Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2005 (30/06/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 30 de junio de 2005

del gobierno central, asi como los recursos de empresarios nacionales, inversionistas extranjeros y de la cooperacion internacional, lo que impone la necesidad de que todo MORDAZA de planificacion MORDAZA en cuenta procesos reales que se esten dando en la region, con identificacion de sus actores especificos de mayor dinamismo para potenciar su quehacer, integrando los estudios, proyectos y propuestas de desarrollo surgidas en MORDAZA en los ultimos anos; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA, resultado de un MORDAZA de concertacion interinstitucional que ha juntado los esfuerzos, capacidades y compromisos de las instituciones y de la sociedad civil lambayecana, ha elaborado en nueve temas claves de desarrollo, tanto programas de accion para el mediano plazo (2005 2008), como planes operativos (2005) que identifican y definen con suma claridad los proyectos y actividades claves para los proximos tres o cuatro anos, y precisan la forma como pueden comenzar a concretarse durante el ano 2005, lo que constituira un instrumento de gestion del Gobierno Regional en su rol principal de promotor del desarrollo a traves de las correspondientes gerencias regionales; Que, acorde con los articulos 15º inciso c., y 21º, inciso p., numeral 2), de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, es atribucion del Consejo Regional aprobar el Plan Anual, en el MORDAZA del Plan de Desarrollo Regional Concertado y de conformidad con la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y a las leyes anuales del Presupuesto General de la Republica y la Ley de MORDAZA y Transparencia Fiscal; asi como es atribucion del Presidente Regional presentar al Consejo Regional el referido Plan Anual, respectivamente; Que, a este efecto y en cumplimiento del MORDAZA normativo senalado, es necesario que el Consejo del Gobierno Regional de MORDAZA, apruebe el Programa y Plan Operativo de Desarrollo Regional de MORDAZA por Sectores 2005 - 2006, el mismo que ha sido puesto a su consideracion; Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA ha emitido la siguiente; ORDENANZA: Articulo Unico.- APROBAR el Programa y Plan Operativo de Desarrollo Regional de MORDAZA por Sectores 2005 - 2006, el mismo que consta de dos Secciones: I. Objetivos, Metodologia y Cronograma; y, II. Programas y Planes Operativos por Sectores, conforme al texto que como anexo corre adjunto a la presente Ordenanza Regional, formando parte integrante de la misma. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente Regional 11624

adjunta el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº 154-C/MC, modificada por la Ordenanza Nº 156-C/ MC, que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en el distrito de Comas; CONSIDERANDO: Que, en lo que respecta a la potestad tributaria de las Municipalidades, los articulos 74º y 195º de la Constitucion Politica establecen la facultad de las Municipalidades para aprobar, crear modificar y suprimir tributos. En el mismo sentido, el articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal (Decreto Supremo Nº 156-2004-EF), establece la potestad municipal para crear, modificar y suprimir tributos; Que de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion para su entrada en vigencia y exigibilidad; Que, la Ordenanza Nº 607, publicada el 24 de marzo de 2004, establecio un MORDAZA procedimiento para la ratificacion de las Ordenanzas tributarias, senalando en su Unica Disposicion Transitoria el plazo de MORDAZA de Ordenanzas no ratificadas, hasta el 30 de MORDAZA, que fue ampliada hasta los primeros dias de octubre, por la Ordenanza Nº 689. Por otro lado en su Sexta Disposicion Final precisa que seran de aplicacion para la tramitacion de los procedimientos de ratificacion de Ordenanzas tributarias distritales vigentes a partir del ano 2005, por lo que corresponde que la presente solicitud sea tramitada segun lo establecido en la Ordenanza Nº 211; Que asimismo, debera tenerse presente que a traves de la Ordenanza Nº 739 publicada el 26 de diciembre de 2004 se aprobo la Ordenanza MORDAZA de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en la Provincia de MORDAZA, estableciendo en su Primera Disposicion Transitoria, la obligacion de las Municipalidades Distritales que cuenten con Ordenanzas que regulen el servicio de estacionamiento vehicular, de presentar sus solicitudes de ratificacion dentro de los plazos establecidos en la Ordenanza Nº 727 publicada el 18 de noviembre de 2004, el cual establecio el Cronograma para la MORDAZA de solicitudes de ratificacion de Ordenanzas tributarias aprobadas por Municipalidades Distritales, todo ello con la finalidad de adaptarse a las disposiciones contenidas en la citada Ordenanza MORDAZA y en la Directiva Nº 001-006-00000005 publicada el 16 de marzo de 2005, que establece los criterios y metodologia para la estimacion de ingresos y determinacion de la tasa a cobrar por el servicio de estacionamiento vehicular; Que, en el ambito de la provincia de MORDAZA, el articulo 26º de la Ordenanza Nº 739 establece que la creacion, modificacion y extincion de la tasa de estacionamiento se efectua a traves del instrumento legal de la Ordenanza municipal; Que, cabe senalar que el caso de la tasa de estacionamiento vehicular en zonas de MORDAZA, la Ordenanza Nº 727 dispuso que las solicitudes de ratificacion deberian de formularse hasta el ultimo dia del mes de abril. En virtud a ello, mediante Oficio Nº 59-2005-GSG/MC del 29 de MORDAZA de 2005, la Municipalidad Distrital de Comas solicito la ratificacion de su Ordenanza Nº 154-C/MC, por medio de la cual se establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en el distrito de Comas. Cabe senalar que durante la tramitacion de la solicitud el SAT emitio el Requerimiento Nº 174-078-00000109, remitido a la Municipalidad Distrital de Comas mediante Oficio 004-090-00000991 del 18 de MORDAZA de 2004, a traves del cual se puso en conocimiento de dicha comuna las observaciones tecnicas y legales que requerian ser subsanadas a efectos de continuar el presente procedimiento de ratificacion. Al respecto, mediante Oficio Nº 72-2005-GSG/MC del 20 de MORDAZA de 2005, la Municipalidad Distrital de Comas cumplio con absolver el requerimiento solicitado, enviando para tal efecto la informacion y/o documentacion sustentatoria correspondiente; Que, es necesario precisar que la tasa de estacionamiento vehicular en el distrito de Comas estuvo regulado por la Ordenanza Nº 014-99-C/MC, la misma que no ha sido ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, en ejercicio de sus facultades, mediante Ordenanza Nº 154-C/MC, modificada por la Ordenanza Nº

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican la Ordenanza Nº 154-C/MC, que establece tasa por estacionamiento vehicular temporal en el distrito de Comas
ACUERDO DE CONCEJO Nº 169 MORDAZA, 9 de junio de 2005 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 9 de junio de 2005, el Oficio Nº 001-090-00002405 emitido por el Servicio de Administracion Tributaria - SAT, que

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