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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G35/G35/G31/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 28 de junio de 2005 RELACIONES EXTERIORES /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20 /G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20 /G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F/G20 /G64/G65 /G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G4C/G6F/G67/GED/G73/G74/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G58/G56/G49/G20/G43/G6F/G6E/G2D /G73/G65/G6A/G6F/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G41/G6E/G64/G69/G6E/G6F/G20/G79/G20/G73/G75/G73/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G70/G72/G65/G76/G69/G61/G73/G2C/G20/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0590-2005-RE Lima, 27 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Cumbre Presidencial Andina que comprende el XVI Consejo Presidencial Andino, la XV Reunión Ordinariadel Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y el91º Período de Sesiones Ordinario de la Comisión de la Co-munidad Andina, así como otras reuniones del Sistema Andi-no de Integración previas, es el mecanismo para evaluar eldesarrollo y los resultados del proceso de la integración su-bregional andina y su proyección interna, desde el ConsejoPresidencial Andino de San Francisco de Quito del 12 julio de2004 y el Consejo Presidencial Extraordinario de Cusco dediciembre de 2004, a la luz de los últimos desarrollos delquehacer internacional que conciernen a nuestra subregión; Que, el Perú ha asumido la responsabilidad de organizar la Cumbre Presidencial Andina a la que refiere el conside-rando precedente, que se celebrará del 13 al 18 de julio delaño en curso, en la ciudad de Lima, y a la que asistirán losJefes de Estado, Ministros de Relaciones Exteriores y Minis-tros de Comercio Exterior de los países andinos, así comolos Jefes de Estado de cuatro países americanos que asis-ten en calidad de observadores; Que, dicho honroso encargo comprende la adecuada realización de las reuniones preparatorias previstas en elmarco de la citada Cumbre; Que, el Perú ostenta el cargo de la Presidencia Pro Tem- pore de la Comunidad Andina por el período de un año, que finaliza en julio de 2005, cargo que tiene particular importan-cia para nuestra política exterior porque representa la con-ducción de la coordinación y actividades del proceso andino; Que, el Perú asigna particular importancia a la Presidencia de la Comunidad Andina, en la conducción de las actividadesdel proceso andino, vinculadas principalmente a la profundiza-ción de la integración andina, la convergencia de la comunidadandina con el MERCOSUR y su proyección a Latinoaméricacon miras a la creación del Espacio de Integración Sudamerica-no, el desarrollo del Plan de Acción para el Nuevo DiseñoEstratégico de la Comunidad Andina -CAN y profundización dela integración andina, la vinculación con la Unión Europea parala suscripción de un acuerdo de asociación, que incluya un áreade libre comercio y la renovación del sistema generalizado depreferencias SGP -Drogas, entre otros temas; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 -Ley del Poder Ejecutivo; con la Ley Nº 26112 -Ley Orgánica delMinisterio de Relaciones Exteriores; con la Ley Nº 28091 -Ley del Servicio Diplomático de la República y su Regla-mento aprobado por Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al Embajador en el Servi- cio Diplomático de la República Vicente Alejandro Azula dela Guerra, Director Ejecutivo de Organización y Logísticadel XVI Consejo Presidencial Andino y sus reuniones pre-vias, a realizarse en la ciudad de Lima entre el 13 y el 18 dejulio de 2005, con la finalidad de coordinar y atender debi-damente los aspectos materiales que serán necesariospara cumplir con el compromiso asumido por el Perú. Artículo Segundo.- El Embajador Vicente Azula de la Guerra, en su calidad de Director Ejecutivo de Organiza-ción y Logística del XVI Consejo Presidencial Andino pro-pondrá a la Alta Dirección la designación de los funciona-rios que integrarán las comisiones de trabajo que la organi-zación de la reunión requiere: Acreditaciones; Administra-ción y Presupuesto; Aeropuertos; Alojamiento; Apoyo In-formático y Comunicaciones; Enlaces; Prensa y Difusión;Primeras Damas; Seguridad; Salud; y Transporte. