Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2005 (14/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 14 de enero de 2005

Regidores Dr. MORDAZA Yrribarren MORDAZA, Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. Eudaldo Viches MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Dr. MORDAZA Izarra MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Dr. MORDAZA Vara MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Sr. MORDAZA MORDAZA Escajadillo; se trato sobre Beneficios Tributarios del Ejercicio Fiscal 2005; y, CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99-EF, que aprueba el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, modificado por la Ley Nº 27335, establece que los Gobiernos Locales pueden crear o modificar sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, conforme a la MORDAZA parte del Art. 41º del Codigo Tributario, se establece que excepcionalmente los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general el interes moratorio y las sanciones respectivas de los tributos que administra; Que, es politica de esta Gestion Municipal brindar las mayores facilidades de pago de deudas tributarias a sus contribuyentes; De conformidad con los Arts. 9º, Inc. 9) y 41º de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades; Art. 60º del Decreto Legislativo Nº 776 - de Tributacion Municipal; con el Dictamen favorable de la Comision de Economia, Presupuesto y Planificacion; con el MORDAZA Mayoritario de los senores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, se ha emitido la siguiente : ORDENANZA DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS ANO 2005 Articulo Primero.- Mediante la presente Ordenanza se establece en el distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo la condonacion de los reajustes e intereses moratorios de las deudas tributarias asi como un regimen de incentivos tributarios y administrativos. Articulo Segundo.- El beneficio de la Amnistia Tributaria sera aplicable a las obligaciones tributarias y administrativas pendientes de pago al 31.DICIEMBRE.2004. Articulo Tercero.- Los rubros que comprende la Amnistia Tributaria 2005 a continuacion describen:
1. 2. 3. 4. 5. Impuesto Predial Arbitrios Municipales Tasa de Licencia de Funcionamiento Tasa de Licencia Especial Impuesto a los Espectaculos Publicos No deportivos 6. Multas Administrativas Ejercicios Fiscales: 1994 - 2004 Ejercicios Fiscales: 1994 - 2004 Ejercicios Fiscales: 1994 - 1999 Ejercicios Fiscales: 1999 - 2004 Ejercicios Fiscales: 1999 - 2004 Ejercicios Fiscales hasta el 2004.

b) TASA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO.- Los contribuyentes que tienen deudas por este concepto hasta el ano 1999, mediante la presente Ordenanza gozaran del beneficio de un descuento del 70% de la deuda insoluta si paga al contado y en caso de fraccionamiento en un 50%. c) MULTAS ADMINISTRATIVAS.- Las personas naturales o juridicas que tengan deudas pendientes de pago por concepto de multas administrativas existentes hasta el 31.SETIEMBRE.2004, que no excedan de S/. 500.00 Nuevos Soles, podran cancelar las mismas con la rebaja del 70% sobre el importe de la multa si el pago se realiza al contado; y en un 50% si el pago se realiza en forma fraccionada. Articulo Quinto.- Los contribuyentes y/o deudores pueden acogerse a este beneficio cualquiera sea el estado en que se encuentre la deuda : cobranza ordinaria, cobranza coactiva, recurso de reconsideracion, apelacion o revision asi como aquellos que voluntariamente reconozcan tener obligaciones pendientes, sin perjuicio a subsanar la infraccion que genero esta obligacion. Inclusive los contribuyentes responsables o infractores que a la fecha gozaran del Beneficio Extraordinario de Fraccionamiento de Pago - BEFP - podran acogerse al presente beneficio por el saldo de la deuda. Asimismo los contribuyentes que hubieran perdido dicho beneficio, para ello deberan desistirse del reclamo en la forma prescrita por Ley, haciendo referencia al expediente administrativo que dio merito al procedimiento. Articulo Sexto.- En el caso de las deudas tributarias y/o administrativas que se encuentren en MORDAZA de ejecucion coactiva, sera requisito previo para el acogimiento al presente beneficio la cancelacion de gastos y costas procesables generadas en dicho procedimiento y para este caso los derechos seran rebajados en un 50% (Cincuenta por ciento). Articulo Setimo.- Excepcionalmente los contribuyentes que no puedan cancelar con los beneficios comprendidos en esta Ordenanza podran acogerse al Beneficio Extraordinario de Fraccionamiento de Pago - BEFP - solo con la condonacion de intereses moratorios en un 60% (Sesenta por ciento). Articulo Octavo.- Los contribuyentes y/o responsables podran acogerse al presente beneficio desde el 2 al 31 de enero del 2005. Articulo Noveno.- Transcurrido el plazo de vencimiento de la presente Ordenanza se procedera a ejecutar la cobranza total del integro de los tributos adeudados, reiniciandose la cobranza ordinaria y/o coactiva a que hubiera lugar. Articulo Decimo.- Encargar al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para la ejecucion de la presente Ordenanza. Articulo Undecimo.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Subgerencia de Informatica, Subgerencia de Imagen Institucional y Agencias Municipales de Desarrollo, el cumplimiento de lo expuesto en la presente Ordenanza. Articulo Decimo Segundo.- Deroguese todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA IPENZA MORDAZA MORDAZA 00712

Articulo Cuarto.- El beneficio que otorga la presente Ordenanza comprende lo siguiente: a) CONDONACION DE LOS REAJUSTES E INTERESES MORATORIOS DE LOS SIGUIENTES TRIBUTOS: - Impuesto Predial : Desde el Ejercicio 1994 hasta el Ejercicio 2004. - Arbitrios Municipales : Desde el Ejercicio Fiscal 1994 hasta el Ejercicio 2004. - Tasa de Licencia de Funcionamiento : Desde el Ejercicio 1994 hasta el Ejercicio 1999. - Tasa de Licencia Especial : Desde el Ejercicio 1999 hasta el Ejercicio 2002. - Impuesto a los Espectaculos Publicos No Deportivos: Desde el Ejercicio 1999 hasta el Ejercicio 2004. Los tributos mencionados gozaran del siguiente beneficio : *A) Condonacion de los intereses y moras en 80% si el pago es al contado. *B) Condonacion de los intereses y moras del 60% si el pago es fraccionado. b) REGIMEN DE INCENTIVOS - MULTAS ADMINISTRATIVAS a) ARBITRIOS MUNICIPALES .- Mediante la presente Ordenanza se otorga un descuento del 70% del tributo insoluto, para los Ejercicios Fiscales 1994, 1995, 1996, 1997, 1998 y 1999.

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL MORDAZA
Modifican el Plan Anual de Adquisiciones para el ejercicio 2004
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0760-04-MC
MORDAZA, 30 de diciembre de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL MORDAZA

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