Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2005 (09/07/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 125

MORDAZA, sabado 9 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 296457

ano, para el dia sabado 27 de agosto del 2005, a horas 10.00 a.m. en la Plaza MORDAZA de Pueblo Libre. Articulo Segundo.- Los contrayentes para acreditar que cumplen con los requisitos senalados en el articulo 248º del Codigo Civil, deberan presentar los siguientes documentos: a) Copias certificadas de las Partidas de Nacimiento, actualizadas con no mas de treinta (30) dias de antiguedad (Art. 248º Codigo Civil) b) MORDAZA fedateada o legalizada por Notario Publico, del D.N.I., con la MORDAZA de haber participado en el ultimo sufragio. c) En caso de tratarse de viudos(as), divorciados(as), menores de edad o extranjeros, deberan adjuntar los documentos adicionales, segun sea el caso. d) Certificados domiciliarios con no mas de 30 (treinta) dias de antiguedad. e) Certificado medico valido y vigente de cada contrayente. f) Dos testigos mayores de edad, debidamente identificados. Articulo Tercero.- Exonerar a los contrayentes que participan en este acto, del cumplimiento de los siguientes requisitos: a) Los derechos de pago por concepto de Pliego Matrimonial y Ceremonia de Matrimonio Civil de la Division de Registros Civiles de la Gerencia de Desarrollo Humano. b) Los derechos de pago por los servicios de certificados medicos pre-nupciales de la Division de Sanidad de la Gerencia de Desarrollo Humano. Articulo Cuarto.- Dispensar de la publicacion de avisos matrimoniales a los contrayentes que participen en el presente Matrimonio Civil Comunitario, en observancia a la atribucion conferida por el articulo 252º del Codigo Civil. Articulo Quinto.- Establecer como plazo para la MORDAZA de expedientes, hasta el dia 12 de agosto del presente ano. Articulo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Humano, a traves de la Division de Registros Civiles y la Division de Sanidad, a la Oficina de Comunicacion Social, a la Oficina de Participacion Vecinal y a la Oficina de Administracion, el cumplimiento de la presente Ordenanza, en cuanto les compete. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 12295

mo, con Resolucion de Alcaldia Nº 440-2005-MPL se acepta la renuncia del citado funcionario; Que, con la Resolucion de Alcaldia Nº 441-2005-MPL, se designa al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Director de la Oficina de Comunicacion Social; Que, es necesario realizar las acciones pertinentes para el cumplimiento de los fines administrativos de la Municipalidad; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al Director de la Oficina de Comunicacion Social, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como funcionario responsable de brindar la informacion que sea solicitada, en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 27806. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 12310

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Reglamentan el otorgamiento de autorizaciones para realizar MORDAZA infantiles en los parques del distrito de San MORDAZA
ORDENANZA Nº 116-MSI EL MORDAZA DE SAN MORDAZA POR CUANTO EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTO, en Sesion Ordinaria de fecha 5 de MORDAZA de 2005, el Dictamen Nº 001-2005-CSC/MSI, de la Comision de Servicios a la Ciudad; y, CONSIDERANDO: Que, es competencia de los gobiernos locales preservar la tranquilidad y paz del distrito, en MORDAZA con los dispositivos legales vigentes, conforme lo establece la ley organica de municipalidades Nº 27972; Que, en el distrito de San MORDAZA se tiene por costumbre realizar MORDAZA infantiles particulares y privadas en los parques de la jurisdiccion; Que es necesario dictar las normas especificas destinadas a regular el procedimiento para otorgar autorizaciones para realizar MORDAZA infantiles en los parques del distrito; y, En uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por mayoria y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta aprobo la siguiente: ORDENANZA

Designan funcionario responsable de brindar informacion al MORDAZA de la Ley Nº 27806
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 444-2005-MPL Pueblo Libre, 4 de MORDAZA de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO: Que, el articulo 8º de la Ley Nº 27806 -"Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica" establece que las entidades de la administracion publica, obligadas a otorgar informacion, deberan identificar bajo responsabilidad de su MORDAZA representante, al funcionario encargado de brindar informacion; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 320-2004MPL se le designa al senor Max MORDAZA Rossi, Director de la Oficina de Comunicacion Social, como responsable de brindar la informacion que sea solicitada. Asimis-

QUE REGLAMENTA EL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIONES PARA REALIZAR MORDAZA INFANTILES EN LOS PARQUES DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA Articulo Primero.- El presente reglamento tiene por finalidad establecer las disposiciones que deberan cumplirse para el uso de parques del distrito cuando se vaya a realizar MORDAZA infantiles particulares en ellos. El presente reglamento es de obligatorio cumplimiento para todos los vecinos de San MORDAZA, para lo cual se debe entender como vecino a todo contribuyente que efectivamente reside en el distrito. Articulo Segundo.- La autorizacion para el uso de parques del distrito para la realizacion de MORDAZA infantiles solo sera otorgada a la persona responsable de la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.