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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G35/G35/G32/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 28 de junio de 2005 Universidad, el plazo de seis (06) meses, para que cum- pla con implementar las acciones correctivas necesariaspara superar las metas que garanticen niveles adecua-dos de calidad en la formación profesional que está ofre-ciendo, al finalizar la evaluación de su Quinto año defuncionamiento, conforme dispone la resolución Nº 171-2001-CONAFU; Encargar, a la Promotora y autoridades dela Universidad, el cumplimiento de la presente Resolución,bajo responsabilidad, quienes deberán presentar en con-junto, un Plan de Acción que permita superar las debilida-des encontradas y, el cumplimiento de las metas (paráme-tros) necesarias para el Quinto Año de funcionamiento dela Universidad, para lo que dispondrán de treinta (30) díascalendarios, computados a partir de su notificación; Que, el Presidente de la Comisión Organizadora, me- diante Oficio Nº 033-2005-PCO de fecha 1 de marzo de 2005,remite al CONAFU, el informe del Cumplimiento de Metasalcanzadas en el año 2004 al 1 de marzo de 2005, de confor-midad a lo aprobado para su Quinto Año de Funcionamiento,a través de su Proyecto de Desarrollo Institucional y las accio-nes realizadas para el cumplimiento de dichas metas; Que, la Comisión de Evaluación de Asuntos Académicos, mediante Informe Nº 061-2005-CONAFU-CEAA de fecha 4de mayo de 2005, remitido al Presidente del CONAFU, opinaque al haber la Universidad, cumplido con las metas propues-tas y levantado las observaciones o debilidades, debe otor-gársele la Autorización de Funcionamiento Definitivo; Por los fundamentos expuestos en la parte conside- rativa, el Consejo Nacional para la Autorización de Funciona-miento de Universidades, en uso de sus facultades confe-ridas por el literal c) del artículo 20º del Estatuto delCONAFU; y estando a lo acordado por unanimidad, en laSesión Ordinaria del Pleno de fecha 11 de mayo de 2005; SE RESUELVE: Artículo Primero.- OTORGAR, la Autorización de Funcionamiento Definitivo, a la Universidad Católica SantoToribio de Mogrovejo, con sede en la ciudad de Chiclayo,departamento de Lambayeque, para que brinde servicioseducativos de nivel universitario. Artículo Segundo.- DISPONER, que la Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo, funcionará con susautoridades designadas de acuerdo a Ley, hará uso plenode la autonomía universitaria que le otorga la ConstituciónPolítica del estado, la Ley Universitaria Nº 23733 y demásdisposiciones complementarias y conexas. Artículo Tercero.- Notifíquese, a la Asamblea Nacional de Rectores, para los fines de Ley. Regístrese, comuníquese y archívese. CÉSAR ORESTES CRUZ CARBAJAL Presidente RAFAEL CASTAÑEDA CASTAÑEDA Vicepresidente ELIO DELGADO AZAÑERO Consejero de Evaluación y AsuntosAcadémicos JORGE BENITES ROBLES Consejero de Asuntos Administrativos LUIS CARPIO ASCUÑA Consejero de Asuntos Internacionales CARMEN ROSA LARRAÍN GUTIÉRREZ Secretaria General 11601 SBS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G20/G6E/G61/G2D /G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G2D/G67/G75/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN SBS Nº 827-2005 Lima, 8 de junio de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA: La solicitud presentada por el señor Jorge Iberico Muñoz Stuart para que se le autorice la inscripción en elRegistro del Sistema de Seguros: Sección II De los Corre-dores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corre-dores de Seguros Generales y de Vida; y, CONSIDERANDO:Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo del 2004, se estableció los requisitos formales parala inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos forma- les exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros median- te Convocatoria Nº 02-2005-RIAS, en concordancia con lodispuesto en el artículo 11º del Reglamento del Registrodel Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscrip-ción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánicade la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702,y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por laResolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor Jorge Iberico Muñoz Stuart con matrícula Nº N-3750 en el Registrodel Sistema de Seguros, Sección II De los Corredores deSeguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Se-guros Generales y de Vida, que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 11559 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G31/G35/G36/G2D/G4D/G44/G4D/G4D /G71/G75/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/GF3/G20/G6E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G75/G72/G62/G61/G6E/GED/G73/G74/G69/G63/G61/G73 /G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G6A/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G65/G64/G69/G66/G69/G63/G69/G6F/G73 /G6D/G75/G6C/G74/G69/G66/G61/G6D/G69/G6C/G69/G61/G72/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 212-MDMM Magdalena del Mar, 27 de junio de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 156-MDMM, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 14 de abril de 2004 seestablecieron normas urbanísticas para conjuntos residen-ciales y edificios multifamiliares en el distrito de Magdalenadel Mar, modificada por Ordenanza Nº 205-MDMM; Que, la administración municipal considera conveniente efectuar ciertas modificaciones a la norma municipal aludida afin de velar por el adecuado desarrollo urbanístico en el distritogarantizando la armonía en las edificaciones existentes; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del ar- tículo 9 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidadesy con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, elConcejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente; ORDENANZA Artículo Primero.- Modifíquese el artículo segundo de la Ordenanza Nº 156-MDMM, modificada por la Ordenanza Nº 205-MDMM, los cuales quedan redactados de la siguiente manera: Artículo Segundo.- El desarrollo de proyectos de edificios multifamiliares y conjuntos residenciales se regirán por losparámetros del Cuadro Resumen de Zonificación que forma