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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G35/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 25 de julio de 2005 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 399-2001-EF/10 se aprobó la Directiva para la Formulación de los Planes Es-tratégicos Sectoriales Multianuales y los Planes Estratégi-cos Institucionales 2002-2006 en el que se establecenpautas metodológicas, lineamientos de carácter operativoy las responsabilidades funcionales para la elaboración delos PESEM y PEI; Que, por Resolución Directoral Nº 003-2003-EF/68.01 y Resolución Directoral Nº 004-2003-EF/68.01 se aproba-ron las Directivas para la Reformulación de los Planes Es-tratégicos Sectoriales Multianuales y Planes EstratégicosInstitucionales, para el período 2004-2006 respec-tivamente; Que, mediante Oficio Nº 030-2003-MEM-OGP de fecha 27 de agosto 2003, el Ministerio de Energía y Minas remiteal Ministerio de Economía y Finanzas el documento deReformulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual -PESEM 2004-2006 del Sector Energía y Minas debida-mente visado; Que, el proceso de Planeamiento constituye un proce- so dinámico y flexible, en la medida que de manera progre-siva se pueden incorporar mejoras conceptuales y metodo-lógicas, adecuaciones a políticas sectoriales, regionales ynacionales, aplicando un criterio de retroalimentación ten-dientes a optimizar el uso del sistema de planeamientoestratégico en el sector público; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 066-2005-EM/ DM del 16 de febrero del 2005, se aprobó el Plan EstratégicoInstitucional 2004-2006 del Ministerio de Energía y Minas; Que, en ese sentido, se hace necesario aprobar el Plan Estratégico Sectorial Multianual 2004-2006, el que hasido elaborado con base al Plan Estratégico Institucionaldel MEM señalado en el considerando anterior; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 025-2003- EM y con la opinión favorable de los Viceministros de Minasy de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el documento de "Plan Estratégi- co Sectorial Multianual 2004-2006 (Versión Actualizada2004) del Sector Energía y Minas" que forma parte inte-grante de la presente Resolución, y que se constituye en eldocumento base de gestión sectorial. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y del documento a que se refiere elartículo anterior, en la página Web del Ministerio de Ener-gía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 13155 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G41/G4E/G50/G45 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 302-2005-MEM/DM Lima, 18 de julio de 2005 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27870, Ley del Instituto Antártico Perua- no - INANPE, reestructuró la Comisión Nacional de Asun-tos Antárticos, constituyéndose el Instituto Antártico Pe-ruano - INANPE, como un organismo público descentrali-zado dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, el artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Antártico Peruano (INANPE), apro-bado mediante Decreto Supremo Nº 107-2003-RE, dispo-ne que los representantes ante el Consejo Directivo delINANPE serán acreditados mediante Resolución Ministe-rial del Sector correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27870, Ley del Instituto Antártico Peruano - INANPE; SE RESUELVE: Única.- Designar al doctor Juan Francisco Baldeón Ríos, Jefe Institucional (e) del Instituto Nacional de Concesionesy Catastro Minero - INACC, como representante del Minis- terio de Energía y Minas ante el Consejo Directivo del Ins-tituto Antártico Peruano - INANPE. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 13153 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73 /G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G41/G43/G43/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G64/G69/G2D /G63/G61/G64/G61/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G74/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6E/G69/GF1/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G78/G74/G72/G65/G2D /G6D/G61/G20/G70/G6F/G62/G72/G65/G7A/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 305-2005-MEM/DM Lima, 21 de julio de 2005Visto; el Oficio Nº 214-2005-INACC/J del Jefe del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero-INACC, por elcual solicita se apruebe la donación de diversos bienes mue-bles, a favor de una entidad receptora de donaciones; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Directoral Nº 010-2004-INACC/OGA el Director de la Oficina General de Administración delINACC, procedió dar de baja o realizar la extracción física ycontable de bienes muebles de patrimonio de esta entidadcon indicación del número y las causales que la originaron,conforme al inciso a) del artículo 120º y artículo 131º delReglamento General de Procedimientos Administrativos delos Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por DecretoSupremo Nº 154-2001-EF; Que, por Oficio Nº 083-2004-INACC/OGA de fecha 9 de junio del 2004 el Director de la Oficina General de Admi-nistración cumple con remitir a la Superintendencia de Bie-nes Nacionales, la Resolución que aprobó la baja de susbienes muebles y, asimismo, remite la relación detallada dedichos bienes, especificando las características y el estadode conservación; Que, mediante Ley Nº 27995 se establece que los bienes muebles de propiedad estatal que sean dados de baja con-forme a las normas legales vigentes y que puedan ser útilespara el sistema educativo, se destinan a los centros educati-vos estatales de las zonas de extrema pobreza que los solici-ten, de acuerdo a un orden de prelación establecido en con-cordancia con el mapa de extrema pobreza, elaborado por elInstituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, seña-lando que la entrega de los bienes asignados a los centroseducativos estatales, se sujetará al procedimiento legal esta-blecido mediante Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; Que, el INACC ha procedido a realizar las donaciones de diversos bienes muebles dados de baja, a los centroseducativos del Estado ubicados en zonas de extrema po-breza, lo que se acredita con las respectivas Actas deEntrega-Recepción que obran en el expediente; Que, por Memorando Nº 092-2005-INACC-OGA del Di- rector de la Oficina General de Administración del INACC eInforme Técnico-Legal Nº 001-2005-OGA-CCP del Presi-dente del Comité de Gestión Patrimonial del INACC, sedetermina que es procedente realizar la donación de losbienes muebles, al haberse agotado todos los procedi-mientos para efectuar las donaciones a los centros educa-tivos de extrema pobreza y que los bienes muebles objetode donación no son útiles para el sistema educativo; Que, la Sociedad Apostólica Santa María “Traperos de Samaria” cuya finalidad es la atención integral y plenamen-te gratuita de niños en extrema pobreza, reconocida comoentidad receptora de donaciones por Resolución Ministe-rial Nº 506-2003-EF/15, ha solicitado por escrito de fecha24 de enero del 2005, la donación de ciertos bienes mue-bles dados de baja por el INACC; Que, el artículo 174º del Reglamento General de Pro- cedimientos Administrativos de los Bienes de PropiedadEstatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF,establece que la donación de bienes muebles de entida-des públicas a favor de entidades privadas, se aprobarápor Resolución Ministerial del Sector que efectúa la dona-ción; De conformidad con lo dispuesto por el literal g) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones