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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G35/G35/G31/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 28 de junio de 2005 Que, el Viceministro de Comercio Exterior, ha solicitado que se autorice el viaje del Sr. Nathan Daniel NadramijaNieva, Director General de Estudios Económicos del Vice-ministerio de Comercio Exterior, para que en representa-ción del MINCETUR, participe en dicha Reunión; De conformidad con las Leyes Nºs. 27619 y 27790, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y Decreto de Urgen-cia Nº 015-2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Quito, República de Ecuador, del señor Nathan Daniel NadramijaNieva, para que participe en representación del MINCETURen la reunión mencionada en la parte considerativa de lapresente Resolución, del 29 de junio al 1 de julio de 2005. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, se efectuarán con cargoal Pliego Presupuestal 035: Ministerio de Comercio Exteriory Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje US$ 419,00 Viáticos (US$ 200,00 x 3 días) US$ 600,00 Tarifa CORPAC US$ 28,24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el funcionario cuyo viaje seautoriza por la presente Resolución, deberán presentar alTitular del Sector un informe detallado sobre las accionesrealizadas y los logros obtenidos en la reunión a la queasistirá. Asimismo, deberá presentar la rendición de cuen-tas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libe- ra ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduane-ros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de MinistrosEncargado de la Cartera de ComercioExterior y Turismo 11432 INTERIOR /G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G74/G65/G78/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G52/G52/G2E/G53/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G73/G2E/G20/G30/G34/G37/G33 /G79/G20/G30/G34/G37/G34/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G49/G4E/G2F/G50/G4E/G50/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G72/G6E/G69/G65/G6E/G74/G65/G61/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G73/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G70/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G2D/G73/G61/G6A/G65/G73/G20/G65/G20/G69/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G64/G6F /G61/G20/G76/G69/G61/G6A/G61/G72/G20/G61/G6C/G20/G65/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 0337-2005-IN/PNP Lima, 8 de junio de 2005 VISTO, el Expediente Administrativo, relacionado a la Autorización de viaje al extranjero del SO2 PNP LuisEnrique CONDO MONTEALEGRE, para recibir TratamientoMédico Especializado de Oftalmología en la ClínicaBARRAQUER de BOGOTÁ - COLOMBIA. CONSIDERANDO: Que, mediante R.S. Nº 0473-2004-IN/PNP de 22OCT2004, se autorizó al SO2 PNP Luis Enrique CONDOMONTEALEGRE, para viajar al extranjero a fin de ser so-metido a Tratamiento Médico Especializado de Oftalmologíaen la Clínica BARRAQUER de BOGOTÁ - COLOMBIA, porun período de TREINTA (30) días; Que, al expedirse la R.S. Nº 0473-2004-IN/PNP de 22OCT2004, en el artículo 2º se consignó por error mate-rial, como gasto por concepto de Pasajes e ImpuestosCORPAC la cantidad de CUATROCIENTOS TREINTA YCUATRO Y 00/100 (S/. 434.00) NUEVOS SOLES, por loque debe considerarse correctamente CUATROCIENTOSTREINTA Y CUATRO Y 00/100 ($ 434.00) DÓLARES AME-RICANOS, de conformidad al Proyecto de LiquidaciónNº 07-DIRECFIN.PNP-DPYB de 21OCT2004; Lo previsto en el artículo 201º inciso 201.1 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Lo propuesto por el General PNP Director de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú; y,Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Rectificar el artículo 2º de la R.S. Nº 0473- 2004-IN/PNP de 22OCT2004, debiendo considerarse co-rrectamente el gasto de Pasajes e Impuestos CORPAC,CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 00/100 ($ 434.00)DÓLARES AMERICANOS; quedando subsistente en losdemás extremos la precitada Resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y elMinistro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. DAVID WAISMAN RJAVINSTHI Segundo Vicepresidente de la República (e)del Despacho de la Presidencia de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros FÉLIX M. MURAZZO CARRILLO Ministro del Interior 11612 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 0338-2005-IN/PNP Lima, 8 de junio de 2005 VISTO, el Expediente Administrativo, relacionado a la Autorización de viaje al extranjero del SOT2 PNP RicardoGUTIERREZ TITO, para recibir Tratamiento Médico Espe-cializado de Oftalmología en la Clínica BARRAQUER deBOGOTÁ - COLOMBIA. CONSIDERANDO: Que, mediante R.S. Nº 0474-2004-IN/PNP de 22OCT2004, se autorizó al SOT2 PNP Ricardo GUTIERREZTITO, para viajar al extranjero a fin de ser sometido a Trata-miento Médico Especializado de Oftalmología en la ClínicaBARRAQUER de BOGOTÁ - COLOMBIA, por un períodode TREINTA (30) días; Que, al expedirse la R.S. Nº 0474-2004-IN/PNP de 22OCT2004, en el artículo 2º se consignó por error mate-rial, como gasto por concepto de Pasajes e ImpuestosCORPAC la cantidad de CUATROCIENTOS TREINTA YCUATRO Y 00/100 (S/. 434.00) NUEVOS SOLES, por loque debe considerarse correctamente CUATROCIENTOSTREINTA Y CUATRO Y 00/100 ($ 434.00) DÓLARES AME-RICANOS, de conformidad al Proyecto de LiquidaciónNº 07-DIRECFIN.PNP-DPYB de 21OCT2004; Lo previsto en el artículo 201º inciso 201.1 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Lo propuesto por el General PNP Director de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Rectificar el artículo 2º de la R.S. Nº 0474- 2004-IN/PNP de 22OCT2004, debiendo considerarse co-rrectamente el gasto de Pasajes e Impuestos CORPAC,CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 00/100 ($ 434.00)DÓLARES AMERICANOS; quedando subsistente en losdemás extremos la precitada Resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y elMinistro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. DAVID WAISMAN RJAVINSTHI Segundo Vicepresidente de la República (e)del Despacho de la Presidencia de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros FÉLIX M. MURAZZO CARRILLO Ministro del Interior 11613