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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2005 (18/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 26

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G38/G33/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 18 de enero de 2005 VISTOS: El Informe Nº 032-2005-MDLO/SGAF/DRAT de la Dirección de Recaudación y Administración Tributaria, de fecha 13 de enero de 2005, el Dictamen Nº 003-2005-MDLO- CEP de la Comisión de Economía y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce la auto- nomía política, económica y administrativa de los Gobier- nos Locales, otorgándole potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y dere-chos Municipales, o exonerar de estos dentro de su juris- dicción con los límites que señala la Ley, en concordancia con la Norma IV; Principio de Legalidad - Reserva de la Leydel Texto Único Ordenado del Código Tributario - Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, el Concejo Mu- nicipal, cumple función normativa, a través de Ordenan- zas, las cuales tienen como rango de Ley de conformi-dad con lo dispuesto en el Artículo 200º numeral 4) del mencionado cuerpo de leyes; Que, mediante Ordenanza Nº 188-CDLO, de fecha 2 de diciembre de 2004, se prorrogó el beneficio de condonación del 40% de intereses moratorios y ajustes de tributos munici- pales vencidos mediante la suscripción de convenios de frac-cionamiento contenido en la Ordenanza Nº 176-CDLO, la misma que ha brindado resultados satisfactorios; Que, es política de la Municipalidad otorgar las más amplias facilidades a los contribuyentes para que cum- plan con la cancelación al contado de sus adeudos pen- dientes por concepto de tributos Municipales; Estando a lo dictaminado, de conformidad con lo dis- puesto con los numerales 8) y 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con dis-pensa del trámite de aprobación del Acta y por UNANI- MIDAD aprobó lo siguiente: ORDENANZA Nº 196-CDLO QUE ESTABLECE EL BENEFICIO DE CONDONACIÓN DEL 40% DE INTERESES MORATORIOS Y AJUSTES DE TRIBUTOS MUNICIPALES VENCIDOS MEDIANTE LA SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS DE FRACCIONAMIENTO Artículo Primero.- ESTABLECER hasta el 4 de abril de 2005, el plazo para que los contribuyentes suscriban con-venios de fraccionamiento por todas las deudas tributarias pendientes de pago de períodos vencidos, acogiéndose al beneficio tributario de Condonación Parcial del 40% del Inte-rés Moratorio y su capitalización anual, sin considerar el Índice de Precios al Por Mayor (IPM) en el Impuesto Predial. Lo Indicado incluye las obligaciones tributarias que se frac-cionen en instancia de cobranza coactiva. Artículo Segundo.- PRECISAR que el deudor que ten- ga obligaciones tributarias en proceso de Cobranza Coac-tiva, para poder acogerse a lo dispuesto en el artículo pre- cedente, deberá cancelar los derechos por costas proce- sales y gastos administrativos correspondientes, de acuer-do a los límites que determinen las normas vigentes. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la DIRECCIÓN DE RECAUDACIÓN Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA y ala OFICINA DE EJECUTORIA COACTIVA el cumplimien- to de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la UNI- DAD DE GESTIÓN INFORMÁTICA, su debida implemen-tación y a la SECRETARIA GENERAL E IMAGEN INSTI- TUCIONAL su difusión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.JOSÉ ANÍBAL OLIVA GUEVARA Alcalde (e) 00974 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65 /G63/G6F/G6E/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G74/G6F/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G65/G73/G65/G73/G20/G6D/G6F/G72/G61/G2D/G74/G6F/G72/G69/G6F/G73/G20/G79/G20/G61/G6A/G75/G73/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G72/G65/G2D/G6E/G61/G7A/G67/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G61/G6C/G20/G63/G6F/G6E/G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/GED/G6F/G64/G6F/G73 /G76/G65/G6E/G63/G69/G64/G6F/G73 ORDENANZA Nº 197-CDLO Los Olivos, 14 de enero de 2005EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTOS: El Informe Nº 032-2005-MDLO/SGAF/DRAT de la Dirección de Recaudación y Administración Tribu- taria de fecha 13 de enero de 2005, el Dictamen Nº 004- 2005-MDLO-CEP de la Comisión de Economía y Presu-puesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía política, económica y administrativa de los Gobiernos Locales, otorgándole potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbi-trios y derechos Municipales, o exonerar de éstos den- tro de su jurisdicción con los límites que señala la Ley, en concordancia con la Norma IV; Principio de Legalidad -Reserva de la Ley del Texto Único Ordenado del Código Tributario - Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, el Concejo Mu- nicipal, cumple función normativa, a través de Ordenan- zas, las cuales tienen como rango de Ley de conformi-dad con lo dispuesto en el Artículo 200º numeral 4) del mencionado cuerpo de leyes; Que, mediante Ordenanza Nº 189-CDLO, de fecha 02 de diciembre de 2004, se prorrogó el beneficio tributa- rio de exoneración parcial por arbitrio de serenazgo por pago al contado de períodos vencidos contenido en laOrdenanza Nº 177-CDLO, el mismo que ha brindado satisfactorios resultados; Que, es política de la Municipalidad otorgar las más amplias facilidades a los contribuyentes para que cum- plan con la cancelación al contado de sus adeudos pen- dientes por concepto de tributos Municipales; Estando a lo dictaminado, de conformidad con lo dis- puesto con los numerales 8) y 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con dis-pensa del trámite de aprobación del Acta y por UNANI- MIDAD aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 197-CDLO QUE ESTABLECE EL BENEFICIO TRIBUTARIO DE CONDONACIÓN TOTAL DE INTERESES MORATORIOS Y AJUSTES DEL ARBITRIO DE SERENAZGO POR PAGO AL CONTADO DE PERÍODOS VENCIDOS Artículo Primero.- OTORGAR hasta el 4 de abril del presente año, el beneficio de CONDONACIÓN del 100% del interés moratorio y su capitalización anual del arbitriode serenazgo correspondientes a períodos vencidos a la fecha, por el pago al contado de las deudas por el citado arbitrio contenidas dentro del período anual co-rrespondiente. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la DIRECCIÓN DE RECAUDACIÓN Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIAy a la OFICINA DE EJECUTORÍA COACTIVA el cumpli- miento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la UNIDAD DE GESTIÓN INFORMÁTICA, su debida im-plementación y a la SECRETARÍA GENERAL E IMA- GEN INSTITUCIONAL su difusión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. JOSÉ ANÍBAL OLIVA GUEVARA Alcalde (e) 00975 /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G70/G61/G67/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G2C/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G65/G73/G65/G73/G20/G79/G6D/G6F/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G73/G64/G65/G20/G31/G39/G39/G37/G20/G68/G61/G73/G74/G61/G32/G30/G30/G33/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G69/G62/G75/G79/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G63/G72/G65/G64/G69/G2D/G74/G65/G6E/G20/G64/G69/G66/G69/G63/G75/G6C/G74/G61/G64/G65/G73/G20/G73/G6F/G63/G69/G6F/G65/G63/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G63/G61/G73 ORDENANZA Nº 198-CDLO Los Olivos, 14 de enero de 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS