Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2005 (11/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 11 de febrero de 2005

27972, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, por Unanimidad, aprobo la siguiente: ORDENANZA SE ESTABLECE LA EMISION, DISTRIBUCION Y FECHA DE VENCIMIENTO DE LA DETERMINACION DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES, EJERCICIO 2005 Articulo 1º.- FIJESE en S/. 3.00 (Tres y 00/100 Nuevos Soles) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto del derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores y determinacion del tributo y hojas de liquidacion del Impuesto Predial del 2005, incluida su distribucion a domicilio. Por cada predio adicional, se abonara S/. 1.00 (Un MORDAZA Sol) por el derecho mencionado, y en ningun caso excedera el 0.04% de la UIT (S/. 13.00 Nuevos Soles). Articulo 2º.- ESTABLECER los vencimientos del Impuesto Predial para el ejercicio 2005, segun el calendario siguiente: Pago al Contado: Pago Fraccionado: Primera Cuota MORDAZA cuota Tercera cuota Cuarta cuota 28 31 31 30 de de de de febrero del 2005. MORDAZA del 2005. agosto del 2005. noviembre del 2005. 28 de febrero del 2005.

Asesoria Juridica sobre recurso de apelacion formulada por el Consorcio MORDAZA Servicios S.A. - Servicios Ecologicos Diferenciados S.A.C., contra el otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Publico Nº 002-2002-CPMDL; CONSIDERANDO: Que con fecha 28 de enero del 2005 el Consorcio MORDAZA Servicios S.A. - Servicios Ecologicos Diferenciados S.A.C. formula recurso de apelacion contra la decision del Comite Especial Colegiado, que en el Concurso Publico Nº 002-2004-CP-MDL "Servicio Integral de Limpieza Publica" anos 2005 - 2006 MORDAZA Convocatoria, en la cual con fecha 21 de enero del 2005 otorgo la Buena Pro al Consorcio INNTEC S.A. - Recojo S.A., al haber obtenido el puntaje total General de 118.320, incluida la bonificacion del 20% dispuesto por el D.S. Nº 003-2001-PCM; Que, el Consorcio impugnante solicita en su recurso que se declare nulo el acto de otorgamiento de Buena Pro, se deje sin efecto la adjudicacion otorgada y se declare nula la etapa de calificacion de propuestas, sustentado en que el postor ganador incumplio con lo requerido en las bases al presentar como personal propuesto al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ingeniero Sanitario que tiene como MORDAZA de trabajo a la emitida por Innovaciones Tecnologicos del Medio Ambiente desde 1999 a la fecha, juridica que constituye una de las empresas conformantes del Consorcio ganador, y presentado al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ingeniero Agronomo, con trabajos de arborizacion y areas verdes que no guardan relacion con el objeto del MORDAZA de seleccion por lo que, argumenta, el consorcio ganador presento profesionales sin las condiciones requeridas debiendo haber perdido tres puntos en la calificacion. Asimismo expresa que las facturas presentadas por el consorcio para acreditar los volumenes de venta no guardan relacion con el objeto del MORDAZA por referirse a servicios de alquiler de vehiculos prestados a la Municipalidad de San MORDAZA, servicio distinto al convocado expresando, ademas, que los integrantes del consorcio se han emitido facturas entre si, incrementando los volumenes de venta, lo cual el Comite Especial no ha advertido incurriendo en calificacion indebida; Que, habiendose corrido traslado de la apelacion al consorcio ganador, procedieron a absolver el traslado expresando que las bases administrativas solicitaban en el numeral 2 de la Evaluacion de la Propuesta Tecnica, como factor del personal que fuera Ingeniero Sanitario y/o afines con experiencia similar al objeto de la convocatoria, habiendo cumplido cabalmente el Consorcio con lo requerido al haber presentado personal que tiene la experiencia relacionada con el objeto de la convocatoria y que el puntaje correspondiente es de siete puntos y no de tres puntos cuando se trata de mas de cinco anos de experiencia del supervisor. En relacion a las facturas presentadas expresa que el Consorcio supero en demasia los montos solicitados por las bases, estando su facturacion por encima de los S/. 10'000.000.00, deviniendo en infundada las alegaciones, considerando que el apelante no ha referido las facturas que cuestiona, lo que evidencia su intencion de obstaculizar el proceso. Asimismo indica que las licencias de conducir de los choferes presentados por el impugnante se encuentran vencidos, asi como la mayoria de los Seguros Obligatorio de Accidentes de MORDAZA presentados en la oferta tecnica, por lo que no se encontraban aptos, debiendosele restar cinco puntos al consorcio impugnante; Que, del expediente del Concurso Publico Nº 0022004-CP-MDL, se tiene que mediante Resolucion de Alcaldia Nº 622-2004-MDL de fecha 9 de diciembre del 2004, se aprobo las Bases Administrativas del MORDAZA de Seleccion Concurso Publico Nº 002-2004-CP-MDL Servicio Integral de Limpieza Publica - MORDAZA Convocatoria, posteriormente se procedio a la convocatoria, por el valor referencial de S/. 5'065.356,20 habiendose integrado las Bases, en sesion del Comite Especial del 5 de enero del 2005, ante la observacion formulada por la Empresa MORDAZA S.A.C., sobre el numeral 1.3 relacionado al tiempo de la actividad;

Articulo 3º.- FIJESE en S/. 3.00 (Tres y 00/100 Nuevos Soles) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto del derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores y determinacion del tributo y hojas de liquidacion de los arbitrios de limpieza publica; parques y jardines publicos y del Serenazgo del 2005, incluida su distribucion a domicilio, por predio. Articulo 4º.- ESTABLECER las fechas de vencimiento de los arbitrios municipales de arbitrios de limpieza publica; parques y jardines publicos y del Serenazgo, correspondientes al ejercicio 2005 de manera bimensual, como sigue: Primera cuota MORDAZA cuota Tercera cuota Cuarta cuota MORDAZA cuota Sexta cuota : : : : : : 28 de febrero 29 de MORDAZA 30 de junio 31 de agosto 31 de octubre 30 de diciembre

Articulo 5º.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas el correcto cumplimiento de la presente ordenanza y a las demas oficinas en cuanto a su competencia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03060

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Declaran nulidad de MORDAZA de seleccion y de resolucion aprobatoria de bases para el servicio integral de limpieza publica
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 059-2005-MDL Lince, 4 de febrero del 2005 VISTO: El Informe del Comite Especial Nº 002-2004-CP-MDL y el Informe Nº 052-2005-MDL/GAJ de la Gerencia de

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