORDAZA MORDAZA, el mismo que se encuentra acondicionado para el fin requerido por el Instituto Metropolitano de Planificacion, por un plazo de un (1) ano contado a partir del 1 de enero hasta el 31 de diciembre del 2005, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar al Director Ejecutivo a suscribir el contrato respectivo con la INMOBILIARIA MARBEL SAC mediante Adjudicacion de Menor Cuantia y por una renta mensual de S/. 5,254.24 (CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTICUATRO Y 24/100 NUEVOS SOLES) sin incluir impuestos, monto que no esta sujeto a los incrementos. Articulo 3º.- Disponer que la Oficina General de Administracion remita copias de la presente Resolucion y del Informe que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 00591

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Autorizan prorrogar contrato de arrendamiento de inmueble para el Instituto Metropolitano de Planificacion, mediante adjudicacion de menor cuantia
INSTITUTO METROPOLITANO DE PLANIFICACION RESOLUCION Nº 023-2004-MML-IMP
MORDAZA, 27 de diciembre del 2004 CONSIDERANDO: Que, el inciso g) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Licitacion, Concurso Publico o Adquisiciones Directas, las prorrogas del plazo de los contratos de arrendamiento de inmuebles, siempre que la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor; Que, una vez aprobada la exoneracion correspondiente, la contratacion debe efectuarse a traves de un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, conforme a lo establecido por el articulo 20º de dicho texto; Que, en los articulos 10º y 116º del Reglamento del T.U.O. de la Ley Nº 26859, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se establecen los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones precisandose que debera indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion; Que, el Informe Administrativo Nº 038-2004-MML-IMPOGA, indica que se requiere prorrogar por un (1) ano adicional el plazo del contrato de arrendamiento del inmueble constituido por las Oficinas Nºs. 1201 y 1202, con un area total de 754.88 m2., Oficina Nº 1002 con un area de 70 m2, y 2 cocheras, del Edificio MORDAZA MORDAZA Nº 220, piso 12, ubicado en el distrito de MORDAZA MORDAZA, donde actualmente funciona el Instituto Metropolitano de Planificacion, en virtud a que el referido inmueble ha sido habilitado para funcionar como tal, efectuandose mejoras en la infraestructura;

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Regulan tenencia, proteccion y control de canes en el distrito
ORDENANZA Nº 184-CDLO Los MORDAZA, 17 de noviembre de 2004 EL MORDAZA DISTRITAL DE LOS MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTOS: El Informe Nº 343-2004-MDLO/SGSMSDHE/ GTSS del Grupo de Trabajo de Salubridad y Saneamiento Ambiental, el Dictamen Nº 001-2004-MDLO/CPSC de la Comision de Servicios a la Ciudad; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso 22 del Articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru establece que toda persona tiene derecho, entre otros, a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, asi como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, en el numeral 4.1 del Articulo 80º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, entre otras funciones especificas compartidas entre las Municipalidades Provin-

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