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PÆg. 295658 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de junio de 2005 del gobierno central, así como los recursos de empresa- rios nacionales, inversionistas extranjeros y de la co- operación internacional, lo que impone la necesidad de que todo proceso de planificación tome en cuenta proce-sos reales que se estén dando en la región, con identifica- ción de sus actores específicos de mayor dinamismo para potenciar su quehacer, integrando los estudios,proyectos y propuestas de desarrollo surgidas en Lam- bayeque en los últimos años; Que, el Gobierno Regional de Lambayeque, resulta- do de un proceso de concertación interinstitucional que ha juntado los esfuerzos, capacidades y compromisos de las instituciones y de la sociedad civil lambayecana,ha elaborado en nueve temas claves de desarrollo, tan- to programas de acción para el mediano plazo (2005 - 2008), como planes operativos (2005) que identifican ydefinen con suma claridad los proyectos y actividades claves para los próximos tres o cuatro años, y precisan la forma como pueden comenzar a concretarse duranteel año 2005, lo que constituirá un instrumento de gestión del Gobierno Regional en su rol principal de promotor del desarrollo a través de las correspondientes gerenciasregionales; Que, acorde con los artículos 15º inciso c., y 21º, inciso p., numeral 2), de la Ley Nº 27867 Ley Orgánicade Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional aprobar el Plan Anual, en el marco del Plan de Desarrollo Regional Concertado y de conformidad conla Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las leyes anuales del Presupuesto General de la República y la Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal; así comoes atribución del Presidente Regional presentar al Con- sejo Regional el referido Plan Anual, respectivamente; Que, a este efecto y en cumplimiento del marco nor- mativo señalado, es necesario que el Consejo del Go- bierno Regional de Lambayeque, apruebe el Programa y Plan Operativo de Desarrollo Regional de Lambayequepor Sectores 2005 - 2006, el mismo que ha sido puesto a su consideración; Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regiona- les, el Consejo Regional del Gobierno Regional Lambaye- que ha emitido la siguiente; ORDENANZA: Artículo Único.- APROBAR el Programa y Plan Operativo de Desarrollo Regional de Lambayeque por Sectores 2005 - 2006, el mismo que consta de dos Seccio-nes: I. Objetivos, Metodología y Cronograma; y, II. Pro- gramas y Planes Operativos por Sectores, conforme al texto que como anexo corre adjunto a la presente Orde-nanza Regional, formando parte integrante de la misma. POR TANTO:Mando se publique, registre y cumpla. YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 11624 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican la Ordenanza N” 154-C/MC, que establece tasa por estacionamientovehicular temporal en el distrito deComas ACUERDO DE CONCEJO Nº 169 Lima, 9 de junio de 2005 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 9 de junio de 2005, el Oficio Nº 001-090-00002405 emitido por el Servicio de Administración Tributaria - SAT, queadjunta el expediente de ratificación de la Ordenanza Nº 154-C/MC, modificada por la Ordenanza Nº 156-C/ MC, que establece la tasa por estacionamiento vehicu- lar temporal en el distrito de Comas; CONSIDERANDO: Que, en lo que respecta a la potestad tributaria de las Municipalidades, los artículos 74º y 195º de la Constitu- ción Política establecen la facultad de las Municipalida-des para aprobar, crear modificar y suprimir tributos. En el mismo sentido, el artículo 60º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Tributación Municipal (Decreto SupremoNº 156-2004-EF), establece la potestad municipal para crear, modificar y suprimir tributos; Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenan- zas en materia tributaria expedidas por las Municipali- dades Distritales deben ser ratificadas por las Municipa-lidades Provinciales de su circunscripción para su en- trada en vigencia y exigibilidad; Que, la Ordenanza Nº 607, publicada el 24 de marzo de 2004, estableció un nuevo procedimiento para la ratificación de las Ordenanzas tributarias, señalando en su Única Disposición Transitoria el plazo de presenta-ción de Ordenanzas no ratificadas, hasta el 30 de abril, que fue ampliada hasta los primeros días de octubre, por la Ordenanza Nº 689. Por otro lado en su SextaDisposición Final precisa que serán de aplicación para la tramitación de los procedimientos de ratificación de Ordenanzas tributarias distritales vigentes a partir delaño 2005, por lo que corresponde que la presente solici- tud sea tramitada según lo establecido en la Ordenanza Nº 211; Que asimismo, deberá tenerse presente que a tra- vés de la Ordenanza Nº 739 publicada el 26 de diciem- bre de 2004 se aprobó la Ordenanza Marco de la Tasade Estacionamiento Vehicular Temporal en la Provincia de Lima, estableciendo en su Primera Disposición Transitoria, la obligación de las Municipalidades Distrita-les que cuenten con Ordenanzas que regulen el servicio de estacionamiento vehicular, de presentar sus solicitu- des de ratificación dentro de los plazos establecidos enla Ordenanza Nº 727 publicada el 18 de noviembre de 2004, el cual estableció el Cronograma para la presenta- ción de solicitudes de ratificación de Ordenanzas tributa-rias aprobadas por Municipalidades Distritales, todo ello con la finalidad de adaptarse a las disposiciones conteni- das en la citada Ordenanza marco y en la DirectivaNº 001-006-00000005 publicada el 16 de marzo de 2005, que establece los criterios y metodología para la estima- ción de ingresos y determinación de la tasa a cobrar porel servicio de estacionamiento vehicular; Que, en el ámbito de la provincia de Lima, el artículo 26º de la Ordenanza Nº 739 establece que la creación,modificación y extinción de la tasa de estacionamiento se efectúa a través del instrumento legal de la Ordenan- za municipal; Que, cabe señalar que el caso de la tasa de estaciona- miento vehicular en zonas de ciudad, la Ordenanza Nº 727 dispuso que las solicitudes de ratificación deberíande formularse hasta el último día del mes de abril. En virtud a ello, mediante Oficio Nº 59-2005-GSG/MC del 29 de abril de 2005, la Municipalidad Distrital de Comassolicitó la ratificación de su Ordenanza Nº 154-C/MC, por medio de la cual se establece la tasa por estaciona- miento vehicular temporal en el distrito de Comas. Cabeseñalar que durante la tramitación de la solicitud el SAT emitió el Requerimiento Nº 174-078-00000109, remitido a la Municipalidad Distrital de Comas mediante Oficio004-090-00000991 del 18 de mayo de 2004, a través del cual se puso en conocimiento de dicha comuna las ob- servaciones técnicas y legales que requerían ser sub-sanadas a efectos de continuar el presente procedi- miento de ratificación. Al respecto, mediante Oficio Nº 72-2005-GSG/MC del 20 de mayo de 2005, la Municipali-dad Distrital de Comas cumplió con absolver el requeri- miento solicitado, enviando para tal efecto la información y/o documentación sustentatoria correspondiente; Que, es necesario precisar que la tasa de estaciona- miento vehicular en el distrito de Comas estuvo regulado por la Ordenanza Nº 014-99-C/MC, la misma que no hasido ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, en ejercicio de sus facultades, mediante Orde- nanza Nº 154-C/MC, modificada por la Ordenanza Nº