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PÆg. 284586 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de enero de 2005 En uso de las facultades conferidas por los literales d) y w) del artículo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado porResolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ampliar la fecha para la presentación de propuestas del Segundo Concurso "Premio a la IdeaInnovadora", hasta el 31 de enero de 2005. Artículo Segundo.- Disponer que el Jurado Calificador realice la evaluación de las propuestas presentadas y pu- blique los resultados correspondientes durante el mes defebrero de 2005. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALD CÁRDENAS KRENZ Superintendente Nacional de losRegistros Públicos (e) 00642 SUNAT Modifican y suspenden disposiciones del Procedimiento de ZOFRATACNAINTA-PG.23 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 008-2005/SUNAT/A Callao, 13 de enero de 2005 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia Nacio- nal Adjunta de Aduanas Nº 000114-2004-SUNAT/A del17.03.2004 se aprueba el procedimiento de ZOFRATAC-NA, INTA-PG.23; Que por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 000435-2004-SUNAT/A del28.08.2004 se prorrogó la vigencia de la suspensiónestablecida mediante Resolución de SuperintendenciaNacional Adjunta de Aduanas Nº 134-2004-SUNAT/Adel 07.04.2004, ampliada por la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 000241-2004-SUNAT/A del 02.06.2004; asimismo, sesuspendió la obligación del pesaje de mercancías porusuario por parte de la Administración de la ZOFRA-TACNA, manteniéndose el pesaje por vehículo transpor-tador; Que es necesario adecuar el procedimiento INTA-PG.23 a lo dispuesto en la Novena Disposición Final y Transitoriadel Reglamento de la Ley de Zona Franca y Zona Comer-cial de Tacna, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2002-MINCETUR del 17.12.2002, referido a las activida-des de reparación y reacondicionamiento de vehículos usados; así como ampliar el plazo de la suspensión esta- blecida por la Resolución de Superintendencia NacionalAdjunta de Aduanas Nº 000435-2004-SUNAT/A mientrasse culmina con el proceso de evaluación de su impacto enlas actividades de la ZOFRATACNA y Zona Comercial deTacna y dicha administración cuente con los equipos y sistemas necesarios para el pesaje de mercancías por usua- rio; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y a lo dispuestoen el inciso g) del artículo 23º del Reglamento de Organi-zación y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Déjese sin efecto en el inciso a), numeral 1, literal A) y en el numeral 7, literal E) de la sección VI delprocedimiento de ZOFRATACNA INTA-PG.23, aprobado porResolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Adua-nas Nº 000114-2004-SUNAT/A del 17.03.2004, la referen- cia a la prohibición del ingreso de vehículos usados conmás de cinco (5) años de antigüedad, sólo para efectos de su reexpedición al exterior. Artículo 2º.- Ampliar hasta el 30.06.2005, la suspen- sión dispuesta por el artículo 1º de la Resolución de Superin- tendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 000134-2004- SUNAT/A del 07.04.2004, ampliada por las Resolucionesde Superintendencia Nacional Adjunta de AduanasNº 000241 y Nº 000435-2004-SUNAT/A del 02.06.2004 y28.08.2004, respectivamente. Artículo 3º.- Ampliar hasta el 30.06.2005, la suspen- sión dispuesta por el artículo 2º de la Resolución de Superin- tendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 000435-2004-SUNAT/A . Artículo 4º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia el día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE ARMANDO ARTEAGA QUIÑE Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas 00740 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 944-2004/SUNAT Mediante Oficio Nº 017-2005-SUNAT/1A0000 la Super- intendencia Nacional de Administración Tributaria solicitase publique Fe de Erratas de la Resolución de IntendenciaNº 944-2004/SUNAT, publicada en la edición del 6 de ene-ro de 2005. En el Segundo Párrafo de los considerandos: DICE: “…programada para el 28 de diciembre de 2005…” DEBE DECIR: “…programada para el 28 de diciembre de 2004…”En el Tercer Párrafo de los considerandos: DICE: “Que sin embargo la convocatoria no fue publicada en el Diario Oficial El Peruano hasta el 28 de diciembre de2005, último día de la vigencia de las citadas normas lega- les;” DEBE DECIR: “Que sin embargo la convocatoria no podrá ser publica- da en el Diario Oficial El Peruano hasta el 28 de diciembrede 2005, último día de la vigencia de las citadas normaslegales;” 00618 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LORETO Modifican Art. 10”, Inc. c) y Art. 37” primer y segundo pÆrrafo, del Regla-mento Interno del Consejo Regional,aprobado por la Ordenanza N” 001-2003-CR/GRL ORDENANZA REGIONAL Nº 023-2004-CR/GRL Iquitos, 21 de diciembre del 2004