TEXTO PAGINA: 42
PÆg. 295642 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de junio de 2005 zación, canon anual y publicación de la presente resolu- ción, caso contrario la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Artículo 8º.- La autorización a que se contrae la presente resolución se sujeta a las disposiciones lega- les y reglamentarias vigentes que regulan el servicioautorizado, debiendo adecuarse a las normas modificato- rias y complementarias que se expidan. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 11676 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 322-2005-MTC/03 Lima, 24 de junio del 2005VISTO, el Expediente Nº 2003-004536 presentado por don GASTON DARIO MEDINA SOTOMAYOR, sobre otor-gamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada, en la localidad de Marcona, departamento de Ica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, establece que para la prestación del ser- vicio de radiodifusión, en cualquiera de las modalidades,se requiere de autorización, la cual se otorga por Reso- lución del Viceministro de Comunicaciones, según lo pre- visto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley deRadio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supre- mo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Tele- visión establece que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomunicaciones. Asimismo, señala que lainstalación de equipos en una estación de radiodifusión re- quiere de permiso, el cual es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugardeterminado equipos de radiocomunicación; Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar elservicio de radiodifusión, se inicia un período de instala- ción y prueba que tiene una duración improrrogable de doce (12) meses; Que, el artículo 183º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones señala que para obtener autorización para prestar elservicio de radiodifusión se requiere presentar una soli- citud, la misma que se debe acompañar con la informa- ción y documentación que en dicha norma se detallan,asimismo debe acompañarse la documentación tendiente a verificar el cumplimiento del artículo 25º del Reglamen- to de la Ley de Radio y Televisión; normas aplicables envirtud del mandato contenido en la Primera Disposición Final y Transitoria del acotado Reglamento; Que, mediante Informe Nº 609-2005-MTC/17.01.ssr, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Teleco- municaciones, señala que la solicitud presentada por don GASTON DARIO MEDINA SOTOMAYOR cumple con losrequisitos técnicos y legales, por lo que resulta proceden- te otorgar a la referida persona la autorización y permiso solicitados; señalándose además que debe establecersecomo obligación, a cargo de la antes mencionada perso- na, la presentación del proyecto de comunicación dentro del período de instalación y prueba, documento que esrequerido por la administración a efectos de evaluarse el cumplimiento de las obligaciones legales derivadas del otorgamiento de la autorización; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Su- premo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado del Re-glamento General de la Ley de Telecomunicaciones apro- bado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Televisión- Ley Nº 28278, la Primera DisposiciónFinal y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobada por Decreto Supremo Nº 005-2005- MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativosdel Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2002-MTC, el Plan de Canalización y Asignación de Fre- cuencias, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 175-2004-MTC/03 y la Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 que aprueba las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión; y, Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar autorización a don GASTON DARIO MEDINA SOTOMAYOR, por el plazo de diez (10)años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada, en la localidad de Marcona, departamento de Ica; de acuerdo a las condi-ciones esenciales y características técnicas que se de- tallan a continuación: Condiciones esencialesServicio : FM Frecuencia :107.7 MHzModalidad : COMERCIAL Características Técnicas Indicativo :OCQ-5E Emisión :256KF8E Potencia Nominal del : 0.3 KW Transmisor Ubicación de la Estación: Estudios y Planta : Calle Miguel Grau Nº 101, distrito de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica. Coordenadas Geográficas: Longitud Oeste : 75° 08' 46” Latitud Sur : 15° 22' 00.7” Zona de Servicio : El área comprendida dentro del con- torno de 66 dBµV/m La autorización otorgada incluye el permiso para ins- talar los equipos de radiocomunicación correspondientes. El plazo de la autorización y del permiso concedidos se computarán a partir del día siguiente de notificada la presente Resolución, la cual además será publicada enel Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artículo precedente, se inicia con un período de instala-ción y prueba de doce (12) meses improrrogables, den- tro del cual el titular de la autorización deberá cumplir con las obligaciones que a continuación se indican: - Instalar los equipos requeridos para la prestación del servicio conforme a las condiciones esenciales y alas características técnicas aprobadas en la presente autorización. - Realizar las respectivas pruebas de funcionamien- to. - Los equipos instalados deberán contar con el respectivo Certificado de Homologación. La respectiva inspección técnica se efectuará de oficio hasta dentro de los tres (3) meses siguientes al venci-miento del mencionado período, y en la cual se verificará la correcta instalación de la estación, incluyendo la homolo- gación del equipamiento así como el cumplimiento de lascondiciones esenciales y características técnicas indica- das en el artículo 1º de la presente Resolución. Sin perjuicio de lo antes indicado, el titular podrá solicitar la realización de la inspección técnica antes del vencimien- to del período de instalación y prueba otorgado. En caso de incumplimiento de las obligaciones antes mencionadas la autorización otorgada quedará sin efecto. Artículo 3º.- Dentro de los doce (12) meses siguientes a la entrada de vigencia de la autorización, el titular deberápresentar el proyecto de comunicación. Asimismo, en forma individual o conjunta, aprobará su Código de Ética y presentará copia del mismo a la Direc-ción General de Gestión de Telecomunicaciones o podrá acogerse al Código de Ética que emita el Ministerio. Artículo 4º.- El titular, está obligado a instalar y ope- rar el servicio de radiodifusión autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución, las