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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2005 (20/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 71

PÆg. 284979 NORMAS LEGALES Lima, jueves 20 de enero de 2005 Artículo Segundo.- Disponer que el Plan Anual a que se refiere el artículo anterior se ponga a disposición delpúblico en la Unidad de Abastecimiento y se remita, en elplazo máximo de diez días de ser aprobado, al CONSUCO-DE y a la Comisión de la Promoción de la Pequeña y MicroEmpresa - PROMPYME, de conformidad con lo estableci-do en el artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado medianteDecreto Supremo Nº 084-2001-PCM. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Administrativa, Unidad de Planeamiento y Presupuesto, y la Unidad deLogística el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.DANIEL MANTILLA BENDEZÚ Alcalde 01124 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE RIOJA Declaran en desabastecimiento inmi- nente la adquisición de insumos parael Programa del Vaso de Leche paraenero, febrero y marzo de 2005 ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-2005-CM/MPR Rioja, 6 de enero del 2005 VISTOS:Los Informes Nº 001-2005-UA/MPR y Nº 001-2005-AL/ MPR de los encargados de la Unidad de Abastecimiento yde Asesoría Legal respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, del informe emitido por el encargado de la Unidad de Abastecimiento se advierte la necesidad de atender demanera eficiente y oportuna en forma diaria a los diferen-tes beneficiarios del Programa del Vaso de Leche de laMunicipalidad Provincial de Rioja, por lo que no habiéndo-se llevado a cabo a la fecha proceso de selección por estara inicios del ejercicio presupuestal, resulta necesario tomarmedidas rápidas y urgentes para evitar el desabastecimientode los insumos correspondientes; Que, de conformidad al Artículo 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por De-creto Supremo Nº 083-2004-PCM, se considera Situación deDesabastecimiento Inminente a aquella situación extraordina-ria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien,servicio u obra compromete en forma directa e inminente lacontinuidad de las funciones, servicios, actividades u operacio-nes productivas que la entidad tiene a su cargo de maneraesencial. Dicha situación faculta a la entidad a la adquisición ocontratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempoo cantidad, según sea el caso, necesario para llevar a cabo elproceso de selección que corresponda; Que, de lo mencionado en los párrafos anteriores se tiene que para que se configure la causal de exoneración por situa-ción de desabastecimiento inminente, deben presentarse lossiguientes supuestos: a) Ausencia de bienes y/o servicios, b) laausencia debe ser extraordinaria e imprevisible, c) La ausenciacompromete servicios esenciales u operaciones productivasrealizadas por la Entidad, y d) el compromiso -de los serviciosesenciales u operaciones productivas- debe ser directo e inmi-nente; Que, en este caso tratándose de insumos para el Pro- grama del Vaso de Leche y teniendo en cuenta lo expues-to en el primer considerando, se puede determinar que: a)A la fecha no existen insumos para atender el Programadel Vaso de Leche, por no haberse llevado a cabo procesode selección alguno; b) La ausencia de insumos por inexis-tencia de un proceso de selección por encontrarse a iniciosdel ejercicio presupuestal y por aprobar el Plan Anual deContrataciones y Adquisiciones; c) La ausencia de losmencionados insumos compromete servicios esenciales,en razón de que de conformidad con el último párrafo delinciso 4.1 del Artículo 4º de la Ley Nº 27470 - Ley queestablece normas complementarias para la ejecución del Programa del Vaso de Leche, modificado por el Artículo 2ºde la Ley Nº 27712, establece que los recursos del Progra-ma del Vaso de Leche financia las raciones en forma diariaque se entrega a los beneficiarios; asimismo que dichoprograma deberá cumplir con el requisito que exige unabastecimiento obligatorio los siete días de la semana alos niños, dichas características resultan suficientes paracalificarlo como "servicio esencial"; y d) En cuanto a que elcompromiso del servicio debe ser directo e inminente, tam-bién se configura, por ser necesario la entrega diaria de lasraciones y los siete días de la semana; Que, siendo así las cosas conforme a las expuestas en los considerandos precedentes, se ha producido la causalde exoneración por situación de desabastecimiento inmi-nente, la misma que requiere tomar una acción rápida ten-diente a adquirir los insumos indispensables para paliardicha situación extraordinaria, sin perjuicio de que se reali-ce el proceso de selección correspondiente, para la con-tratación y adquisiciones definitivas; Por los fundamentos expuestos, el Concejo Municipal en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, por unanimidad de susmiembros presentes y con dispensa del trámite de lectura yaprobación del acta se adoptó el siguiente: ACUERDO Artículo Primero.- Declarar en SITUACIÓN DE DESABAS- TECIMIENTO INMINENTE la adquisición de insumos para el Pro-grama del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Rioja,para los meses de enero, febrero y marzo del año 2005, que-dando exonerado de la realización del proceso de selección parala adquisición de dichos insumos, los mismos que deberán adqui-rirse a través de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo Segundo.- El insumo materia de la adquisición exonerada consiste en 87,519.00 litros de leche fresca sinmarca, y cada ración de 250 ml. Artículo Tercero.- El valor referencial para la adquisi- ción exonerada materia del presente acuerdo es deS/. 87,519.00 Nuevos Soles proveniente de la Fuente deFinanciamiento: 17 Recursos Ordinarios para GobiernosLocales con la Partida 3.1.2.001 Programa del Vaso deLeche de la Municipalidad Provincial de Rioja. Artículo Cuarto.- Autorizar a la Unidad de Abastecimiento la adquisición de leche fresca sin marca en la cantidadestablecida en el Artículo Segundo del presente Acuerdo. Regístrese, publíquese y cúmplase.NOÉ HERNÁNDEZ IZQUIERDO Alcalde Provincial 01131 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLCABAMBA Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio 2005 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 009-2005-MDC Colcabamba, 10 de enero de 2005 VISTO: El Informe Nº 010-2005-UL/HDP-MDC, mediante el cual se remite el Plan Anual de Adquisiciones y Contrata-ciones 2005 de la Municipalidad Distrital de Colcabamba; CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Ley Nº 27680 que modifica el Capítulo XIV de la Constitución Política del Perú, describeque las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local conautonomía Política, Económica y Administrativa en los asun-tos de su competencia concordante con el Art. II del TítuloPreliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado Nº 26850 modificado por Ley Nº 28267 y su Regla-mento, como el Texto Único Ordenado aprobado por De-creto Supremo Nº 083-2004-PCM, establecen los linea-mientos para la adquisición de bienes y servicios para lasentidades, por lo que es necesario aprobar el Plan Anualde Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Dis-trital de Colcabamba para el ejercicio 2005;