Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2005 (11/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, viernes 11 de febrero de 2005

PROYECTO NORMAS LEGALES

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Que, asimismo, teniendo en consideracion que el ERLL se conectara a la linea telefonica del abonado para llevar a cabo el registro del inicio y termino, asi como la duracion de la llamada telefonica, resulta necesario establecer las caracteristicas tecnicas que permitan entre otros, los siguientes objetivos: (i) no producir interferencias en la red de telecomunicaciones; (ii) no degradar la calidad de las comunicaciones; y (iii) efectuar una medicion exacta y fiable del inicio y duracion de la llamada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27791, los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC y 027-2004MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la MORDAZA tecnica de los Equipos Registradores de Llamadas (ERLL) a ser utilizados por los abonados, de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO

e. El software para programar el ERLL o recuperar los registros debera ser compatible con el Sistema Operativo Microsoft Windows 98 o posterior. f. Posibilidad de programacion desde el mismo ERLL o haciendo uso del teclado del terminal telefonico. Articulo 4º.- Caracteristicas Electricas del ERLL a. Debera alimentarse de la red electrica, con 220 Voltios de corriente alterna y contar con respaldo de baterias. El tiempo de autonomia minimo de la bateria de respaldo es de 10 horas. b. Debera estar protegido contra sobretensiones mayores de 200 V. de cresta, en la linea telefonica. c. Debera cumplir con las normas electricas vigentes en el MORDAZA respecto de la seguridad de las personas. d. La falta de alimentacion electrica para su funcionamiento, o MORDAZA del ERLL, no debera impedir el correcto funcionamiento del servicio telefonico. La informacion registrada debera permanecer sin ningun MORDAZA de modificacion, aunque falle la alimentacion de energia electrica del ERLL y sus baterias de respaldo. Articulo 5º.- Instalacion del ERLL

MORDAZA TECNICA DE LOS EQUIPOS REGISTRADORES DE LLAMADAS (ERLL) Articulo 1º.- Alcances La presente MORDAZA tecnica se aplica a los Equipos Registradores de Llamadas (ERLL) que utilizaran los abonados del servicio de telefonia fija local. Es facultad del abonado contar con el ERLL. Articulo 2º.- Definicion. Equipo Registrador de Llamadas.Equipo que permite detectar: a) el inicio y termino, b) medir la duracion, c) registrar y generar reportes, de las llamadas telefonicas que se realicen desde el aparato telefonico del abonado y d) registrar y generar reportes de los eventos que se produzcan, tales como corte de energia y MORDAZA en la linea. Articulo 3º.- Certificaciones del Equipo Registrador de Llamadas El ERLL debera contar previamente con los siguientes certificados: Para su internamiento, comercializacion y operacion con el Certificado de Homologacion expedido por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Para su comercializacion y operacion con el Certificado de Registro Metrologico (calibracion) expedido por el INDECOPI, o por aquella entidad acreditada ante el INDECOPI o entidades de certificacion del exterior que cuente con la aprobacion previa del INDECOPI.

a. Las conexiones del ERLL a la linea telefonica debera realizarse al interior del referido equipo, a fin de no tener conectores externos o expuestos a manipulacion. b. Los puntos de conexion con la linea telefonica deben contar con la proteccion adecuada que impida su modificacion, durante la medicion del consumo, por personas no autorizadas. c. La operacion para visualizar las llamadas o para obtener el reporte escrito, debera estar detallada en el manual de instalacion, elaborado por el fabricante del equipo. Articulo 6º.- Condiciones de operacion del ERLL a. Actuar como interfaz transparente para todas las senales que transiten por la linea telefonica, sin alterar el comportamiento de esta ni las funciones del equipo telefonico. b. Solo debera registrar aquellas senales necesarias para cumplir estrictamente con su definicion. Asimismo, se precisa que los ERLL no deberan tener registros de voz. c. Debe permitir la medicion del consumo al segundo. El error MORDAZA aceptado para el reloj interno del ERLL es de 1 MORDAZA al dia. d. El reloj calendario del ERLL se ajustara con la fecha y hora informada desde el centro conmutacion local de la empresa concesionaria del servicio de telefonia fija local. Para el cumplimiento de lo indicado, el concesionario del servicio de telefonia fija local se encuentra obligado a enviar en las comunicaciones entre el centro de conmutacion y el ERLL la informacion de hora y fecha. e. La medicion de la duracion de la llamada se inicia con la inversion de polaridad en la linea del abonado llamante. f. El ERLL registrara las llamadas completadas y los eventos anomalos, especificando la anomalia. g. Debera estar protegido contra ondas radioelectricas interferentes y no debera provocar interferencias de ningun tipo.

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Articulo 4º.- Caracteristicas Generales del Equipo Registrador de Llamadas El ERLL debera tener las siguientes caracteristicas generales: a. Portatil b. Capacidad de registro de mas de 1,000 eventos. c. Contar con indicadores de funcionamiento visibles que indiquen su estado: encendido u operativo, ausencia de voltaje en la linea telefonica, falta de energia electrica de alimentacion. d. Contar con un medio de transmision de datos 9600 bps como minimo de velocidad de transmision.

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