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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2005 (20/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 66

PÆg. 284974 NORMAS LEGALES Lima, jueves 20 de enero de 2005 medicina y asistencia social (en tanto no estén cubiertos por el seguro obligatorio que abonamos ante ESSALUD o porseguros que pudiere tener la entidad para estos efectos),subsidio por fallecimiento y por gasto de sepelio o serviciofunerario completo entre otros que están debidamente se-ñalados en el artículo 142º del Reglamento de la Ley de laCarrera Administrativa antes mencionada; Que, los programas de incentivos sirven para atender aspectos tales como los dispuestos en el artículo 147º deReglamento y mediante el cual se pueden otorgar becas ypréstamos por estudios o capacitación, para programa deturismo interno anual en favor de los servidores de carreradistinguidos, publicación de trabajo de interés para la enti-dad, compensación horaria por descanso por trabajo realiza-do en exceso a la jornada normal al estar prohibido su retribu-ción económica en la Ley de Presupuesto para el Año Fiscal2005 (Ley Nº 28427). Adicionalmente, el Reglamento en suartículo 148º permite otorgar incentivos por el desempeñoexcepcional, que se enmarca en constituir ejemplo para elconjunto de servidores; se oriente a cultivar labores sociales;o que redunden en beneficio de la entidad o que permitanmejorar la imagen de la Municipalidad ante la colectividad; Que, según lo señalado por la Oficina de Asesoría Ju- rídica con Informe Nº 1773-2004-OAJ-MSS, adicionalmentea los programas de bienestar social o a los denominadosprogramas de incentivos mediante los cuales se pudierarecompensar económicamente por parte de la Municipali-dad y de manera directa se puede fijar mediante ordenan-zas municipales que aprueben documentos de gestión ta-les como el Reglamento de Organización y Funciones, porlo que debe incorporarse el Capítulo de Incentivos en elTítulo V del Régimen Laboral, a fin que éstos sean dis-puestos directamente por el titular del pliego de la entidad; Contando con opinión favorable según Dictamen Nº 01-2005-CGM-MSS de la Comisión de Gestión Municipal y;de conformidad con los artículos 9º numeral 3), 39º y 40ºde la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; con dis-pensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, porMayoría aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Ampliar el Título V - Del Régimen Laboral, establecido en la Ordenanza Nº 204-MSS, con la redac-ción siguiente: TÍTULO V DEL RÉGIMEN LABORAL Artículo 192º.- En tanto se apruebe la nueva Ley de la Carrera Administrativa, los funcionarios y servidores públi-cos en general de la Municipalidad de Santiago de Surco,se encuentran comprendidos dentro del régimen laboralde la actividad pública. El personal de vigilancia y obreros se encuentran com- prendidos dentro del régimen laboral de la actividad priva-da a que se contrae el Texto Único Ordenado del DecretoLegislativo Nº 728 y sus Normas Complementarias, Modifi-catorias y Reglamentarias. Implementar el Programa de Incentivos a favor de los servido- res municipales: funcionarios, empleados, contratados en plani-lla y obreros que prestan servicios a esta Municipalidad, dentrode los límites establecidos en las Partidas Presupuestales apro-badas para el Ejercicio Presupuestal en el cual se harán efecti-vos; debiéndose tener en cuenta lo siguiente : a) El otorgamiento de incentivos se efectuará en base al reconocimiento de acciones excepcionales o de calidadextraordinaria en beneficio de la corporación y comunidadsurcana, bajo las condiciones siguientes : a) 1. Los funcionarios sólo podrán percibir por concepto de incentivo hasta el 18% de su remuneración mensual. a) 2. Empleados, contratados en planillas y obreros sólo podrán percibir por concepto de incentivo hasta el24% de su remuneración mensual. b) El Alcalde a propuesta del Gerente Municipal, podrá otorgar el estímulo económico, dentro de los porcentajes seña-lados en el literal A, correspondiendo al Gerente Municipalrecibir las propuestas que para tal efecto formulen los Geren-tes Centrales, quienes a su vez reciben las propuestas de losGerentes o Jefes de Oficina y Subgerentes, respectivamente. c) En forma mensual el Gerente Municipal, bajo respon- sabilidad, a través de la Oficina de Secretaría General,hará de conocimiento del Concejo el informe de otorga-miento de incentivo, indicando: - Nombre - apellido y cargo de confianza del beneficia- rio.- Porcentaje otorgado por concepto de incentivo. - La acción excepcional o extraordinaria efectuada con- forme al programa de incentivo que se implementa con lapresente ordenanza. Dentro del plazo de un mes y en la Sesión siguiente al otorgamiento del incentivo, deberá ser puesto en conoci-miento del Concejo. Artículo 2º.- El Alcalde mediante Decreto de Alcaldía establecerá los criterios técnicos complementarios a incluirdentro del Programa de Incentivos. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Tecnologías de Información y Procesos la elaboración del proyecto norma-tivo referente al desarrollo de los Derechos, Obligaciones,Prohibiciones y Responsabilidades de los servidores muni-cipales: funcionarios, empleados, contratados en planilla yobreros, con el objeto de integrarlo al Título V - Del Régi-men Laboral, establecido en la Ordenanza Nº 204-MSS. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 01156 Establecen derecho de emisión y distri- bución a domicilio de declaracionesjuradas de autoavalœo y hojas deliquidación del Impuesto Predial parael aæo 2005 ORDENANZA Nº 215-MSS Santiago de Surco, 18 de enero de 2005 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO:El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO:Que, la Cuarta Disposición Transitoria Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado porDecreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las Municipalida-des a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actuali-zación de valores, determinación de impuestos y de recibos depago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, unimporte no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributariavigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 177- 2004-EF el valor de la Unidad Impositiva Tributaria para elejercicio 2005 ha sido establecido en S/. 3,300.00; Que, resulta necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emisión mecani-zada de actualización de valores, determinación de tributos yde recibos de pago del Impuesto Predial correspondiente alejercicio 2005; Estando a los informes Nº 008-2005-GAT-GCAR-MSS y 060-2005-OAJ-MSS de la Gerencia de Administración Tributa-ria y Oficina de Asesoría Jurídica respectivamente, contandocon opinión favorable según Dictámenes Nºs 02-2005-CGM-MSS y 01-2005-CAJ/MSS de las Comisiones de Gestión Muni-cipal y de Asuntos Jurídicos respectivamente; De conformidad con los artículos 9º numerales 8) y 9), 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta,por Unanimidad, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL DERECHO DE EMISIÓN Y DISTRIBUCIÓN A DOMICILIO DE DECLARACIONES JURADAS DE AUTOVALÚO Y HOJAS DE LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL CORRESPONDIENTE AL AÑO 2005 Artículo 1º.- Fíjese en S/. 2.60 (Dos y 60/100 Nuevos Soles) el monto que deberán abonar los contribuyentespor concepto de derecho de emisión mecanizada de ac-tualización de valores y determinación del tributo y Hojas