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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2005 (15/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 39

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G37/G35/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 15 de julio de 2005 Que, mediante Acuerdo Nº 326 de fecha 28 de junio de 2005 la Comisión Nacional Técnica de Arqueología,recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacio-nal de Cultura, declare Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos Cushpa y Pumacoto, ubicados en el distrito de San Buenaventura, provincia de Canta,departamento de Lima; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Di- rección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico,Dirección de Arqueología, Subdirección de Investiga- ción y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decre-to Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamen-to de Organización y Funciones del Instituto Nacional deCultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción a los sitios arqueológicos Cushpa y Pumacoto, ubi-cados en el distrito de San Buenaventura, provincia de Canta, departamento de Lima. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Arqueología de la Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio His-tórico del Instituto Nacional de Cultura la elaboración delexpediente técnico de los sitios arqueológicos mencio-nados en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, ca- minos, carreteras, canales, denuncios mineros o agro-pecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afec-tar o alterar el paisaje de los sitios arqueológicos declara-dos "Patrimonio Cultural de la Nación", debe contar conla aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autori-dades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 12531 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 920/INC Lima, 6 de julio de 2005 VISTO, el Acuerdo Nº 328 de fecha 28 de junio de 2005 en su Sesión Nº 17 de fecha 28 de junio de 2005; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con per-sonería jurídica de derecho público interno; responsablede la promoción y desarrollo de las manifestaciones cul- turales del país y de la investigación, preservación, con- servación, restauración, difusión y promoción delPatrimonio Cultural de la Nación; Que, de acuerdo al Artículo VI del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 Ley General del Patrimonio Cultural dela Nación, encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Informe Nº 332-2005-INC-DREPH/DA/ SDIC/JPRB de fecha 22 de junio de 2005, el Sr. JuanPedro Ramírez Beramendi, de la Subdirección de Inves-tigación y Catastro, comunica que se ha realizado el levantamiento topográfico, delimitación de poligonal perimétrica y georeferenciación del Sitio ArqueológicoCerro Ollería con la supervisión del Lic. Luis MouletSílva, asimismo el referido sitio arqueológico no ha sidodeclarado Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 328 de fecha 28 de junio de 2005, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacio-nal de Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Cerro Ollería, ubicado en los distritos de San Antonio y Santa Cruz de Flores, provincia de Cañete, departamento de Lima;- Aprobar el Plano Perimétrico del Sitio Arqueológico Cerro Ollería Nº PP-006-INC_DREPH/DA/SDIC-2005,de fecha 6 de junio de 2005, a escala 1/2000, con unárea de 27.35 Has y un perímetro 3478.14 ml., ubicado en los distritos de San Antonio y Santa Cruz de Flores, provincia de Cañete, departamento de Lima, con su res-pectiva ficha técnica y memoria descriptiva; - Aprobar el Plano Topográfico del Sitio Arqueológico Cerro Ollería Nº PTOP-006-INC_DREPH/DA/SDIC-2005, de fecha 7 de junio de 2005, a escala 1/2000, con un área de 27.35 Has y un perímetro 3478.14 ml., ubica- do en los distritos de San Antonio y Santa Cruz de Flo-res, provincia de Cañete, departamento de Lima, con surespectiva ficha técnica y memoria descriptiva; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Di- rección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investiga-ción y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción al Sitio Arqueológico Cerro Ollería, ubicado en los distritos de San Antonio y Santa Cruz de Flores, provin- cia de Cañete, departamento de Lima. Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico del Sitio Arqueológico Cerro Ollería Nº PP-006-INC_DREPH/DA/SDIC-2005, de fecha 6 de junio de 2005, a escala 1/2000, con un área de 27.35 Has y un perímetro 3478.14 ml., ubicado en los distritos de San Antonio y Santa Cruz de Flores, provincia de Cañete, departamento de Lima,con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. Artículo 3º.- Aprobar el Plano Topográfico del Sitio Arqueológico Cerro Ollería Nº PTOP-006-INC_DREPH/DA/SDIC-2005, de fecha 7 de junio de 2005, a escala 1/ 2000, con un área de 27.35 Has y un perímetro 3478.14 ml., ubicado en los distritos de San Antonio y Santa Cruzde Flores, provincia de Cañete, departamento de Lima,con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. Artículo 4º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológicomencionado en el artículo 1º y de los planos señaladosen los artículos 2º y 3º de la presente resolución. Artículo 5º.- Cualquier proyecto de obra nueva, ca- minos, carreteras, canales, denuncios mineros o agro- pecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afec- tar o alterar el paisaje del Sitio Arqueológico declarado"Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con laaprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 6º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autori- dades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 12532 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G50/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G43/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4E/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G20/G41/G72/G71/G75/G65/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G61/G20/G41/G6E/G65/G78/G6F/G20/G64/G65 /G50/G61/G6E/G71/G75/G69/G6C/G6D/G61/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 921/INC Lima, 6 de julio de 2005 VISTO, el Acuerdo Nº 327 de fecha 28 de junio de 2005 en su Sesión Nº 17 de fecha 28 de junio de 2005; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con per-