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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (17/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 11

PÆg. 294797 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de junio de 2005 Artículo 2º.- Las donaciones a que se refiere el artículo precedente serán destinadas a financiar las actividades operativas inherentes a la competencia funcional del MINCETUR. Artículo 3º.- Agradecer a las instituciones mencionadas en el artículo 1º, su importante contribución. Artículo 4º.- La Oficina General de Planificación, Presu- puesto y Desarrollo es la encargada de realizar las gestio- nes presupuestales que se deriven de la presente Resolu- ción Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 10998 Autorizan viaje de Viceministro de Co- mercio Exterior a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 195-2005-MINCETUR/DM Lima, 15 de junio de 2005 Visto los Memorándum Nºs. 455 y 463-2005- MINCETUR/VMCE del Viceministro de Comercio Exterior. CONSIDERANDO:Que, según el Reglamento de Organización y Funcio- nes del MINCETUR, el Viceministerio de Comercio Exterior dirige y coordina la posición negociadora del país en el marco de la Agenda Comercial de la Comunidad Andina y acuerdos bilaterales, entre otros, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y con los demás Secto- res de la Administración Pública, en el ámbito de su compe-tencia; Que, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de Norteamérica, se realizará la Reunión de Expertos en Comercio Internacional, convocada por el "Center for American Progress" y el "Policy Network", que congregará a expertos en comercio internacional de todo el mundo y representantes y líderes en materia de comercio, resultan- do de interés, para los fines y objetivos del MINCETUR, participar en dicha Reunión, a realizarse los días 17 y 18 de junio de 2005; Que, del 20 al 22 de junio de 2005 se han programa- do reuniones de trabajo con diferentes autoridades del Poder Ejecutivo y Legislativo estadounidenses, durante las cuales se tratarán temas relacionados a la negocia- ción del Tratado de Libre Comercio - TLC, entre Perú y Estados Unidos de Norteamérica; asimismo, del 22 al 24 de junio de 2005 se efectuará una Reunión de la Mesa de Agricultura, correspondiente a la X Ronda de Negocia- ciones del TLC con Estados Unidos de Norteamérica, re- uniones que se llevarán a cabo en la misma ciudad de Washington D.C.; Que, por lo expuesto, es conveniente autorizar el viaje del Viceministro de Comercio Exterior, quien en su calidad de jefe del equipo negociador del TLC Perú - Estados Unidos, participará en las mencionadas actividades en re- presentación del MINCETUR; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, mo- dificado por Ley Nº 27779, las Leyes Nºs. 27790 y 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de Norteamérica, del señor Pablo de la Flor Belaúnde, Viceministro de Comercio Exterior, del 16 al 24 de junio de 2005, para que en repre- sentación del MINCETUR participe en las reuniones seña- ladas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial estarán a cargo del Mi- nisterio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al si- guiente detalle:Pasajes : US$ 915,00 Viáticos (US$ 220,00 X 7 Días) : US$ 1540,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el funcionario cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberá presentar al Titular del Sector un informe detallado, sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos en las reuniones a las que asistirá. Asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4º.- Encargar el Despacho del Viceministerio de Comercio Exterior al señor Juan José Gastañeta Carrillo de Albornoz, del 16 al 19 de junio de 2005, y al señor Franklin Ramiro Salas Bravo, Viceministro de Turismo, a partir del 20 de junio de 2005 y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial no libe- ra ni exonera del pago de impuestos o de derechos adua- neros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 11082 ECONOMÍA Y FINANZAS Aprueban Texto Único de Procedimien- tos Administrativos del Banco de la Nación DECRETO SUPREMO Nº 064-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Admi- nistrativo General, señala la obligatoriedad para todas las entidades de la Administración Pública de aprobar y publi- car sus correspondientes Textos Únicos de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, el artículo 38º de la mencionada Ley establece que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector; asi- mismo, dispone que cada 2 (dos) años, las entidades es- tán obligadas a publicar el íntegro del TUPA, bajo respon- sabilidad de su titular; sin embargo, podrán hacerlo antes, cuando consideren que las modificaciones producidas en el mismo lo ameriten; Que, de acuerdo al Estatuto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 07-94-EF, el Banco de la Nación es una em- presa de derecho público, integrante del sector de Econo- mía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 38º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; DECRETA:Artículo 1º.- Aprobación Apruébese el Texto Único de Procedimientos Adminis- trativos (TUPA) del Banco de la Nación, que en anexo adjunto forma parte integrante del presente dispositivo le- gal. Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de junio del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas