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PÆg. 284973 NORMAS LEGALES Lima, jueves 20 de enero de 2005 POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Santa Rosa, en Sesión Ordinaria Pública de la fecha, con dispensa deltrámite de lectura y aprobación de Acta, ha aprobado porunanimidad, la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- MODIFÍCASE la parte pertinente referido a las tasas de autorización para realizar actividades deprovecho particular respecto al Comercio Ambulatorio enlas playas del distrito de Santa Rosa, a que hace referen-cia el artículo 1º de la Ordenanza Nº 119 de fecha 29 deoctubre del 2004, en los siguientes términos: "Artículo 1º.- ESTABLÉZCASE la tasa de autorización para realizar actividades de provecho particular, genera-dos por gastos de mantenimiento y limpieza pública en lasplayas marinas del distrito de Santa Rosa, para los contri-buyentes que realicen actividades comerciales durante losmeses de enero, febrero y marzo del año 2005, en lasplayas: Chica y Grande, según la siguiente escala: (...) Comercio Ambulatorio en Playa Chica: - Venta de Barquillos, el 0.03125% S/. 1.00 c/autoriz. X día de la UIT (3 autoriz.) - Venta de Helados, el 0.04688% S/. 1.50 c/autoriz. X día de la UIT (5 autoriz.) Comercio Ambulatorio en Playa Grande: - Alquiler de sombrillas, el 0.09375% S/. 3.00 c/autoriz. X día de la UIT (5 autoriz.) - Alquiler de toldos (de 3 x 25 m2), S/. 5.00 c/autoriz. X día el 0.15625% de la UIT (3 autoriz.) - Venta de Barquillos, el 0.03125% S/. 1.00 c/autoriz. X día de la UIT (8 autoriz.) - Venta de Helados, el 0.04688% S/. 1.50 c/autoriz. X día de la UIT (8 autoriz.) - Venta de Sándwich, el 0.03125% S/. 1.00 c/autoriz. X día de la UIT (8 autoriz.) (...)" Artículo 2º.- ESTABLECER que el pago de las tasas a que se hace referencia en el artículo anterior será en formamensual o por temporada y por adelantado para el otorga-miento de la autorización respectiva. Artículo 3º.- Quedan subsistentes lo demás que con- tiene la Ordenanza Nº 119, en tanto no se oponga a lapresente modificación. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.LUIS GARCIA VILLACORTA Alcalde 01070 Prorrogan designación de Ejecutor y Auxiliar Coactivo de la municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 113-2004/MDSR Santa Rosa, 9 de diciembre de 2004 Visto, el Informe Nº 050-2004-MDSR/D.M. de a Direc- ción Municipal, con el Informe Nº 203-2004-MDSR/O.R. dela Oficina de Rentas, sobre solicitud de prórroga de desig-nación de Ejecutor y Auxiliar Coactivos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante los informes de Visto, el señor Director Muni- cipal y la Directora de la Oficina de Rentas, solicitan la prórroga dela fecha de vencimiento de la designación de los señores miem-bros de la Ejecutoría Coactiva de esta Municipalidad, por persistirla necesidad de contar con la concurrencia de dicho personalprofesional para el cumplimiento de los fines y funciones de laEjecutoría Coactiva y de la Municipalidad en general; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 096-2004-MDSR de fecha 25 de agosto del 2004, en virtud del Informe Nº 002-2004-CCM/MDSR, presentado por la Comisión Evaluadora delConcurso de Méritos para la designación de un (1) Ejecutor y Auxiliar Coactivos para la Municipalidad Distrital de Santa Rosa,se designó, mediante el Artículo Primero de dicho dispositivo alseñor doctor Jesús C. Gil Alvarado en el cargo de Ejecutor Coac-tivo de esta Municipalidad y mediante el Artículo Segundo sedesignó al señor Antolín Contreras Ríos en el Cargo de AuxiliarCoactivos de esta casa edil; Que, conforme aparece de la referida Resolución de Alcaldía Nº 096-2004-MDSR, en su quinto considerando se aprecia quedichos funcionarios tendrán la condición de Personal Contratadoa Plazo Determinado de esta Municipalidad, el mismo que puedeser prorrogado hasta el 30 de diciembre del 2004, de persistir lanecesidad de contar con dichos profesionales; Que, con los mencionados informes de visto, se establece que persiste la necesidad de contarse con dichos funcionarioshasta el 30 de diciembre del año en curso, por lo que debe deprorrogarse dicha designación hasta la indicada fecha; Estando a lo expuesto y de conformidad con las atribu- ciones conferidas a la Alcaldía por el numeral 6 concordan-te con el numeral 3 del artículo 20º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972; RESUELVE:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de di- ciembre del 2004, la designación efectuada mediante laResolución de Alcaldía Nº 096-2004-MDSR de fecha 25 deagosto del 2004, al señor doctor Jesús C. Gil Alvarado enel Cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad de San-ta Rosa, y en el Cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipa-lidad de Santa Rosa al señor Antolín Contreras Ríos. Artículo Segundo.- TRANSCRIBIR la presente Resolu- ción de Alcaldía al Ministerio de Economía, al Tribunal Fis-cal y a la Policía Nacional del Perú, para que brinde elapoyo al Ejecutor y Auxiliar Coactivos, con arreglo a Ley. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Munici- pal, Oficina de Administración, Unidad de Planificación yPresupuesto, Unidad de Tesorería, Unidad de Abasteci-miento y Oficina de Rentas, el estricto cumplimiento de lapresente Resolución. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.LUIS GARCÍA VILLACORTA Alcalde 01072 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Amplían Título V de la Ordenanza N” 204-MSS ORDENANZA Nº 214-MSS Santiago de Surco, 18 de enero de 2005 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOPOR CUANTO:El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 05-90-PCM, establece ensu artículo 140º que entidades como la nuestra debe diseñary establecer políticas para implementar de modo progresivo,programas de bienestar social e incentivos dirigidos a la promo-ción humana de los servidores y su familia, así como contribuiral mejor ejercicio de las funciones asignadas; pudiendo acce-der a estos programas los funcionarios y servidores contrata-dos de la entidad, en aquellos casos que corresponda; Que, los programas de bienestar social están dirigidos a contribuir al desarrollo humano del servidor de carrera y desu familia en lo que corresponda, procurando la atenciónprioritaria de sus necesidades básicas, de modo progresivo,mediante la ejecución de acciones destinadas a cubrir as-pectos como la alimentación del trabajador durante la jorna-da legal de trabajo; la movilidad para el traslado diario delservidor de su domicilio a la entidad y viceversa; la salud,