Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2005 (20/01/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 20 de enero de 2005

medicina y asistencia social (en tanto no esten cubiertos por el seguro obligatorio que abonamos ante ESSALUD o por seguros que pudiere tener la entidad para estos efectos), subsidio por fallecimiento y por gasto de sepelio o servicio funerario completo entre otros que estan debidamente senalados en el articulo 142º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa MORDAZA mencionada; Que, los programas de incentivos sirven para atender aspectos tales como los dispuestos en el articulo 147º de Reglamento y mediante el cual se pueden otorgar becas y prestamos por estudios o capacitacion, para programa de turismo interno anual en favor de los servidores de MORDAZA distinguidos, publicacion de trabajo de interes para la entidad, compensacion horaria por descanso por trabajo realizado en exceso a la jornada normal al estar prohibido su retribucion economica en la Ley de Presupuesto para el Ano Fiscal 2005 (Ley Nº 28427). Adicionalmente, el Reglamento en su articulo 148º permite otorgar incentivos por el desempeno excepcional, que se enmarca en constituir ejemplo para el conjunto de servidores; se oriente a cultivar labores sociales; o que redunden en beneficio de la entidad o que permitan mejorar la imagen de la Municipalidad ante la colectividad; Que, segun lo senalado por la Oficina de Asesoria Juridica con Informe Nº 1773-2004-OAJ-MSS, adicionalmente a los programas de bienestar social o a los denominados programas de incentivos mediante los cuales se pudiera recompensar economicamente por parte de la Municipalidad y de manera directa se puede fijar mediante ordenanzas municipales que aprueben documentos de gestion tales como el Reglamento de Organizacion y Funciones, por lo que debe incorporarse el Capitulo de Incentivos en el Titulo V del Regimen Laboral, a fin que estos MORDAZA dispuestos directamente por el titular del pliego de la entidad; Contando con opinion favorable segun Dictamen Nº 01-2005-CGM-MSS de la Comision de Gestion Municipal y; de conformidad con los articulos 9º numeral 3), 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, por Mayoria aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- Ampliar el Titulo V - Del Regimen Laboral, establecido en la Ordenanza Nº 204-MSS, con la redaccion siguiente: TITULO V DEL REGIMEN LABORAL Articulo 192º.- En tanto se apruebe la nueva Ley de la MORDAZA Administrativa, los funcionarios y servidores publicos en general de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, se encuentran comprendidos dentro del regimen laboral de la actividad publica. El personal de vigilancia y obreros se encuentran comprendidos dentro del regimen laboral de la actividad privada a que se contrae el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 y sus Normas Complementarias, Modificatorias y Reglamentarias. Implementar el Programa de Incentivos a favor de los servidores municipales: funcionarios, empleados, contratados en planilla y obreros que prestan servicios a esta Municipalidad, dentro de los limites establecidos en las Partidas Presupuestales aprobadas para el Ejercicio Presupuestal en el cual se haran efectivos; debiendose tener en cuenta lo siguiente : a) El otorgamiento de incentivos se efectuara en base al reconocimiento de acciones excepcionales o de calidad extraordinaria en beneficio de la corporacion y comunidad surcana, bajo las condiciones siguientes : a) 1. Los funcionarios solo podran percibir por concepto de incentivo hasta el 18% de su remuneracion mensual. a) 2. Empleados, contratados en planillas y obreros solo podran percibir por concepto de incentivo hasta el 24% de su remuneracion mensual. b) El MORDAZA a propuesta del Gerente Municipal, podra otorgar el estimulo economico, dentro de los porcentajes senalados en el literal A, correspondiendo al Gerente Municipal recibir las propuestas que para tal efecto formulen los Gerentes Centrales, quienes a su vez reciben las propuestas de los Gerentes o Jefes de Oficina y Subgerentes, respectivamente. c) En forma mensual el Gerente Municipal, bajo responsabilidad, a traves de la Oficina de Secretaria General, MORDAZA de conocimiento del Concejo el informe de otorgamiento de incentivo, indicando: - Nombre - apellido y cargo de confianza del beneficiario.

- Porcentaje otorgado por concepto de incentivo. - La accion excepcional o extraordinaria efectuada conforme al programa de incentivo que se implementa con la presente ordenanza. Dentro del plazo de un mes y en la Sesion siguiente al otorgamiento del incentivo, debera ser puesto en conocimiento del Concejo. Articulo 2º.- El MORDAZA mediante Decreto de Alcaldia establecera los criterios tecnicos complementarios a incluir dentro del Programa de Incentivos. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia de Tecnologias de Informacion y Procesos la elaboracion del proyecto normativo referente al desarrollo de los Derechos, Obligaciones, Prohibiciones y Responsabilidades de los servidores municipales: funcionarios, empleados, contratados en planilla y obreros, con el objeto de integrarlo al Titulo V - Del Regimen Laboral, establecido en la Ordenanza Nº 204-MSS. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 01156

Establecen derecho de emision y distribucion a domicilio de declaraciones juradas de autoavaluo y hojas de liquidacion del Impuesto Predial para el ano 2005
ORDENANZA Nº 215-MSS
MORDAZA de MORDAZA, 18 de enero de 2005 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposicion Transitoria Final del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 1772004-EF el valor de la Unidad Impositiva Tributaria para el ejercicio 2005 ha sido establecido en S/. 3,300.00; Que, resulta necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de tributos y de recibos de pago del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2005; Estando a los informes Nº 008-2005-GAT-GCAR-MSS y 060-2005-OAJ-MSS de la Gerencia de Administracion Tributaria y Oficina de Asesoria Juridica respectivamente, contando con opinion favorable segun Dictamenes Nºs 02-2005-CGMMSS y 01-2005-CAJ/MSS de las Comisiones de Gestion Municipal y de Asuntos Juridicos respectivamente; De conformidad con los articulos 9º numerales 8) y 9), 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, por Unanimidad, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL DERECHO DE EMISION Y DISTRIBUCION A DOMICILIO DE DECLARACIONES JURADAS DE AUTOVALUO Y HOJAS DE LIQUIDACION DEL IMPUESTO PREDIAL CORRESPONDIENTE AL ANO 2005 Articulo 1º.- Fijese en S/. 2.60 (Dos y 60/100 Nuevos Soles) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores y determinacion del tributo y Hojas

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