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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G35/G31/G38/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 21 de junio de 2005 ECONOMÍA Y FINANZAS /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G2D/G20/G52/G65/G75/G74/G65/G72/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 264-2005-EF/43 Lima, 17 de junio de 2005 Vistos, los Informes Nºs. 007-2005-EF/75.21, 133- 2005-EF/43.50, y 1035-2005-EF/60, de la Dirección Nacional de Endeudamiento Público, de la Oficina Gene- ral de Administración y de la Oficina General de Aseso-ría Jurídica, respectivamente, que sustentan la configu- ración del supuesto de servicios personalísimos, pre- visto en el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Orde-nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM; CONSIDERANDO: Que, según el inciso f) del artículo 19º del Texto Úni- co Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 083-2004-PCM, están exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen para la prestación de servicios personalísimos,de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, asimismo, el artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, señala que: “Cuando exista la necesidad de proveer- se de servicios especializados profesionales, artísti-cos, científicos o tecnológicos; procede la exonera- ción por servicios personalísimos para contratar con personas naturales o jurídicas notoriamente especia-lizadas siempre que su destreza, habilidad, experien- cia particular y/o conocimientos evidenciados, apre- ciados de manera objetiva por la Entidad, permitansustentar de modo razonable e indiscutible su ade- cuación para satisfacer la complejidad del objeto con- tractual y haga inviable la comparación con otros po-tenciales proveedores”; Que, dentro de la actual coyuntura económica nues- tro país se encuentra incursionando en el mercadofinanciero internacional y local a través de emisiones de bonos soberanos, así como en otras operaciones, para lo cual se requiere efectuar un seguimiento integral ypermanente de la dinámica de los diversos mercados de deuda soberana y de bonos, tener acceso a información en tiempo real de las tasas de interés en los mercadosmonetarios, así como de las cotizaciones de todas las Bolsas de Valores en el mundo, entre otros; Que, para tal fin, es indispensable la contratación de los servicios de la Empresa Reuters Limited, por cuanto la información financiera de los mercados internacionales que proporciona a través de su sistema “Reuters 3000Xtra” constituye una opinión especializada y personali- zada, con respecto a la dinámica del mercado interna- cional de capitales y sus proyecciones en el corto, me-diano y largo plazo, elemento importante en la toma de decisiones; Que, mediante Resolución Directoral Nº 033-2005- EF/43.01, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Economía y Finanzas para el año 2005; dentro del cual, entre otros, se progra-mó la realización del proceso de selección de Adjudica- ción Directa Pública para la contratación del Servicio de Información Financiera Internacional - Reuters; Que, para tal efecto, la Oficina Financiera de la Ofici- na General de Administración, mediante Memorando Nº 684-2005-EF/43.60 informa que se cuenta condisponibilidad presupuestaria para efectuar la contrata- ción del mencionado servicio; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado esta- blece que las adquisiciones y contrataciones exone- radas, se realizarán mediante acciones inmediatas y seaprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego; y,De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Texto Único Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y suReglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar el Servicio de Información Fi- nanciera Internacional - Reuters como servicio perso- nalísimo, de conformidad con el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 083-2004-PCM. Artículo 2º.- Exonerar al Ministerio de Economía y Finanzas del proceso de Adjudicación Directa Pública para la contratación del Servicio de Información Finan- ciera Internacional - Reuters y autorizar su contratacióncon la empresa Reuters Limited. Artículo 3º.- La contratación a la que se refieren los artículos precedentes se realizará con cargo al presu-puesto del Pliego 009, Ministerio de Economía y Finan- zas, correspondiente al ejercicio 2005, por un plazo de doce (12) meses y hasta por el importe de S/. 143 100,00(Ciento Cuarenta y Tres Mil Cien y 00/100 Nuevos So- les), incluyendo el Impuesto General a las Ventas. La realización de las acciones inmediatas corres- pondientes estará a cargo de un Comité Especial que seguirá el procedimiento dispuesto por el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial y los Informes Nºs. 007-2005-EF/75.21, 133-2005-EF/43.50 y 1035-2005-EF/60 de la Dirección Nacional de Endeu- damiento Público, de la Oficina General de Administra-ción y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, res- pectivamente, serán remitidos a la Contraloría General de la República, y al Consejo Superior de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de aprobación de la presente Resolución. Artículo 5º.- Disponer, que la Oficina de Abasteci- miento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administración remita la información de la presente Re-solución Ministerial al Consejo Superior de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Con-trataciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 11272 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G2D/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G4D/G65/G74/G72/G6F/G2D/G70/G6F/G6C/G69/G74/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G2D /G74/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G79 /G6F/G74/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 265-2005-EF/10 Lima, 17 de junio de 2005 Visto el Oficio Nº 1015-2005-PP-EF/16 del Procura- dor Público Adjunto, encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, la empresa DAI ICHI MOTORS S.R.L. interpu- so recurso de queja contra el Servicio de AdministraciónTributaria (SAT) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, por haber iniciado un procedimiento de cobranza coac- tiva en su contra respecto de una deuda tributaria por