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Nacional de Pro- tocolo y Ceremonial del Estado y a los funcionarios que actual-mente la integran, la labor de coordinar, programar y atender losdetalles relacionados al protocolo y ceremonial durante el arriboy salida de los ilustres invitados, así como durante el desarrollodel XVI Consejo Presidencial Andino, sus reuniones previas y los actos oficiales que sean programados. Artículo Cuarto.- Disponer que la Dirección Ejecutiva de Organización y Logística deberá coordinar con la Se-cretaría de Administración todos los aspectos presu-puestales y logísticos relacionados con los eventos quecomprenden la citada Cumbre Presidencial. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 11587 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G64/G65/G6C/G65/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/GE1/G20/G65/G6E /G6C/G61/G20/G58/G58/G56/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G72/G75/G70/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G41/G62/G69/G65/G72/G74/G61/G20/G79/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G67/G75/G6E/G2D/G64/G61/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G45/G78/G74/G72/G61/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G50/G61/G72/G2D /G74/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G74/G6F/G63/G6F/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/G6F/G6E/G74/G72/G65/G61/G6C/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G2D /G76/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G53/G75/G73/G74/G61/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G41/G67/G6F/G74/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G70/G61/G64/G65/G20/G4F/G7A/G6F/G6E/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0595-2005-RE Lima, 27 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que, el Perú aprobó el Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono y sus enmiendas,adoptadas en la ciudad de Londres en 1990, a través de laResolución Legislativa Nº 26178, de fecha 29 de marzo de 1993; Que, mediante Resolución Legislativa Nº 27092, de fecha 23 de abril de 1999, nuestro país aprobó la enmienda deCopenhague al Protocolo de Montreal relativo a las Sustan-cias que Agotan la Capa de Ozono, la cual hace más estrictoel control de las sustancias perjudiciales a la Capa de Ozono; Que, la Secretaría del Convenio de Viena y del Proto- colo de Montreal, a través de su comunicación, de 1º deabril de 2005, ha invitado al Perú a participar en la XXVReunión del Grupo de Trabajo de Composición Abierta yen la Segunda Reunión Extraordinaria de las Partes, delProtocolo de Montreal, relativo a las Sustancias que Ago-tan la Capa de Ozono, que se llevarán a cabo en la ciudadde Montreal, Canadá, del 27 de junio al 1 de julio de 2005,para lo cual es necesario designar a la delegación peruanaque participará en el citado evento; Teniendo en cuenta el Oficio Nº 195-2005-PRODUCE/VMI, del Viceministerio de Industria, de 11 de mayo de 2005; y, laHoja de Trámite (GPX) Nº 2682, del Gabinete de Coordinacióndel Secretario de Política Exterior, de 16 de junio de 2005; De conformidad con el inciso m) del artículo 5º del Decre- to Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de RelacionesExteriores; y el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la autorización de viaje al exterior deservidores y funcionarios públicos. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la delegación peruana que participará en la XXV Reunión del Grupo de Trabajo de Compo-sición Abierta y en la Segunda Reunión Extraordinaria de lasPartes en el Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias queAgotan la Capa de Ozono, que se llevarán a cabo en la ciudadde Montreal, Canadá, del 27 de junio al 1 de julio de 2005, lamisma que estará conformada de la siguiente manera: - Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Julio Ernesto Muñoz Deacon, Representante Permanentedel Perú ante la Organización de Aviación Civil Internacio-nal (OACI), quien la presidirá; e, - Ingeniera Carmen Mora Donayre, Directora de Medio Ambiente y Jefa de la Oficina Técnica del Ozono, del Vice-ministerio de Industria, del Ministerio de la Producción. Artículo Segundo.- La participación de los citados funciona- rios no irrogará gastos al Pliego Presupuestal del Ministerio deRelaciones Exteriores ni dará derecho a exoneración o liberaciónde impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 11588