Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2005 (20/01/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 20 de enero de 2005

infraestructura propia y el monto de capital minimo requerido para constituir una EPS; Que, la SEPS ha establecido la utilizacion del Indice de Precios al por Mayor (IPM) a Nivel Nacional, publicado por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI), como indicador para la actualizacion del capital minimo de las EPS; Que, es necesario actualizar el capital minimo de las EPS para el ano 2005, tomando como base el factor de actualizacion (1.0489) correspondiente a la variacion acumulada del IPM en el periodo enero-diciembre 2004; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso b) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SEPS, aprobado mediante Resolucion de Superintendencia Nº 029-2001-SEPS/CD, corresponde al Consejo Directivo aprobar los reglamentos y otras disposiciones de caracter general que MORDAZA de observancia obligatoria para el Sistema; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso c) del articulo 10º del citado Reglamento de Organizacion y Funciones de la SEPS, corresponde al Superintendente velar por la correcta ejecucion de los acuerdos del Consejo Directivo y expedir las Resoluciones que correspondan; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en Sesion Ordinaria Nº 001-2005-SEPS de fecha 13 de enero del 2005; SE RESUELVE: Articulo Unico.- ESTABLECER el Capital Minimo de las EPS para el ano 2005, conforme se indica: Provincias de Grupo I II III Capital Minimo en Nuevos Soles 1 261 000 883 000 630 000

nuestra Region y por ende la lucha frontal contra la pobreza, contra la marginacion y contra todo aquello que lesione o amenace sus sagrados intereses. Que, la trascendencia de tan magna fecha debe llegar a la conciencia y a la conviccion de todos los pobladores de nuestras 13 provincias y de los 127 distritos del siempre heroico departamento de Cajamarca. Que, las organizaciones publicas y privadas del ambito departamental y de la sociedad civil en su conjunto, deben perennizar en la memoria colectiva y en el corazon de cada Cajamarquino, el GRAN DIA, la FECHA GLORIOSA, el RECUERDO INMORTAL: ONCE DE FEBRERO DEL ANO 2005 CELEBRE SESQUICENTENARIO DE LA CREACION POLITICA DEL DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA. Que, estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Extraordinaria de fecha 30 de diciembre del ano 2004; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado por Ordenanza Regional Nº 0012003-CR/RC, el Pleno aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero.- DECLARAR en todo el ambito regional, el Ano 2005, como: "ANO DEL SESQUICENTENARIO DE LA CREACION POLITICA DEL DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA". Segundo.- Las Instituciones y Organizaciones Publicas y Privadas de la Region MORDAZA, CONSIGNARAN en todos los documentos oficiales que emitan, la denominacion aprobada en el articulo anterior, durante el ano 2005; en el margen superior del folio correspondiente; seguidamente de la Denominacion Nacional. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Institucional del Gobierno Regional MORDAZA, a los treinta dias del mes de diciembre del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GASTELUMENDI Presidente 01093

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente 01119

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran el Ano 2005 en el como "Ano del Sesquicentenario de la Creacion Politica del Departamento de Cajamarca"
ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2004-GRCAJ-CR
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA; POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el dia 11 de febrero del ano 2005, se cumplen 150 anos de creacion politica del departamento de Cajamarca. Que, tan importante acontecimiento historico ocurrido hace siglo y medio, fue el fruto valeroso y triunfal de una gesta heroica del pueblo de MORDAZA, el mismo que fue liderado por MORDAZA Casanova, MORDAZA MORDAZA Egusquiza, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, entre otros; cuya lucha y arrojo le dieron a MORDAZA el sitial y la categoria geopolitica que por justicia y por la voluntad de sus hijos le fue conferida. Que, la celebracion del Sesquicentenario de la creacion politica de nuestro departamento, congrega a cajamarquinos de ayer de ahora y de siempre en un solo emblema, un solo ideal y una sola consigna: El desarrollo Integral de

Acuerdan priorizar construccion y funcionamiento de Museo y Biblioteca Regional
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 0061-2004-GR.CAJ-CR
MORDAZA, 30 de diciembre de 2004 El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en su Sesion Extraordinaria de fecha 30 de diciembre del ano dos mil cuatro; VISTA y debatida la Mocion de Orden del Dia, presentada por el Vicepresidente Regional Dr. MORDAZA MORDAZA MARTELL, referente a priorizar la construccion y funcionamiento del Museo Regional y Biblioteca Regional de Cajamarca; con dispensa del Dictamen correspondiente; con el MORDAZA unanime del Pleno; y, CONSIDERANDO: - Que, el Gobierno Nacional, el Gobierno Regional y los Gobiernos Locales; al conmemorarse el sesquicentenario de la creacion politica del departamento de MORDAZA, deben priorizar y ejecutar obras y proyectos que representan un verdadero homenaje a la gesta libertaria de MORDAZA y al mismo tiempo constituyan importantes Hitos para el desarrollo integral de nuestros pueblos. - Que, el valor historico y el potencial turistico de MORDAZA, constituyen merito suficiente para la construccion y puesta en funcionamiento de un MUSEO y una BIBLIOTECA REGIONAL que recojan y perennicen los elementos historicos - culturales del departamento de Cajamarca. - Que, el desarrollo turistico de MORDAZA, es un eslabon fundamental en el corredor turistico norte, por lo que resulta imperativo la ejecucion de obras trascendentes que viabilicen objetivos estrategicos de crecimiento armonico y sostenible del turismo regional y macrorregional.

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