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PÆg. 284967 NORMAS LEGALES Lima, jueves 20 de enero de 2005 ganos de gobierno local y tienen autonomía política, eco- nómica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalida- des establece que la Organización del espacio físico y usodel suelo son funciones específicas exclusivas de lasMunicipalidades Distritales (artículo 79º), y que son bienesde Propiedad Municipal, los terrenos eriazos abandona-dos o ribereños que las transfiera el Gobierno Nacional(artículo 56º); Que, corresponde a la Municipalidad Distrital promover el acondicionamiento territorial y salvaguardar los procesosde Habilitación Urbana que se llevan a cabo sobre dichosector, a fin de garantizar el desarrollo armónico de la ciu-dad y su correspondiente inserción en el contexto urbanode la ciudad; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 178-01 del 21 de febrero del 2001, se crea el Programa MunicipalUrbano Ambiental - PROMURBAM, que depende directa-mente del Alcalde, considerado como un organismo de laMunicipalidad Distrital de Ate, encargado de planificar, pro-mover, coordinar y gestionar la adquisición de recursos yejecutar la ocupación urbano ambiental en las áreas peri-féricas del distrito en condiciones de eriazas y municipales,atendiendo dentro de las posibilidades del distrito, la nece-sidad de vivienda de los pobladores; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 1205-01, expedida el 23 de noviembre del 2001 se incorpora a laDirección de Gestión Urbana el Programa Municipal Urba-no Ambiental; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 233-02, expedida el 19 de febrero del 2002, se dispone crear elComité de Gestión de PROMURBAM como Organismos delPrograma encargado de cumplir las funciones expuestasen la Resolución de Alcaldía Nº 178-01 mencionada ante-riormente; Que, la Municipalidad Distrital de Ate ha celebrado con el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, confecha 29 de octubre del 2003, el Convenio Marco de Co-operación Interinstitucional encontrándose dentro de lasmetas priorizadas de dicho Convenio, el Desarrollo Integralde los Proyectos del Programa Municipal Urbano Ambien-tal - PROMURBAM; Que, el Comité de Gestión del Programa en última se- sión de fecha 30 de abril del 2004 aprobó el proyecto delPlaneamiento General correspondiente a la ZONA V SEC-TOR C DE LAS LONGUERAS, elaborados en coordinacióncon el Instituto Sociedad Tecnología y Desarrollo - MORAY,según Convenio celebrado con dicha institución; Que, mediante Informe Nº 222-2004-APU-SGPUC-GDU/ MDA y el Informe Nº 616-2004-SGPUC-GDU/MDA se pro-pone la aprobación del plano de trazado y lotización de41,947.73 m2 correspondiente al Sector C - Zona V - LasLongueras, ubicado en la parte alta colindante con el AA.HH.Los Progresistas Valle del Rímac - Margen Izquierda, alturaKm. 9.5 de la Carretera Central, como un instrumento nor-mativo de obligatorio cumplimiento para garantizar el Desa-rrollo Organizado de la ciudad, proponiéndose el desarro-llo de 135 lotes incluidos el área Comunal, el Área deSalud, educativa y comercial; Que, conforme a la Ordenanza Nº 341- MML, con fecha 6 de diciembre del 2001 que aprueba el Plano de Actuali-zación de Sistema Vial Metropolitano, corresponde a laMunicipalidad Distrital la definición y aprobación de las sec-ciones viales en la presente propuesta, toda vez que di-chas vías son locales; Que, de conformidad con el Plano de Zonificación Gene- ral de Lima Metropolitana, referido al distrito de Ate, apro-bado mediante Ordenanza Nº 157-MML de fecha 17 dejulio de 1998; se califica a los terrenos en recurso comoZEHR (Zona Especial de Habilitación Restringida), estandopropuesto el cambio de zonificación del terreno en recursode ZEHR a R4, según la Propuesta del Plan Urbano de Ateelaborado con el Instituto Metropolitano de Planificación; Que, la Secretaría Técnica de Defensa Civil de la Muni- cipalidad Distrital de Ate mediante Informe Nº 47-2004-IT-CDDC/MDA ha elaborado la evaluación de riesgo del Sec-tor involucrado en el Planeamiento Integral que se presen-ta, recomendando que la población mediante acta de com-promiso se comprometa bajo responsabilidad a participardirectamente en la ejecución de los trabajos proyectadosen el Proyecto Integral de Prevención de Desastres; Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con-tando con el voto por unanimidad de los señores Regido-res y con la dispensa de la lectura y aprobación de actas,se ha dado la siguiente:ORDENANZA APROBATORIA DEL PLANO DE TRAZADO Y LOTIZACIÓN DEL TERRENO UBICADO EN EL SECTOR C - ZONA V - LAS LONGUERAS CORRESPONDIENTE AL PROGRAMA MUNICIPAL URBANO AMBIENTAL - PROMURBAM Artículo 1º.- APROBAR el plano de trazado y lotización de 41,947.73 m2 del inmueble ubicado en el Sector CZona V (Programa de Las Longueras) del distrito de Ate,conforme al Plano signado como Nº 029-2004-SGPUC-GDU/MDA el mismo que es parte integrante de la presenteOrdenanza y será considerado de cumplimiento obligatoriopara los beneficiarios de terrenos. Artículo 2º.- ESTABLECER que la organización de vi- vienda involucrada en la propuesta que se aprueba, debe-rá cumplir con las recomendaciones efectuadas por la Se-cretaría Técnica de Defensa Civil, conforme al informe deevaluación de riesgo emitido sobre el particular e indicadoen los considerandos. Artículo 3º.- ENCÁRGUESE a la Gerencia General Municipal, a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano yla Gerencia de Participación Ciudadana, se difunda la pre-sente Ordenanza, los planos que forman parte y sus anexos. Artículo 4º.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza a los interesados, a la Subgerencia de Planificación Urbanay Catastro y la Subgerencia de Fiscalización para su cono-cimiento y fines de acuerdo a su competencia. Artículo 5º.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Asuntos Jurídicos, Gerencia de Pla-nificación y otras áreas correspondientes a efectos de via-bilizar la realización del Programa Municipal Urbano Am-biental PROMURBAM. Artículo 6º.- FACÚLTESE al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía emita las normas regla-mentarias pertinentes o prórrogas de los beneficios conce-didos mediante la presente Ordenanza, si fuera necesario. Artículo 7º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Primera.- DETERMINAR que los expedientes en trámi- te de Visación de Planos con fines de obtener los ServiciosBásicos, que se encuentren en el Sector comprendido enel Planeamiento Integral, se adecuarán a lo dispuesto enla presente Ordenanza. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 01202 Aprueban Planeamiento Integral de mó- dulos viales de terreno localizado en sector 27 del ex Fundo la Estrella de Santa Clara ORDENANZA MUNICIPAL Nº 075-MDA Ate, 23 de diciembre de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE POR CUANTO:El Concejo Distrital de Ate en Sesión Ordinaria de Con- cejo de fecha 23 de diciembre; y, CONSIDERANDO: Que la Constitución Política del Perú en su artículo 194º (modificado por la Ley Nº 27680) establece que lasMunicipalidades son órganos de gobierno local y tienenautonomía política, económica y administrativa en los asun-tos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, ha establecido que es función específica exclusiva de la