Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2005 (12/07/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 12 de MORDAZA de 2005

Que, conforme al MORDAZA legal vigente, la Superintendencia de Bienes Nacionales opina favorablemente por la donacion mediante los Informes Tecnico Legales Nº 0702005/SBN-GO-JAD y Nº 071-2005/SBN-GO-JAD, de fecha 21 de junio de 2005; Que, teniendo en cuenta la finalidad social para la cual solicita la donacion, cualquier beneficio que genere la implementacion del proyecto del Hogar Don Bosco, sera destinado al desarrollo y mejoramiento del citado proyecto, garantizando asi la continuidad del mismo en beneficio de la colectividad en forma permanente; Que, el articulo 19º del Decreto Supremo Nº 154-2001EF, senala que cuando el adquirente de un predio de propiedad estatal no utilice el mismo para la finalidad para la cual le fue transferido, el Estado revertira el predio a su dominio; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2003-EF y a la Directiva Nº 006-2002/SBN que regula el procedimiento para la donacion de predios del dominio privado del Estado de libre disponibilidad; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la donacion predial a favor del Obispado de la Diocesis de Chimbote de los siguientes predios de propiedad estatal: - Predio de 744 663,02 m² denominado Parcela Nº 2 del subsector Campamento Tangay del sector CH-1, ubicado en el distrito de MORDAZA Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA inscrito en la Partida Electronica Nº 11014783 del Registro de Predios de la MORDAZA Registral Nº VII - Sede Chimbote y registrado en el Asiento Nº 2542 del Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al departamento de Ancash. - Predio de 753 976,89 m² denominado Parcela Nº 1 del lote 6C-I del subsector Tangay del sector CH-1, ubicado en el distrito de MORDAZA Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Electronica Nº 11014784 del Registro de Predios de la MORDAZA Registral Nº VII - Sede Chimbote y registrado en el Asiento Nº 2543 del Sistema de Informacion Nacional de Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al departamento de Ancash. Articulo 2º.- Los predios materia de donacion deben ser destinados por el Obispado de la Diocesis de Chimbote para desarrollar el proyecto del Hogar Don Bosco como un centro de educacion social y capacitacion MORDAZA, agroindustrial y acuicola, destinado a reinsertar socialmente a jovenes desadaptados a traves del desarrollo de las bondades y beneficios de diversas tecnicas de riego, crianza y cultivo que se instalaran en el area solicitada, constituyendose asi en un medio de capacitacion avanzada y practica en beneficio de la colectividad. Articulo 3º.- Los predios donados revertiran al dominio del Estado si en un plazo de cuatro anos, computados a partir de la suscripcion de la escritura publica correspondiente el Obispado de la Diocesis de Chimbote no cumpliera con la finalidad de la donacion. Articulo 4º.- La Superintendencia de Bienes Nacionales, en nombre y representacion del Estado, otorgara la correspondiente Escritura Publica de transferencia a favor del Obispado de la Diocesis de Chimbote. Articulo 5º.- La MORDAZA Registral Nº VII - Sede Chimbote de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos inscribira, la donacion predial a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, por el merito de la correspondiente Escritura Publica. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 12451

EDUCACION
Nombran a ex trabajadores cuyos ceses fueron reconocidos como irregulares
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0427-2005-ED
MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2005 Visto, el Informe Nº 001-2005-ME/Comision de Reingresantes y antecedentes adjuntos; CONSIDERANDO Que, mediante Ley Nº 27803 Ley que implementa las recomendaciones derivadas de las Comisiones creadas por las Leyes Nºs. 27452 y 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las Empresas del Estado sujetas a procesos de promocion de la inversion privada y en las entidades del Sector Publico y Gobiernos Locales, se establecieron los beneficios para los ex trabajadores que fueron cesados irregularmente; Que, con la dacion de la Ley Nº 28299, Ley que modifica a la Ley Nº 27803, se establecio que para atender el beneficio de reincorporacion se debera tener en cuenta las plazas vacantes generadas a partir del ano 2002, ademas senala dicha MORDAZA que la reincorporacion se efectuara como MORDAZA vinculo laboral. Considerando como requisito para ello, que las personas cuyos ceses han sido reconocidos como irregulares esten inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente; Que, el Ministerio de Trabajo a traves de los Oficios Nºs. 04-2005-MTPE/DVMT de fecha 16 de febrero de 2005, Nº 709-2005-MTPE/DVMT de fecha 2 de marzo de 2005 y Nº 1214-2005-MTPE/DVMT de fecha 12 de MORDAZA de 2005 remitio al Ministerio de Educacion la relacion de personas que optaron, en el Pliego 10 del Ministerio de Educacion, por el beneficio de la reincorporacion y se encuentran inscritas en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente; Que, ante consulta efectuada por la Comision Especial del Ministerio de Educacion a traves de su Secretaria General, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo con Oficio Nº 1331-2005-MTPE/DVMT e Informe Nº 413-2005MTPE-OAJ/OAAL, senalo que tambien se pueden considerar para el MORDAZA de la reincorporacion las plazas que se encuentren vacantes en el Presupuesto Analitico de Personal (PAP) aprobado; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0611-2004 del 30 de noviembre de 2004, modificada por Resolucion Ministerial Nº 0646 del 17 de diciembre de 2004, se crea la Comision Especial del Sector Educacion encargada de implementar el Programa Extraordinario de Beneficios a favor de los ex trabajadores inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente, conforme a lo establecido en la Ley Nº 27803 y normas conexas; Que, de la interpretacion de las normas legales e informe del Ministerio de Trabajo, se establecio que en la Sede Central existen 11 plazas vacantes presupuestadas y en las demas Unidades Ejecutoras existen las plazas para reincorporar a la totalidad de sus ex trabajadores que se acogieron al beneficio de la reincorporacion; Que, de las diversas reuniones de trabajo sostenidas con la presencia de todos los miembros de la Comision Especial del MED, segun consta en las respectivas actas, se ha logrado elaborar los respectivos MORDAZA de Ubicacion de los ex trabajadores irregularmente cesados en plazas vacantes y presupuestadas correspondientes a la Sede Central del MED, la Direccion Regional de Educacion, y las distintas Unidades de Gestion Educativa Local de MORDAZA Metropolitana, en aplicacion de las normas legales vigentes y los criterios administrativos previamente establecidos en el sector; Que, con fecha 20 de junio de 2005 la Comision Especial del Sector Educacion encargada de implementar el Programa Extraordinario de Beneficios a favor de los ex trabajadores inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente, a traves del Informe Nº 0012005-ED/Comision de Reingresantes ha emitido las conclusiones y recomendaciones del MORDAZA efectuado; y, De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762 modificado por Ley Nº 26510, Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento; Ley Nº 27803 modificada por Ley Nº 28299 y los Decretos Supremos Nº 051-95-ED y 002-96-ED, y normas conexas y complementarias;

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