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PÆg. 286895 NORMAS LEGALES Lima, viernes 11 de febrero de 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, Vis- tos y Oídos, el Informe Nº 032-04-MDSJM/GDH/MOC-COMUL del Coordinador General del Módulo de Orien- tación y Consejería de San Juan de Miraflores con Vº Bº del Gerente de Desarrollo Humano; Informe Nº 2168-04-MDSJM/GM/OAJ de fecha 29.12.2004 de la Oficinade Asesoría Jurídica, referentes al Comité Multisectorialde Prevención de Consumo de Drogas y Violencia -COMUL del distrito de San Juan de Miraflores; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son gobiernos locales y en- tidades básicas de la organización territorial del estado ycanales inmediatos de participación vecinal en los asun- tos públicos; asimismo, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su com-petencia, representan al vecindario, buscando el desa-rrollo integral, sostenible y armónico de su jurisdicción;y, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sindrogas –DEVIDA, es un organismo público descentrali- zado adscrito al Sector de la Presidencia del Consejo de Ministros, que tiene como objetivos principales diseñar yconducir la política nacional de lucha contra el traficoilícito de drogas, del consumo ilegal de drogas tóxicasprevenir el consumo de drogas en el Perú y contribuir ala creación y fortalecimiento de programas de rehabilita- ción de drogadictos; Que, bajo esas prerrogativas, con fecha 24 de no- viembre de 1999 se firmó el “Convenio de Fortalecimien-to Institucional para una Comunidad Sin Drogas Ni Vio-lencia, CONTRADROGAS -PNUFID -Comité DistritalPreventivo contra el Abuso de Drogas y Violencia de San Juan de Miraflores”; el cual tenia dentro de sus objetivos el elaborar y ejecutar programas de preven-ción del consumo indebido de drogas y violencia, desti-nados a la comunidad en su conjunto, con especial inci-dencia en niños, adolescentes y jóvenes; incentivar laparticipación de la comunidad en las acciones de pre- vención, mediante la formación de líderes juveniles, me- diadores sociales y animadores culturales, que les densostenibilidad a los programas; coordinar la participa-ción de especialistas, en los programas de prevención,para que los mismos puedan ser replicados exitosa-mente por líderes, animadores y mediadores; y crear las condiciones necesarias para que el Comité pueda desarrollar acciones de manera eficaz; Que, la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipali- dades, vigente al momento de suscribirse el Convenioestablecía que, eran funciones de las Municipalidadesen materia de población, salud y saneamiento ambiental, entre otras, la de realizar programas de prevención y de educación sanitaria y profilaxia local; Que, por Decreto Supremo Nº 032-2002-PCM, se modifica el Decreto Legislativo Nº 824, que creaba laOficina de CONTRADROGAS cambiándola por la nue-va denominación DEVIDA -Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas- y aprueba asimismo su Reglamento de Organización y Funciones; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades vigente, Ley Nº 27972 publicada el 27 de mayo del 2003 en su artículo73º inciso 7) establece que, las Municipalidades, tomandoen cuenta su condición de municipalidad provincial o Dis- trital, asumen las competencias y ejercen funciones es- pecíficas, con carácter exclusivo o compartido en lassiguientes materias, Prevención y Rehabilitación y Luchacontra el consumo de drogas; en consecuencia, promue-ve programas de prevención y rehabilitación en los casosde consumo de drogas y alcoholismo; asimismo, a inicia- tiva de la municipalidad se podrán organizar Comités Multisectorial de prevención del consumo de drogas, conla participación de los vecinos con la finalidad de diseñar,monitorear, supervisar, coordinar y ejecutar programas oproyectos de prevención del consumo de drogas y deconductas de riesgo en el ámbito local, pudiendo para ello contar con la asistencia técnica de la Comisión Nacional Para El Desarrollo y Vida Sin Drogas - DEVIDA; Que por Decreto Supremo Nº 004-2004 PCM del 28 de enero del 2004 y publicado al día siguiente en el DiarioOficial El Peruano, se aprueba la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2002-2007,señalando en elreferido dispositivo el carácter Multisectorial de la normay que el financiamiento para su implementación se efec-tuará a través de todos los estamentos del GobiernoNacional, de acuerdo a los ámbitos de su competencia, recursos y programas de acción, coordinados por DE- VIDA y complementados con los recursos de la coope-ración internaciona. La Municipalidad de San Juan deMiraflores, a través del Comité Multisectorial, forma par-te de esta estrategia y se inserta en el Programa dePrevención del consumo de Drogas y Rehabilitación del Drogodependiente; Que, el Comité Multisectorial de Prevención para el Consumo de Drogas y Violencia, por decisión de la ac-tual gestión municipal, fue reactivado con fecha 13 defebrero de 2004, debido a la trascendencia y gravedaddel problema de drogas y violencia de la población en el distrito; asimismo, se estableció que la Institución Muni- cipal era el espacio ideal para concertar esfuerzos, es-tablecer diversos programas y actividades de preven-ción y la atención para combatir las drogas y la violenciade acuerdo a nuestra realidad, recursos propios, y alfinanciamiento externo al que podamos acudir, todo ello integrado a planes generales de desarrollo del distrito; Que, en ese sentido y a efectos de buscar materiali- zar los objetivos buscados por la Comisión Multisecto-rial es necesario reconocer y conformar el Comité Mul-tisectorial de prevención de consumo de drogas y vio-lencia - COMUL del distrito de San Juan de Miraflores, hecho que redundará en beneficio de los vecinos y es- pecialmente de los jóvenes del distrito; Que, estando a lo expuesto y en ejercicio de las atri- buciones conferidas por el artículo 41º de la Ley Orgáni-ca de Municipalidades - Ley Nº 27972, debatido en elPleno del Concejo, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, y con el voto Unánime; ACUERDA:Artículo Primero.- Reconocer al Comité Multisecto- rial de prevención de consumo de drogas y violencia – COMUL del distrito de San Juan de Miraflores, como un ente de concertación entre la Sociedad Civil, Institucio-nes Públicas y Privadas, y el Gobierno Local, que seencarga de coordinar y ejecutar acciones y proyectosorientados a la prevención de consumo de drogas yviolencia. Artículo Segundo.- Conformar el Comité Multisec- torial del distrito de San Juan de Miraflores con las enti-dades siguientes: 1.- Municipalidad de San Juan de Miraflores Gerencia de Desarrollo Humano Gerencia de Seguridad CiudadanaDEMUNAAdministración de Lucha Contra la Pobreza 2.- Red de Servicios de Salud SJM-VMT. Microred de Salud de San Juan de Miraflores Hospital Materno Infantil “Manuel Barreto”Centro de Salud de San Juan de MirafloresCentro de Salud Leonor Saavedra 3.- Hospital María Auxiliadora 4.- Ministerio del Interior Comisaría “San Juan De Miraflores” Comisaría “Laderas De Villa”Comisaría “Pamplona I” Comisaría “Pamplona II” Comisaría “Mateo Pumacahua ”Comisaría “San Juan De Miraflores Zona A” Centro Preventivo de San Juan de Miraflores 5.- UGEL 01 Instituciones Educativas Nacionales de San Juan de Miraflores