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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2005 (14/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 86

TEXTO PAGINA: 84

PÆg. 284602 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de enero de 2005 Regidores Dr. Emiliano Yrribarren Chamorro, Srta. Raquel Barriga Velazco, Sra. Gina Casafranca Delgado, Sr. JavierSalas Zamalloa, Sr. Eudaldo Viches Silva, Sr. David Rome-ro Ríos, Dr. Donato Izarra Palomino, Sr. Moisés Félix Olazá- bal, Dr. Elías Vara Franco, Sr. Wilfredo Bazán Ramírez y Sr. Carlos Mejía Escajadillo; se trató sobre Beneficios Tributa-rios del Ejercicio Fiscal 2005; y, CONSIDERANDO: Que, la Norma IV del Título Preliminar del Decreto Su- premo Nº 135-99-EF, que aprueba el Texto Único Ordena-do del Código Tributario, modificado por la Ley Nº 27335,establece que los Gobiernos Locales pueden crear o modi-ficar sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias oexonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, conforme a la última parte del Art. 41º del Código Tributario, se establece que excepcionalmente los Gobier-nos Locales podrán condonar con carácter general el inte-rés moratorio y las sanciones respectivas de los tributosque administra; Que, es política de esta Gestión Municipal brindar las mayores facilidades de pago de deudas tributarias a suscontribuyentes; De conformidad con los Arts. 9º, Inc. 9) y 41º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; Art. 60º del De-creto Legislativo Nº 776 - de Tributación Municipal; con el Dictamen favorable de la Comisión de Economía, Presu- puesto y Planificación; con el voto Mayoritario de los seño-res Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobacióndel acta, se ha emitido la siguiente : ORDENANZA DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS AÑO 2005 Artículo Primero.- Mediante la presente Ordenanza se establece en el distrito de Villa María del Triunfo la condo-nación de los reajustes e intereses moratorios de las deu-das tributarias así como un régimen de incentivos tributa-rios y administrativos. Artículo Segundo.- El beneficio de la Amnistía Tributa- ria será aplicable a las obligaciones tributarias y administra-tivas pendientes de pago al 31.DICIEMBRE.2004. Artículo Tercero.- Los rubros que comprende la Amnis- tía Tributaria 2005 a continuación describen: 1. Impuesto Predial Ejercicios Fiscales: 1994 - 2004 2. Arbitrios Municipales Ejercicios Fiscales: 1994 - 2004 3. Tasa de Licencia de Funcionamiento Ejercicios Fiscales: 1994 - 19994. Tasa de Licencia Especial Ejercicios Fiscales: 1999 - 20045. Impuesto a los Espectáculos Públicos No deportivos Ejercicios Fiscales: 1999 - 2004 6. Multas Administrativas Ejercicios Fiscales hasta el 2004. Artículo Cuarto.- El beneficio que otorga la presente Ordenanza comprende lo siguiente: a) CONDONACIÓN DE LOS REAJUSTES E INTERE- SES MORATORIOS DE LOS SIGUIENTES TRIBUTOS: - Impuesto Predial : Desde el Ejercicio 1994 hasta el Ejercicio 2004. - Arbitrios Municipales : Desde el Ejercicio Fiscal 1994 hasta el Ejercicio 2004. - Tasa de Licencia de Funcionamiento : Desde el Ejer- cicio 1994 hasta el Ejercicio 1999. - Tasa de Licencia Especial : Desde el Ejercicio 1999 hasta el Ejercicio 2002. - Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos: Desde el Ejercicio 1999 hasta el Ejercicio 2004. Los tributos mencionados gozarán del siguiente bene- ficio : *A) Condonación de los intereses y moras en 80% si el pago es al contado. *B) Condonación de los intereses y moras del 60% si el pago es fraccionado. b) RÉGIMEN DE INCENTIVOS - MULTAS ADMINISTRA- TIVAS a) ARBITRIOS MUNICIPALES .- Mediante la presente Ordenanza se otorga un descuento del 70% del tributoinsoluto, para los Ejercicios Fiscales 1994, 1995, 1996,1997, 1998 y 1999.b) TASA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO.- Los con- tribuyentes que tienen deudas por este concepto hasta elaño 1999, mediante la presente Ordenanza gozarán delbeneficio de un descuento del 70% de la deuda insoluta si paga al contado y en caso de fraccionamiento en un 50%. c) MULTAS ADMINISTRATIVAS.- Las personas naturales o jurídicas que tengan deudas pendientes de pago porconcepto de multas administrativas existentes hasta el 31.SE-TIEMBRE.2004, que no excedan de S/. 500.00 NuevosSoles, podrán cancelar las mismas con la rebaja del 70% sobre el importe de la multa si el pago se realiza al contado; y en un 50% si el pago se realiza en forma fraccionada. Artículo Quinto.- Los contribuyentes y/o deudores pue- den acogerse a este beneficio cualquiera sea el estado enque se encuentre la deuda : cobranza ordinaria, cobranza coactiva, recurso de reconsideración, apelación o revisión así como aquéllos que voluntariamente reconozcan tenerobligaciones pendientes, sin perjuicio a subsanar la infrac-ción que generó esta obligación. Inclusive los contribuyen-tes responsables o infractores que a la fecha gozaran delBeneficio Extraordinario de Fraccionamiento de Pago - BEFP - podrán acogerse al presente beneficio por el saldo de la deuda. Asimismo los contribuyentes que hubieran perdidodicho beneficio, para ello deberán desistirse del reclamo enla forma prescrita por Ley, haciendo referencia al expedien-te administrativo que dio mérito al procedimiento. Artículo Sexto.- En el caso de las deudas tributarias y/o administrativas que se encuentren en proceso de ejecución coactiva, será requisito previo para el acogimiento al presentebeneficio la cancelación de gastos y costas procesables ge-neradas en dicho procedimiento y para este caso los dere-chos serán rebajados en un 50% (Cincuenta por ciento). Artículo Sétimo.- Excepcionalmente los contribuyen- tes que no puedan cancelar con los beneficios comprendi- dos en esta Ordenanza podrán acogerse al Beneficio Ex-traordinario de Fraccionamiento de Pago - BEFP - sólo conla condonación de intereses moratorios en un 60% (Se-senta por ciento). Artículo Octavo.- Los contribuyentes y/o responsables podrán acogerse al presente beneficio desde el 2 al 31 de enero del 2005. Artículo Noveno.- Transcurrido el plazo de vencimiento de la presente Ordenanza se procederá a ejecutar la co-branza total del íntegro de los tributos adeudados, reini-ciándose la cobranza ordinaria y/o coactiva a que hubiera lugar. Artículo Décimo.- Encargar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones regla-mentarias necesarias para la ejecución de la presente Or-denanza. Artículo Undécimo.- Encargar a la Gerencia de Ren- tas, Subgerencia de Informática, Subgerencia de Imagen Institucional y Agencias Municipales de Desarrollo, el cum-plimiento de lo expuesto en la presente Ordenanza. Artículo Décimo Segundo.- Deróguese todas las dis- posiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 00712 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO Modifican el Plan Anual de Adquisicio- nes para el ejercicio 2004 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0760-04-MC Cusco, 30 de diciembre de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO