Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2005 (11/02/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 11 de febrero de 2005

Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA del presente Acuerdo y antecedentes del caso a la Procuraduria Publica Municipal para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02991

Autorizan a procurador iniciar acciones a presuntos responsables de la comision de delitos en agravio de la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 000001-2005/MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 7 de enero del 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, Vistos y Oidos, el Informe Nº 001-04-MDSJM-CE de fecha 17.12.2004 remitido con Oficio Nº 481-04-MDSJM-CE de fecha 17.12.2004 de la Comision Especial de Investigacion sobre Presunta Apropiacion Ilicita de algunos Cajeros en Agravio de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 000117-2004/ MDSJM de fecha 19.10.2004 se conformo la Comision Especial para que se avoque a la investigacion respecto a presunto delito de apropiacion ilicita en agravio de esta Entidad por parte de algunos servidores cajeros que laboraban en Tesoreria de esta Comuna en el ano 2002, a fin de determinarse e individualizar a los responsables; Que, los hechos investigados por la indicada Comision se refieren a lo precisado por el Procurador Publico Municipal mediante Memorandum Nº 159-04-MDSJM/GM/PPM, que hace de conocimiento que ha recibido de la Gerencia de Rentas los expedientes 8742-04, 8743-04 y el Memorando Nº046-SGF-03, por el que se dio cuenta de una presunta apropiacion ilicita de dinero de este Municipio, senalando que con fecha 22.07.2004 la Subgerencia de Tesoreria determino que los recibos 45362, 45361 y 16510 por un importe total de S/. 27,420.49 (VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTE CON 49/100 NUEVOS SOLES) cancelados por la Asociacion de Comerciantes "Oasis de San Juan", no estaban registrados en caja; asimismo senalo que mediante Informe Nº 17-04-KTN se establece que los tres MORDAZA referidos recibos no estan registrados en el reporte diario de los cajeros; precisando ademas que no se ha identificado o individualizado los servidores cajeros que se habrian apropiado ilicitamente del dinero recaudado, lo que amerita una urgente y exhaustiva investigacion para sancionar a los responsables; Que, la MORDAZA referida Comision Especial mediante Informe Nº 001-04-MDSJM-CE de fecha 17.12.2004, hace de conocimiento sus conclusiones precisando: 1. De acuerdo al analisis de la informacion se ha constatado la manipulacion indiscriminada y sin autorizacion al manejo de la base de datos por personas no autorizadas; 2. Se ha notado el ingreso por personal no autorizado a la base de datos manipulando el movimiento, toda vez que el sistema al emitir un recibo imprime los movimientos en forma secuencial y correlativa, senalando que el movimiento 45361 y 45362 del dia 15.8.2002, debio ser mayor que el movimiento 46510 del 15 de junio, pero sin embargo sucedio lo contrario, por estos y otros indicios encontrados se puede determinar con veracidad la MORDAZA manipulacion de la base de datos en los anos anteriores al 2003; 3. Del cruce de informacion de los MORDAZA de usuarios y sellos de MORDAZA con el cuadro de movimiento se deduce que los sellos utilizados en los

recibos de pagos de los contribuyentes pertenecen a los senores: MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Yanavilca, siendo dichos trabajadores presuntos autores de la sustraccion y apropiacion indebida de la suma de S/. 27,420.49 (VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTE CON 49/ 100 NUEVOS SOLES) que fueron pagados a la MORDAZA de la Municipalidad por la Asociacion de Comerciantes "Oasis de San Juan" por conceptos de obligaciones tributarias; recomendando la citada Comision Especial se autorice al Procurador Publico Municipal inicie las acciones penales contra los MORDAZA indicados servidores y contra los que resulten responsables de los delitos de Apropiacion Ilicita, Peculado y omision de deberes funcionales previstos y penados por los articulos 190º, 387º y 377º del Codigo Penal, facultandolo a presentar la denuncia ante el Ministerio Publico para el ejercicio de la accion penal correspondiente de ser el caso como ampliacion del MORDAZA penal actualmente en tramite sobre similares hechos; asimismo autorizar al Procurador Publico Municipal para la MORDAZA de las medidas cautelares necesarias para recuperar el dinero sustraido y la accion civil que sea necesaria contra los implicados, en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad, y poner en conocimiento de la Contraloria General de la Republica y la Comision de Procesos Administrativos; Que, el articulo 9º inciso 23) de la nueva Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 establece que corresponde al Concejo Municipal autorizar al Procurador Publico Municipal para que en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el organo de control interno MORDAZA encontrado responsabilidad civil o penal; asi como en los demas procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes; Que, estando a lo expuesto y a la normatividad vigente como es la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, debatido en el pleno del Concejo, con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, y con el MORDAZA mayoritario; RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Publico Municipal de esta Comuna para que inicie las acciones penales por los hechos expuestos, contra los servidores: Sr. MORDAZA MORDAZA y Sr. MORDAZA Yanavilca y contra los que resulten responsables de los delitos de Apropiacion Ilicita, Peculado y omision de deberes funcionales en agravio de esta Comuna, facultandolo a presentar la denuncia penal ante el Ministerio Publico para el ejercicio de la accion penal correspondiente de ser el caso como ampliacion del MORDAZA penal actualmente en tramite sobre similares hechos. Articulo Segundo.- AUTORIZAR al Procurador Publico Municipal de esta Comuna para la MORDAZA de las medidas cautelares necesarias para recuperar el dinero sustraido y la accion civil que sea necesaria contra los implicados, en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento de la Contraloria General de la Republica y la Comision de Procesos Administrativos. Articulo Cuarto.- Remitir MORDAZA del presente Acuerdo y antecedentes del caso a la Procuraduria Publica Municipal para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02994

Reconocen al Comite Multisectorial de Prevencion de Consumo de Drogas y Violencia - COMUL
ACUERDO DE CONCEJO Nº 000019-2005/MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 24 de enero del 2005

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