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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G33/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 4 de marzo de 2005 unión del Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (CMSF) de la Organización Mundial de Comercio - OMC; Que, el Viceministerio de Comercio Exterior del Ministe- rio de Comercio Exterior y Turismo participa en las reunio-nes de negociación que se desarrollan en el marco de laOMC, de la cual el Perú es miembro desde enero de 1995; Que, el representante del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura en Perú - IICA, medianteCarta A3/PE-0062 del 19 de enero de 2005, ha solicitadoque se autorice la participación del señor Ernesto GuevaraLam, profesional que presta servicios en el Viceministeriode Comercio Exterior, en dicho evento, quien ha asistido alas reuniones anteriores cumpliendo con las actividades,requisitos e informes establecidos; Que, resulta de interés institucional la asistencia del representante del MINCETUR, por lo cual es necesarioautorizar el viaje del citado profesional a la ciudad de Gine-bra; Que los gastos por concepto de viáticos serán finan- ciados por el IICA, asumiendo el MINCETUR los gastos porconcepto de pasajes y tarifa CORPAC; De conformidad con la Ley Nº 27790 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR,Ley Nº 27619, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y De-creto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Ernesto Gueva- ra Lam, profesional que presta servicios en el Viceministe-rio de Comercio Exterior, a la ciudad de Ginebra, Confede-ración Suiza, del 5 al 11 de marzo del 2005, para queasista y participe en la XXXII Reunión del Comité de Medi-das Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial estarán a cargo del Mi-nisterio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al si-guiente detalle: Pasajes : US$ 1 794,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días posteriores a su retorno al país, el profesional cuyo viaje se autorizapor la presente Resolución, deberá presentar al Titular delSector un informe detallado sobre las acciones realizadasy los resultados obtenidos, así como la rendición de cuen-tas de acuerdo a ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libe- ra ni exonera del pago de impuestos o de derechos adua-neros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 04586 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65 /G50/G52/G4F/G4D/G50/G45/G58/G20/G61/G20/G4A/G61/G70/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E /G6C/G61/G20/G46/G65/G72/G69/G61/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G46/G4F/G4F/G44/G45/G58/G20/G32/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 068-2005-MINCETUR/DM Lima, 2 de marzo de 2005 Visto el Oficio Nº 200-2005-PROMPEX/DE del Director Ejecutivo de la Comisión para la Promoción de Exporta-ciones - PROMPEX; CONSIDERANDO:Que, PROMPEX, de conformidad con el artículo 4º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobadopor Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR, tiene comofinalidad promover las exportaciones peruanas, facilitandoy contribuyendo al posicionamiento y consolidación de losbienes y servicios en el mercado internacional, a través deuna acción concertada con el sector privado y las diferen-tes instituciones públicas relacionadas con el comercio ex-terior del país, buscando el desarrollo sostenible de lasexportaciones en base al crecimiento y diversificación de laoferta exportable peruana, la capacidad de gestión de lasempresas exportadoras y la apertura y consolidación de los mercados de exportación; Que, entre las acciones de promoción de las exporta- ciones adoptadas por PROMPEX, se encuentra la realiza-ción de actividades destinadas al Desarrollo de Oferta Ex-portable, siendo una de sus modalidades su participación,conjuntamente con exportadores peruanos, en Ferias Es-pecializadas Internacionales; Que, en tal sentido, PROMPEX ha programado su par- ticipación, conjuntamente con 8 empresas, en la Feria In-ternacional FOODEX 2005, a realizarse en la ciudad deTokio - Japón, del 8 al 11 de marzo del 2005, con el obje-tivo de promover nuestra oferta exportable de productosalimenticios; Que, la referida Feria es uno de los principales eventos de su género en el extremo oriente y en especial en elJapón, por lo que constituye una importante oportunidadpara el desarrollo del sector agro exportador en dichosproductos; Que, el literal c) del artículo 6º de la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de ComercioExterior y Turismo, establece que la Comisión para la Pro-moción de Exportaciones -PROMPEX, es un OrganismoPúblico Descentralizado del Sector Comercio Exterior yTurismo; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27790 y 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y elDecreto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Bernardo Mu- ñoz Angosto, Gerente de Agro y Agroindustrias (e), de laComisión para la Promoción de Exportaciones - PROM-PEX, a la ciudad de Tokio - Japón, del 5 al 13 de marzo del2005, para los fines expuestos en la parte considerativa dela presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimien- to de la presente Resolución se efectuarán con cargo alPresupuesto del Pliego 008 Comisión para la Promociónde Exportaciones, del Sector 35 Comercio Exterior y Tu-rismo, Unidad Ejecutora 001 Comisión para la Promociónde Exportaciones, Función 11 Industria, Comercio y Ser-vicio, Programa 040 Comercio, Subprograma 0110 Pro-moción Externa del Comercio, de acuerdo al siguientedetalle: Viáticos (US$ 260 x 7 días) : US$ 1,820.00 Pasajes : US$ 1,564.11 Tarifa CORPAC : US$ 28.24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el representante dePROMPEX, autorizado mediante el Artículo 1º de la pre-sente Resolución, presentará al Titular de la entidad uninforme detallado sobre las acciones realizadas y los logrosobtenidos durante la comisión de servicios. Asimismo pre-sentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a liberación o exoneración de impuestos o de derechos adua-neros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 04742 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65 /G6D/G65/G6D/G6F/G72/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G6F/G6C/G6F/G20/G6C/G65/G63/G74/G75/G72/G61/G20/G79/G20/G6D/G6F/G64/G65/G6C/G6F/G20/G64/G65 /G6D/GE1/G71/G75/G69/G6E/G61/G20/G74/G72/G61/G67/G61/G6D/G6F/G6E/G65/G64/G61/G73/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72 /G48/G65/G61/G6C/G20/G54/G65/G63/G68/G6E/G6F/G6C/G6F/G67/G79/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E/G20/G79/G20/G46/G6C/G61/G6D/G69/G6E/G67/G6F/G47/G61/G6D/G65/G73/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 111-2005-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 23 de febrero de 2005Visto, el Expediente Nº 000115-2005-MINCETUR, de fecha 1.2.2005, presentado por la empresa Heal Techno-logy S.A.C., en el que solicita autorización y registro dememorias de sólo lectura;